Prevención de riesgos laborales en el estado de alarma

Los últimos días están llegando muchas consultas sobre la adopción de medidas de seguridad en los centros de trabajo y la posibilidad de detener la actividad en algunos de ellos o en algunas dependencias al amparo del artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Intentamos aclarar algunas dudas.

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Solicitud de Permiso Retributivo ante el cierre de colegios/guarderías por CORONAVIRUS

Viendo que se pueden dar muchos casos en los que padres o madres no tengan otro remedio que faltar al trabajo para cuidar a l@s hij@s como consecuencia del COVID-19.

Adjuntamos un documento de solicitud para entregar a la empresa para solicitar que la empresa facilite el cuidado del o la menor por las circunstancias especiales de fuerza mayor que hay. Con este escrito la empresa no está “obligada” a atender la petición o incluso ni conteste, pero atendiendo a la buena voluntad por parte de la empresa entendemos que facilitará la conciliación. Y que cada caso se pueda resolver de forma personal llegando cada trabajadora a un acuerdo con la empresa.

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Campaña en defensa de las Pensiones – Nos quieren robar el futuro

En el “cuento que nos cuentan” sobre las Pensiones, prima el lenguaje economicista y carece de lenguaje de los derechos.

Sus conceptos tratan de no solo causar alarma entre la población, sino que ésta se convenza de que “quien contribuye recibirá” y de que además, se “recibirá proporcionalmente a lo contribuido”, lo cual, además de falso, atenta contra nuestro sistema público de pensiones, cuyo principio constitucional es sencillo: siempre tiene que haber recursos (dineros) para que las personas de la tercera edad tengan pensiones suficientes y adecuadas (Artc.50 CE).

Llevan muchos años intentando destruir el Sistema Público de Seguridad Social y de Pensiones que protege a todas las personas ante estados de necesidad (desempleadas, sin rentas, pensionistas, etc.).

El artículo 41 de la CE ordena y obliga a los poderes públicos a mantener un Sistema de Seguridad Social que garantice prestaciones sociales suficientes, no mínimas, porque esta es la única manera de garantizar el Derecho Fundamental de todas las personas a tener una vida digna.

¿SABÍAS QUE…

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Se restablece el subsidio de desempleo para mayores de 52 años

Ayer 13 de marzo entró en vigor, el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social, por el cual podrán acceder al subsidio las personas trabajadoras mayores de cincuenta y dos años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, hayan cotizado al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral, estén en paro, sin prestaciones por desempleo y permanezcan inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo.

La persona que lo solicite deberá cumplir el requisito de carencia de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias y deberá presentar ante la entidad gestora una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda.

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El Gobierno del PSOE modifica de nuevo el mínimo de las pensiones por incapacidad permanente total

Hace 10 meses, en la tramitación de los presupuestos de 2018, el PSOE rechazó una enmienda registrada por el PP para modificar la Ley General de la Seguridad Social 8/2015, de 30 de octubre, que pretendía desvincular el mínimo de estas prestaciones del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Hace 2 meses el actual Gobierno en funciones, promulgó el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, y en la Disposición Final segunda Seis, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo decretaba que : «La cuantía de la pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común no podrá resultar inferior al importe mínimo fijado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común de titulares menores de sesenta años con cónyuge no a cargo

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(Vídeo) Comparecencia de Desiderio Martín de CGT en la Comisión Mixta del Congreso sobre las consecuencias laborales del «Brexit»

Esta comparecencia de Desiderio Martín,  secretario de Formación y Salud Laboral de la CGT (00:30:29) en la Comisión Mixta del Congreso analiza las consecuencias para la clase trabajadora de la salida del reino Unido de la Unión Europea, se realizó el día 19 de marzo, junto a Begoña del Castillo, coordinadora del Área de Europa de CCOO (00:11:51);  y Jesús Gallego, secretario Internacional de UGT (00:21:43).

En esta comparecencia Desiderio Martín en representación de CGT, analiza las consecuencias para los trabajadores y trabajadoras de la Unión Europea que actualmente trabajan en el Reino Unido, donde serán les aplicará la legislación de control de la inmigración, se realiza un análisis del porqué de la salida de la U.E. del Reino Unido y plantea 5 preguntas sobre lo que está pasando con las directivas europeas en materia laboral.

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Rotundo éxito: Seguimiento del 95% en el segundo día de huelga en Amazon de Madrid

El 95% de la plantilla del centro logístico de Amazon de San Fernando de Henares ha secundado la huelga en el segundo día de huelga que vive la planta más grande en del Estado del gigante del comercio electrónico, según fuentes del comité de huelga y de las organizaciones sindicales.

El 95% de la plantilla del centro logístico de Amazon en San Fernando de Henares ha secundado la huelga en el segundo día de huelga de la mayor planta del gigante del comercio electrónico en el Estado Español, según fuentes del comité de empresa y de las organizaciones sindicales. En la jornada del miércoles los sindicatos calificaron el seguimiento de “masivo”, en condiciones similares a las del jueves, sobre una plantilla de 1.100 trabajadores fijos y 900 temporales y con un “paro total” de los pedidos en Madrid.

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El Supremo obliga a que el inicio de los permisos retribuidos sea en laborable

El Tribunal Supremo establece para el Convenio Colectivo Estatal de Contact Center que el inicio de ciertos permisos retribuidos (en concreto por matrimonio, nacimiento de hijo y fallecimiento de un familiar) “cuando el hecho causante se produzca en día feriado, debe ser el primer día laborable que le siga”.

Leer la sentencia

¿Qué significa esto? Pues que las empresas ya no nos podrán seguir quitando esos días festivos de nuestros permisos retribuidos porque también es de aplicación en todo ámbito laboral, ya que de no hacerlo, como dice la sentencia en sus fundamentos de derecho, iría en contra del espíritu del Estatuto de los Trabajadores y un convenio lo puede mejorar pero nunca empeorar.

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El PSOE se une al PP y Ciudadanos para que no se reforme la Ley de Amnistía que pretendía juzgar los crímenes franquistas

Nos estafaron con la transición, con el pacto del silencio (entre los franquistas, el PSOE, el PNV y el PCE) y la ley de Amnistía, a cambio de la instauración de una democracia, de elitismo electoral y autoritaria que nos hace recordar al régimen anterior. El PSOE se retrata como protector de genocidas, represores y torturadores,  ya que no dispuesto a cambiar la impunidad del régimen franquista, que cometió delitos por violación de los derechos humanos  y por crímenes de  lesa humanidad, que no prescriben, a través del uso de la fuerza y de unos tribunales de justicia adictos al régimen, que ni siquiera respetaban sus propias normas.

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Golpe a la educación pública (Cristina Fallarás en La Marea)

El Tribunal Constitucional apoyará la constitucionalidad de la ‘Ley Wert’ y la segregación de alumnos por sexo con subvenciones públicas

 El Tribunal Constitucional (TC) apoyará la ponencia redactada del magistrado conservador Alfredo Montoya que defiende la constitucionalidad de la Ley Wert. Entre otros, apoyará tres apartados muy cuestionables de esta norma impulsada por el exministro de Educación que ya fueron recurridos por el PSOE: las subvenciones públicas a los centros educativos que segregan a su alumnado por sexo; la potestad de los centros para seleccionar a su alumnado y segregarlo en “itinerarios académicos”; y aquella que incluye la clase de Religión en el currículo académico, a la que se debe imponer una alternativa obligatoria.

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CGT consigue que los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento cuenten a partir del primer día de trabajo

La organización anarcosindicalista pidió que se declarara que el cómputo de estos permisos se iniciara el primer día laborable al hecho causante cuando este sucediese en día no laborable.

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha logrado que el Tribunal Superior le dé la razón en su reclamación sobre la interpretación del artículo 28.1 del Convenio Colectivo Estatal del Contact Center sobre permisos retribuidos.

CGT reclamaba una interpretación de las normas reguladoras de estos criterios que no minorase otros derechos importantes como el disfrute de días festivos o el derecho al descanso intersemanal.

Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, esta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana.

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RTVE: La Dirección actúa como piquete revienta-huelgas

El primer éxito de la HUELGA es ver como la Dirección ya está nerviosa y empiezan a actuar como un piquete revienta-huelgas. El run run de estos días hace que ya no lo tengan tan claro y de ahí los nervios.

Tras la Convocatoria de Huelga General de 24 horas para el 8 de marzo, CGT-RTVE nombró un COMITÉ DE HUELGA compuesto por 8 mujeres que ha estado negociando los servicios mínimos para esta jornada de huelga.

Tras un cruce de propuestas con la Dirección, en las que CGT nos hemos mostrado bastante flexibles y hemos llegado a asumir unos servicios mínimos muy similares a anteriores huelgas generales, el acuerdo no ha sido posible.

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La Consejera de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco decreta los servicios mínimos para la HUELGA GENERAL DEL 8 DE MARZO

Hoy  CGT-LKN de Euskal Herria ha recibido la Orden de 27 de febrero de 2018 de la Consejera de Trabajo y Justicia por la que se garantizan los servicios esenciales a la comunidad que han  de prestar durante la huelga general convocada para el día 8 de Marzo de 2018.

Según la anterior orden CGT-LKN Euskadi, CNT , Co.bas, ATS, han convocado para el citado día, HUELGA GENERAL (paro de  24 horas desde las 0,00 h. hasta las 24,00 h.), ELA, LAB,ESK y STEILAS, paros de 4 horas, desde las 11,00 h. hasta las 15,00 h. y desde las 18,00 h. a las 22,00 h., CC.OO, UGT , paros de 2 horas de 11,30 h. a 13,30 h. y de 16,00 h. a 18,00 h. y USO un único paro de 4 horas de 12:00 h. a las 16:00 h..

En esta orden se establecen los servicios mínimos, unos servicios mínimos semejantes a los servicios mínimos decretados en las 8 HUELGAS GENERALES que se realizaron en la Comunidad Autónoma Vasca desde el año 2010 que dieron comienzo con la Huelga General contra la Reforma Laboral del PSOE de Zapatero y terminaron con la huelga del 30 de Mayo de 2013.

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(Vídeo) Presentación de la Guía Jurídico Sindical de la CGT actualizada

La actual es la tercera edición de este manual, un proyecto de Eladio Villanueva que la CGT viene editando desde el año 2004

La Confederación General del Trabajo (CGT), ha presentado en rueda de prensa la nueva edición de la guía jurídico-sindical, un manual de interpretación de la normativa para la acción sindical que ayude a la afiliación de esta organización anarcosindicalista.

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Ley Mordaza: Mariano Rajoy y Albert Rivera, unidos por la represión (Por David Bollero)

Dicho de otro modo y dando peso a mi afirmación inicial de que PP y C’s son agrupaciones antidemócratas, el hecho de que España sea criticada internacionalmente por el deterioro de las libertades civiles y los derechos fundamentales es obra de los negocios que se traen entre manos Rajoy y Rivera.

Mi colega Anna Flotats firma hoy un impagable artículo que evidencia cómo Partido Popular (PP) y Ciudadanos (C’s) están cortados por el mismo patrón, hechos a partir de un mismo molde del que se producen antidemócratas en cadena. Vamos camino de cerca de dos años y medio ya de Ley Mordaza, la misma que hace un año el Congreso de los Diputados acordó derogar o modificar. Sin embargo, dicho trámite está bloqueado por la derecha al tener mayoría en la Mesa de la Cámara Baja.

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NUEVA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL REMOLQUE PORTUARIO, DE ALTURA Y SALVAMENTO.

Durante los días 29 y 30 de noviembre de 2017, se han reunido en Madrid representantes de  los trabajadores del sector del remolque portuario, de altura y de salvamento de los puertos de; Algeciras, Barcelona, Bilbao, Cádiz, Castellón, Cartagena, Ferrol, Huelva, Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife, y Valencia.

Con el apoyo de los sindicatos CGT, CIG, SAME-CGT, y SITRAMAR.

Durante las jornadas el abogado de CGT, Josep Mª Loperena, explico la importancia de la sentencia 728/2016 de la sala de lo social del Tribunal Supremo, en  donde nos terminaron dando la razón sobre los planteamientos que defendía CGT.

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El supremo considera el ERE de ZF-TRW en la planta de Landaben no ajustado a derecho

Recientemente se publicó la resolución del Tribunal Supremo que confirmaba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) considerando el Expediente de Regulación de Empleo no ajustado a derecho. A falta de redactarse dicha sentencia, el resultado es inamovible.

La sección sindical de CGT llevó el ERE ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra donde se demostró por parte de los trabajadores y así consta en la sentencia que el despido de 123 trabajadores de esta empresa no se ajustaba a derecho: “que ZF-TRW no tenía pérdidas sino ganancias, de más de 40 millones de euros en 2015” y “también se probó (cuestión que no considera el TSJN), que la contratación de eventuales en 2015 fue para generar un stock con la pretensión (como así fue) de anular una posible huelga y su incidencia en los clientes, vulnerando así el derecho fundamental” a la misma. La dirección de la empresa recurrió esta sentencia al Tribunal Supremo.

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El Tribunal Superior de Justicia se pronuncia a favor de CC.OO. y UGT por la impugnación de éstos del Acuerdo Marco de Hostelería firmado por ELA y LAB

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado «inaplicable» el Acuerdo Marco Sectorial de Hostelería firmado por la Comunidad Autónoma del País Vasco,  los sindicatos ELA y LAB y la patronal Confebask el pasado mes de enero.

El Acuerdo Marco de la CAPV en el ámbito de la Hostelería no es un convenio sino un pacto suscrito por las organizaciones sindicales ELA y LAB y por la Federación de Hostelería del País Vasco el día 9 de enero de 2017 y posteriormente por la organización empresarial Confebask por el cual los actuales Convenios Colectivos  territoriales de carácter provincial de Hostelería suscritos en la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellos que puedan suscribirse en renovación de los actuales, debían tener preferencia aplicativa sobre cualquier otro Convenio o Acuerdo de carácter estatal vigente o que pueda firmarse.

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(Vídeo) El Tribunal Supremo debatirá hoy en pleno sobre el ERE en la planta de TRW en Landaben

ZF-TRW despidió a 123 trabajadores de esta empresa, y el criterio más relevante para decidir a quién se le expulsaba de la fábrica fue la salud, en base a las bajas médicas. En la articulación de esta estrategia cumplió un papel fundamental las MUTUAS, encargadas de jugar con la salud al antojo de las empresas.

La sección sindical de CGT llevó el ERE ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra donde se demostró por parte de los trabajadores y así consta en la sentencia: “que ZF-TRW no tenía pérdidas sino ganancias, de más de 40 millones de euros en 2015” y “también se probó (cuestión que no considera el TSJN), que la contratación de eventuales en 2015 fue para generar un stock con la pretensión (como así fue) de anular una posible huelga y su incidencia en los clientes, vulnerando así el derecho fundamental” a la misma.

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CGT gana sentencia de lactancia acumulada para el personal funcionario

Desde CGT os informamos de que hemos ganado una sentencia que obliga a la Gerencia de Servicios Sociales a conceder a una funcionaria de parto gemelar el mismo número de días de lactancia acumulada por cada uno de sus hijos, ya que le había privado de un 88% de su derecho en relación al segundo hijo.

Se consigue así el permiso de lactancia acumulada para personal funcionario de forma que se disfrute el mismo número de días en jornadas completas por CADA hijo en casos de parto múltiple.

La sentencia sienta un precedente indiscutible a la hora de interpretar el permiso de lactancia acumulada. Pero es un caso más de evidente falta de sensibilidad en el ejercicio de este derecho que debería ser pacífico cuando las familias más lo necesitan.

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El ‘TTIP canadiense’ (CETA): un regalo único para las empresas multinacionales

Por Francesca Ricciardi, Lucía Bárcena y Tom Kucharz
Miembros de Ecologistas en Acción y de la Campaña estatal No a TTIP, CETA y TiSA.

El 21 de septiembre se ha empezado a aplicar de manera provisional el acuerdo de comercio e inversiones entre la Unión Europea y Canadá (CETA), un regalo a las élites económicas y financieras que se ha chocado con movilizaciones y una oposición política sin precedentes en este tema político.

Lo primero que debemos señalar es que sólo 4 parlamentos de los 28 Estados miembros de la UE han ratificado el acuerdo. Sin embargo el CETA sólo entrará en vigor plenamente cuando todos los parlamentos de la UE lo hayan ratificado. Y estamos muy lejos de eso. A pesar de ello, se aplica provisionalmente la mayor parte del acuerdo, como las secciones sobre la eliminación de aranceles de bienes, el capítulo de servicios y contra­tación pública, así como la cooperación en materia de reglamentación.

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CGT denuncia la desaparición de la reducción del 20 % de la cuota empresarial en el Sistema Especial de Empleadas de Hogar

La Sección Sindical de CGT en el ámbito de la Seguridad Social, denuncia la desaparición de la REDUCCIÓN DEL 20 % de la cuota empresarial en el Sistema Especial de Empleados de Hogar de la que gozaban actualmente los empleadores. Posiblemente  desde el mes de julio,  según una nota remitida por los Servicios Centrales de la TGSS a sus  propios trabajadores. Mientras se mantienen reducciones-bonificaciones para otros Regímenes y muchos colectivos.

Esto supondrá,  un  grave perjuicio para un gran número de empleadores, que verán incrementadas sus cuotas, siendo en muchos casos personas mayores que utilizan los servicios de otras personas, no como un lujo sino como una necesidad real de ayuda. Además serán discriminados respecto a otros Regímenes, que para situaciones idénticas mantienen cotizaciones muy inferiores.

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DERECHOS DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD

LACTANCIA. Art.37.4. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.

En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.

Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

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La Audiencia Nacional absuelve a los sindicatos y Comités de Huelga a las que Ferrovial demandó por convocar una huelga

El mismo Tribunal también declaró nula la reducción colectiva de jornada llevada a cabo por Ferrovial Servicios S.A. y que afectó a 452 personas de la plantilla

La Audiencia Nacional ha fallado a favor de los sindicatos convocantes, y de las trabajadoras que componen los comités de huelga de diferentes sindicatos que fueron codemandados, por convocar varias jornadas de huelga entre febrero y marzo de 2017 para protestar contra la precariedad, la explotación laboral, y en apoyo a la negociación colectiva de la plantilla de la subcontrata de Renfe.

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El Gobierno propone precarizar más el contrato de formación para jóvenes

Flexibilizar más el contrato de formación y aprendizaje que las empresas pueden suscribir con jóvenes. Es una de las medidas del Plan de Choque Por el Empleo Juvenil que el Gobierno trata de pactar con sindicatos y patronal, y para el que busca también la aprobación de las comunidades autónomas.

El borrador, al que ha accedido eldiario.es, propone eliminar las restricciones actuales que impiden que las empresas puedan usar estos contratos en trabajos a turnos. Es decir, estos jóvenes pasarían a formar parte de la plantilla prácticamente como un trabajador ordinario. Plantea también «flexibilizar los tiempos» de la actividad formativa a la que obligatoriamente tienen que ir ligados este tipo de contratos.

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La ‘ley mordaza’ cumple dos años y sigue intacta a pesar de que todos los partidos excepto el PP se comprometieron a derogar

La propuesta de reforma -no derogación- de las “Leyes Mordaza” del PNV y del PSOE que fueron aprobadas en el Congreso el 21 de marzo no alteran la vulneración de derechos fundamentales , por la insuficiencia de la reforma dentro del ámbito de la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana y por otra parte porque se mantienen el resto de leyes mordaza, como la última modificación del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En ambas propuestas se mantiene la presunción de veracidad de las declaraciones de los agentes de autoridad. Se continúa limitando el derecho a la protesta y el ejercicio del derecho de reunión. Resulta especialmente grave que en la proposición de ley del PNV se mantengan las “devoluciones en caliente” en la frontera sur que suponen una auténtica aberración jurídica y una vulneración del derecho de asilo.

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La Audiencia Nacional condena a Unísono por el Plan de Igualdad

CGT ha ganado una sentencia muy importante en la Audiencia Nacional respecto a la empresa Unísono. Dicha sentencia es relativa a los Planes de Igualdad, y establece que dichos planes deben contar con el acuerdo de la empresa y la representación sindical, no pudiendo ser implantados unilateralmente por la empresa. Asimismo la sentencia establece que se ha producido una vulneración de derechos fundamentales a la negociación colectiva por parte de la empresa al sindicato CGT.

Cabe agregar que, en este caso, la negociación del Plan de Igualdad se ha extendido desde el año 2010 al año 2015. Durante este dilatadísimo periodo de tiempo ha sido necesario que se relanzara la negociación en diversos momentos, siendo incluso necesario que CGT interpusiera papeleta en el SIMA (Servicio de Mediación y Arbitraje) anunciando conflicto colectivo en el año 2013, ya que la empresa Unísono había dejado la negociación en suspenso. Finalmente, en el año 2015, la empresa presentó su diagnóstico de cara a la última reunión, siendo requisito que dicho diagnóstico se presentase con carácter previo a la negociación de las medidas concretas a adoptar.

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ELA y LAB se enfrentan a CC.OO. y UGT por la impugnación de éstos del Acuerdo Marco en la CAPV de la Hostelería.

Una disputa más por la hegemonía sindical de los sindicatos mayoritarios tanto en el estado como en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), cada cual jugando sus bazas y todos olvidando lo más importante: La imperiosa necesidad de derogar las reformas laborales tanto de Zapatero como de Rajoy que están ahogando a clase trabajadora y condenándola a la precariedad.

Quien sale muy beneficiada de esta disputa es la patronal de Euskadi  (ConfebasK) que firmó en Enero del 20107  un acuerdo interprofesional que garantizaba, al amparo de lo establecido en el art. 83.2 del E.T., la prioridad aplicativa de los convenios y acuerdos territoriales e interterritoriales suscritos en Euskadi sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal preexistente o posterior a la firma de este acuerdo que fue suscrito por los sindicatos ELA, LAB, CC.00. y UGT.

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El PP con el apoyo C’s, PNV y PDeCAT pretende maquillar la Reforma Laboral

El PP trata de mantener el grueso de medidas de la Reforma laboral de 2012 (Libertad absoluta para despedir, despido barato, eliminación de la fuerza normativa de los Convenios Colectivos permitiendo el descuelgue de los empresarios, eliminación de la ultraactividad, permisividad en la contratación precaria, …. ) y pretende recibir el apoyo también del PSOE para aplicar la llamada mochila austríaca, es decir, la creación de un fondo de capitalización destinado a los trabajadores que incluya indemnizaciones por despido y un complemento a las pensiones.

Ciudadanos propone mejorar la Ley para solucionar el problema creciente de la dualidad y su apuesta es la de “reformular la reforma laboral porque el mercado de trabajo va a ser diferente en unos años“ y caminar hacia el contrato único”.

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El PNV con el apoyo del PSOE y PP plantea un nuevo recorte y más dificultades para el acceso a la RGI

La consejera de Empleo y Políticas Sociales, Beatriz Artolazabal (PNV), ha presentado este miércoles en el Parlamento Vasco su reforma de la RGI, que consta de  15 “propuestas” y cinco “cambios normativos que no se presentan como reforma de la ley de garantía de ingresos de 2008 retocada en 2011, 2012 y 2017, sino como una nueva ley.

La LEY 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, fijaba el 88% del salario mínimo interprofesional para las unidades de convivencia unipersonales y p0dían alcanzar hasta un 125% del salario mínimo interprofesional para las unidades de convivencia constituidas por tres o más personas. Pensionistas en situación de necesidad cuyo nivel mensual de ingresos no alcance el salario mínimo interprofesional, se fijaba la cuantía máxima del 100% del salario mínimo interprofesional para las unidades de convivencia unipersonales y hasta un 135% en el caso de las unidades de convivencia de tres o más personas.

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La Audiencia Nacional dicta que las nóminas de los trabajadores/as deben ser claras y se deben separar todos los conceptos

La Confederación General del Trabajo informa de que la Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por CGT frente a la mercantil Unísono Soluciones de Negocio SA, y declara el derecho de la plantilla a que la empresa entregue las nóminas con la debida claridad y separación al respecto de las diferentes cantidades a percibir por parte de los trabajadores.

La consideración de la Audiencia Nacional es que dicha empresa incumplía las exigencias de claridad y transparencia que se deducen del artículo 29.1, 3º del Estatuto de los Trabajadores y de la introducción de la Orden de 27/12/1994.

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PP, PSOE, Ciudadanos, PNV y PDeCAT se oponen en el Congreso a que el Constitucional estudie si el CETA es adecuado a la Constitucional

Tras este rechazo se pone en marcha el proceso en las Cortes para que España ratifique el CETA. La Mesa del Congreso, con el apoyo de PP, PNV, PSOE y Ciudadanos, rechazó primero siquiera cursar la iniciativa de Unidos Podemos, incluso contra el criterio de los letrados de la Cámara. La presidenta del Congreso, Ana Pastor, rectificó su propia decisión y permitió que la propuesta se calificara.

La fórmula utilizada por Unidos Podemos de enmienda a la totalidad, se ha debatido y rechazado el Pleno esta mañana y ha recabado 81 votos a favor, 262 en contra y una abstención.

Por otro lado Unidos Podemos  ha presentado una moción para que se elevara al Constitucional el articulado referido a los arbitrajes entre empresas y estados cuando haya una discrepancia. Algo que, según ha denunciado el hoy portavoz de Unidos Podemos, Pablo Bustinduy, deja fuera a los tribunales de justicia ordinarios. El recurso previo ha cosechado 86 votos a favor y 258 en contra.

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PP, PSOE, PNV y C’s imponen la tramitación del CETA en el Congreso el próximo jueves día 18

Según el periódico Público, esta semana, la Junta de Portavoces acordó que el tratado comercial entre la Unión Europea y Canadá  (CETA) se vote en el Pleno del próximo jueves 18, para después ser trasladado al Senado, donde la mayoría absoluta del Partido Popular garantiza que también logrará luz verde.

La ratificación del acuerdo, se votará el mismo día en que se considera la cuestión previa de constitucionalidad, planteada por el grupo parlamentario de Unidos Podemos, iniciativa que permitiría pedir al Tribunal Constitucional que analice si el CETA vulnera las disposiciones de la Carta Magna, como denuncian Unidos Podemos y cientos de organizaciones sociales, sindicales y civiles.

Estas organizaciones insisten en que a todas luces el acuerdo supone una pérdida de soberanía evidente, entre otros motivos por el recurso a los polémicos tribunales de arbitraje, a los que sólo pueden acceder las empresas inversoras, obviando los canales judiciales nacionales.

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La propuesta de reforma -no derogación- de las «Leyes Mordaza» del PNV y del PSOE no alteran la vulneración de derechos fundamentales

Esto es así por dos razones fundamentales debido a la insuficiencia de la reforma dentro del ámbito de la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana y por otra parte porque se mantienen el resto de leyes mordaza, como la última modificación del Código Penal (Leyes orgánicas 1/2015 y 2/2015, de 30 de marzo) o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Leyes orgánicas 13/2015 y 41/2015, de 5 de octubre). En definitiva, no se trata de reformar una ley, sino un corpus legislativo.

En las proposiciones de ley presentadas al Parlamento se mantienen o incluso se incrementan los supuestos de infracciones –así, el texto propuesto por el PSOE incrementa de 4 a 11 el número de infracciones muy graves e incorpora 5 nuevas infracciones leves–; en ambas propuestas se mantiene la presunción de veracidad de las declaraciones de los agentes de autoridad.

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CGT mueve ficha ante el RDL 1698/2011 sobre coeficientes reductores

La CGT solicitó en 2014 el establecimiento de coeficientes reductores en la edad de jubilación para las personas trabajadoras que han estado o están en contacto con el amianto así como en el sector del hierro colado conforme a la ley General de la Seguridad Social a través del RD 1698/2011 que así lo permite.

Todo ello, teniendo en cuenta que son actividades laborales con un índice muy elevado de enfermedades (profesionales o no) y de mortalidad, así mismo son sectores donde los requerimientos físicos y psíquicos exigidos para su desempeño, resultan de excepcional penosidad y experimentan un incremento notable del índice de siniestralidad a partir de una determinada edad, tal y como acreditó la CGT en sus escritos de solicitud.

Se ha de señalar como punto previo que desde la entrada en vigor del RD 1698/2011 que establece el procedimiento para adelantar la edad de jubilación en sectores con un especial índice de mortalidad y morbilidad, no se ha aprobado ninguno, con lo que el citado RD está siendo papel mojado.

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No a los maquillajes. No a las trampas. No a las lavadas de cara. Derogación de «las Leyes Mordaza» ya

Es lo que exigieron numerosos colectivos en una concentración en Madrid, ante la supuesta derogación de la «Ley Mordaza» en el congreso, en el segundo aniversario su aprobación. Han sido dos años de acción policial desmedido, arbitrariedades impensables, la represión pura y dura de las acciones más elementales y básicas. Dos años con la mordaza amenazante, dos años con las represión más próxima y un estado autoritario reforzado por este siniestro paquete de leyes, más propias del fascismo que de un gobierno que se dice democrático.

Consideran que es absolutamente desmedido, que en un estado de derecho, -según nos dicen-, existan unas leyes para limitar las libertades, conocidas como de seguridad ciudadana, estén emparejadas con la modificación y ampliación del código penal. ¿En que cabeza cabe criminalizar la libertad de expresión? es absurdo, puesto que si se impide expresar las ideas, realizar asambleas en las plazas de nuestra ciudad, manifestaciones justas ante los edificios públicos que estén obrando injustamente con su gente, se estará vulnerando derechos fundamentales, y sin estos derechos Consideran, no es posible pensar que estamos viviendo, en democracia.”

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Análisis de la reciente sentencia del Tribunal Europeo sobre: «Los contratos de duración determinada»

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La Confederación General del Trabajo afirma que el fallo judicial establece, en referencia a los contratos de duración determinada, que los y las trabajadoras temporales no pueden ser discriminadas respecto a las fijas siempre y cuando las situaciones sean comparables.

Las consecuencias de esta doctrina sentada por el Tribunal europeo podrían afectar en el Estado español a cerca de 300.000 interinas y a cuatro millones de trabajadoras temporales.

Con el objetivo de informar sobre todo ello, Raúl Maíllo, abogado del Gabinete Jurídico Confederal de CGT y Desiderio Martín, Secretario de Formación de CGT abordaron la cuestión con una charla abierta al público el lunes 13 de marzo en el Saló de Graus de la Facultat de Psicologia de València».

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Por la derogación de las «Leyes Mordaza»

El domingo 26 de marzo se cumplen dos años desde que se aprobaron las Leyes Mordaza. Dos años desde que nuestros derechos y libertades fueron recortados apoyándose en justificaciones falsas. Pero nosotras seguiremos luchando para lograr que las Leyes Mordaza sean derogadas y en base a una legislación garantista que respete los derechos de todas. No queremos ni Leyes Mordazas maquilladas, Ni Leyes de la patada con mordazas.

El Partido Popular en minoría ha sufrido el martes una nueva derrota en el Congreso con la votación de sendas proposiciones de ley para reformar la «Ley Mordaza». Por tarde se votaban dos iniciativas y las dos han salido adelante. La primera del PSOE consideraba imprescindible eliminar de la ley todos aquellos aspectos que considera inconstitucionales.

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Pequeña Guía de autodefensa laboral para precarias

Este documento se ha confeccionado con la intención de ser una herramienta útil para la organización de base y para la lucha de los trabajadores y las trabajadoras, destinado especialmente a aquellas que prestamos nuestros servicios laborales en condiciones más precarias, es decir, en realidad, a aquellas personas que actualmente constituimos la mayoría de la clase trabajadora en nuestro país. Con esta pequeña guía queremos que podáis tener a mano algunos recursos que os permitan orientaros a la hora de defender vuestros derechos y el de vuestras compañeras de trabajo.

ÍNDICE

1- El porqué de esta Pequeña Guía de Autodefensa Laboral.
2- Me han hecho un contrato temporal ¿cómo sé si es correcto?
3- Trabajo en negro, sin ningún contrato ¿Puedo protestar?
4- Trabajo más horas y haciendo un trabajo diferente al que consta en mi contrato ¿lo puedo denunciar?
5- Trabajo sin papeles ¿tengo derechos laborales?
6- ¿Qué es un Convenio Colectivo? Qué se me aplica?
7- Me han despedido ¿qué puedo hacer?
8- Quiero organizarme para defenderme en el trabajo ¿qué debo hacer?
9- Conclusiones: Sólo organizados (también al trabajo) podremos combatir la precariedad.

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El Tribunal Supremo autoriza el esquirolaje en un ataque gravísimo al derecho de huelga

ATAQUE AL DERECHO DE HUELGA

El 14 de marzo nos levantamos con la noticia (*) de que el Tribunal Supremo, mediante una sentencia, avala la subcontratación de trabajadores / as en situaciones de huelga. Concretamente, que los clientes de empresas donde sus trabajadores / as hagan huelga, puedan subcontratar servicios a terceros para continuar su actividad. Es decir, la resolución del Supremo autoriza el esquirolaje.

Esta sentencia es, probablemente, el peor ataque al derecho de huelga desde la promulgación del Decreto de 1977. En un contexto de fragmentación de los procesos productivos en cadenas de subcontratación, supone reducir la efectividad de las huelgas y, con ello, la capacidad de las trabajadoras para hacer valer sus derechos. Estamos ante el sueño de la Patronal y los gobiernos a su servicio.

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YA PUEDES RECLAMAR LOS GASTOS DE HIPOTECA Y CLAUSULAS ABUSIVAS DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS.

LLAMA A LO SERVICIOS JURÍDICOS de CGT-LKN PARA LA RECLAMACIÓN DE CANTIDADES DERIVADAS DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS.

Es posible que ya estéis al día de la noticia. La justicia ha dado la razón a los consumidores en dos puntos determinantes que nos afectan a muchas personas.

Si tienes o has tenido un préstamo hipotecario, ya puedes reclamar la devolución de los gastos (factura notaría, Registro, tasación, …) de tu hipoteca al banco con el que la formalizaste. La justicia los ha declarado nulos por entender que las clausulas que los fijaban son abusivas. Y, si los reclamas, los vas a poder recuperar. Puede ser un importe que, en los tiempos que corren, nos puede sacar de algún apuro importante. Reclamar estos gastos de la hipoteca es hoy ya posible.

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La huelga de Telemarketing del 26-E nos muestra el camino para ganar.

En primer lugar queremos agradecer la participación alcanzada durante la huelga del día 26 de enero de 2017. Los datos registrados, a nivel estatal, son muy positivos, situándose en cifras algo menores a los datos de la huelga del pasado 28 de noviembre, si bien la convocatoria no era conjunta por parte de todos los sindicatos. Desde CGT lo hemos intentado. Hemos llamado a la unidad sindical, pero CCOO-UGT declinaron nuestro ofrecimiento. Gracias en todo caso a quienes habéis dado un paso al frente y a quienes comprendéis que la lucha es el único camino.

Hemos demostrado ante la opinión pública que nuestro convenio es uno de los paradigmas de la precariedad. No podemos asumir como normal que nos puedan despedir o sancionar en cualquier momento, que no haya prácticamente contrataciones de jornada completa y haya que recurrir al pluriempleo para juntar un salario con el que poder vivir, que en cualquier momento las empresas puedan presentar ERE´s o modificaciones sustanciales, o que los contratos por ETT´s o contratos eventuales se hayan convertido en la norma. Nuestra situación laboral es ahora de dominio público. No podemos, por tanto, permitirnos un nuevo convenio continuista que afiance estas prácticas empresariales.

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Mucho ruido y pocas nueces en el acuerdo suscrito por Confebask y los sindicatos ELA, LAB, CC OO y UGT

Este acuerdo se basa en el Artículo 3 sobre Negociación colectiva sectorial y prioridad aplicativa, que en su apartado 1 dice:” El presente acuerdo interprofesional garantiza, al amparo de lo establecido en el art. 83.2 del E.T., la prioridad aplicativa de los convenios y acuerdos territoriales e interterritoriales suscritos en Euskadi sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal preexistente o posterior a la firma a la firma de este acuerdo interprofesional”.

Este acuerdo no toca para nada el planteamiento de Confebask de apostar por una nueva negociación colectiva desde la consideración de que cada “empresa debe buscar su propio modelo de relaciones laborales según su posición competitiva”, es decir apostar con la trampa del favor que la ley concede a la patronal. Así la reforma laboral de Rajoy (Art. 14), de 2012,  capacita al empresario “cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, previo desarrollo de un periodo de consultas,  para no aplicar el convenio colectivo en vigor“.

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Movilizaciones contra los recortes del Gobierno Vasco en Bilbao y Vitoria-Gasteiz

Concentración el Lunes día 16 de Enero a las 10,15 h. ante la Delegación del Gobierno Vasco en Bilbao, en gran vía 85 y el Miércoles día 18 de Enero a las 10,00 h. ante el Parlamento Vasco en Vitoria-Gasteiz.

Convocadas por los SINDICATOS: ELA, LAB, ESK, STEILAS, CGT-LKN y CNT y  los COLECTIVOS SOCIALES DE BIZKAIA: Argilan, Argitan (Centro Asesor de la Mujer, Barakaldo), Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, Baietz Basauri!, Berri-Otxoak (Barakaldo), Brujas y Diversas, Danok Lan (Galdakao), Elkartzen, Mujeres del Mundo, Posada de los Abrazos/Besarkatuz, SOS Racismo Bizkaia y PAH Bizkaia-Kaleratzerik Kaleratzerik EZ!

Por la aplicación del incremento del 8% en el SMI en las prestaciones gestionadas por Lanbide.

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El Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el S.M.I. para 2017 no es de aplicación a la RGI

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) será de aplicación durante 2017 a los convenios colectivos vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto que utilicen el salario mínimo interprofesional como referencia para determinar la cuantía o el incremento del salario base o de complementos salariales.

Según este Real Decreto de 30 de Diciembre en su disposición transitoria segunda, la nueva cuantía de 707,06 euros mensuales en 14 pagas o 824,90 euros mensuales en 12 pagas, no afectará a las normas no estatales y relaciones privadas, por lo cual está subida no será de aplicación en las comunidades autónomas y de las entidades que integran la Administración local que utilicen el salario mínimo interprofesional como indicador o referencia del nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones, salvo disposición expresa en contrario de las propias comunidades autónomas o de la administración local.

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El Tribunal Supremo avala que todos los sindicatos puedan denunciar la vigencia de los convenios

CGT informa de una trascendente sentencia para toda la negociación colectiva que da la razón a la demanda interpuesta en solitario por  esta organización en cuanto al convenio de Contact Center.

Hace más de dos años CGT denunció la vigencia del Convenio del Telemarketing. Un convenio que había tenido una vigencia de 5 años y que desde nuestro punto condenaba a los trabajadores de Telemarketing a la precariedad. Había llegado el momento de negociar un nuevo convenio y de cambiar nuestras condiciones laborales.

Aunque tras la denuncia de CGT se empezó a negociar el nuevo convenio el ministerio de trabajo no dio por válida nuestra denuncia. Dijo el ministerio de trabajo que para empezar a negociar el nuevo convenio tenía que haber acuerdo de la mayoría sindicatos de la mesa, no valiendo la denuncia de CGT, un sindicato con la representatividad suficiente para ello.

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El Ararteko revela graves deficiencias en los servicios sociales en la Comunidad Autónoma Vasca

El próximo 26 de diciembre  los servicios sociales previstos en el catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, detallados en el Artículo 22 (1) de la la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, tendrán la condición de derecho subjetivo, por lo que se  garantiza el acceso a los mismos, como un derecho universal y subjetivo cuyo cumplimiento se podrán reclamar, en vía administrativa y jurisdiccional.

Según un informe realizado por el Defensor del Pueblo, se llegan a las siguientes valoraciones y recomendaciones:

 Valoración general de la situación y principales dificultades.

Información insuficiente de sevicios y prestaciones. División de opiniones respecto al grado de asunción por parte de los ayuntamientos vascos de las funciones asignadas por la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de servicios sociales. Diferencias interterritoriales muy significativas, que se traducen en un acceso desigual a los derechos sociales: cobertura y estructura de la oferta de plazas residenciales y no residenciales, ratios de atención de los servicios sociales de base, cobertura del Servicio de Ayuda a Domicilio y de las Ayudas de Emergencia Social, gasto público municipal, patrones de financiación de los servicios sociales municipales

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Por un sistema público de pensiones

Las reformas establecidas por los gobiernos de Zapatero y posteriormente por el gobierno del PP en 2013, han establecido entre otras cosas lo siguiente: • La jubilación pasa de forma progresiva de 65 a 67 años. • El tiempo de cotización para calcular la pensión pasa de 15 a 25 años. • Aumento de la edad para la Jubilación anticipada, de los años cotizados, y de los coeficientes reductores. • El subsidio de mayores de 52 años pasa a 55, y las rentas familiares no pueden superar el 75% del SMI por cada miembro. • Incremento de la edad de jubilación en caso de contrato de relevo, con nuevas penalizaciones para su acceso. • Incremento de las pensiones en un 0.25% en lugar del IPC. • Aplicación del Factor de Sostenibilidad en 2019, que tendrá en cuenta la esperanza de vida para calcular la pensión.

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