Una disputa más por la hegemonía sindical de los sindicatos mayoritarios tanto en el estado como en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), cada cual jugando sus bazas y todos olvidando lo más importante: La imperiosa necesidad de derogar las reformas laborales tanto de Zapatero como de Rajoy que están ahogando a clase trabajadora y condenándola a la precariedad.
Quien sale muy beneficiada de esta disputa es la patronal de Euskadi (ConfebasK) que firmó en Enero del 20107 un acuerdo interprofesional que garantizaba, al amparo de lo establecido en el art. 83.2 del E.T., la prioridad aplicativa de los convenios y acuerdos territoriales e interterritoriales suscritos en Euskadi sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal preexistente o posterior a la firma de este acuerdo que fue suscrito por los sindicatos ELA, LAB, CC.00. y UGT.
El Acuerdo Marco CAPV en el ámbito de la Hostelería no es un convenio sino un pacto suscrito por las organizaciones sindicales ELA y LAB y por la Federación de Hostelería del País Vasco el día 9 de enero de 2017 y posteriormente por la organización empresarial Confebask por el cual los actuales Convenios Colectivos territoriales de carácter provincial de Hostelería suscritos en la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellos que puedan suscribirse en renovación de los actuales, tienen preferencia aplicativa sobre cualquier otro Convenio o Acuerdo de carácter estatal vigente o que pueda firmarse.
Es decir tienen prioridad aplicativa los últimos convenios colectivos de hostelería provinciales suscritos en los territorios históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Fecha de publicación: Araba BOTHA 05-07-2013, Bizkaia BOB de 28-01-2016 y Gipuzkoa BO de Gipuzkoa de 05-02-2009).
CCOO y UGT argumentan que Acuerdo Marco no es un el convenio sino un acuerdo de estructura y que han barajado la posibilidad de impugnar el Acuerdo marco sectorial de estructura de Hostelería de Euskadi por entender que no se ajusta a lo acordado en el de ámbito estatal.
Ahora bien el Artículo 83. 2 dice: Las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, de carácter estatal o de comunidad autónoma, podrán establecer, mediante acuerdos interprofesionales, cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva. Pero según art.84.4 del E.T. , se considerarán materias no negociables en el ámbito de una comunidad autónoma el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica. Por lo que concede prioridad de los convenios estatales en las anteriores materias.
Además el Acuerdo marco para Euskadi de hostelería firmado por ELA y LAB puede ser impugnado. Así el I Convenio colectivo estatal de restauración firmado del 17 de noviembre de 2015 por la Federación Española de Asociaciones de Restauración Social (Feadrs) y los sindicatos UGT y CCOO, acordaban: que las organizaciones firmantes determinan que no podrán crear nuevos ámbitos autonómicos, salvo acuerdo en la comisión paritarias de este convenio. De ahí el anexo al Acuerdo Marco relativo al subsector de la restauración colectiva ahora impugnado.
Para ELA y LAB en el caso de que la impugnación salga adelante, las cerca de 12.000 trabajadoras del sector de comedores escolares, residencias y hospitales verán reducidos sus sueldos en un 50% y trabajarán 50 horas más. Y que UGT, CCOO por la supuesta formación profesional para los y las trabajadoras recibirán del Gobierno de Rajoy 8.925.000 de euros en 2017, un 526% de incremento, de los 1.425.000 que recibieron en 2016, por la firma de los convenios estatales.
Para CGT-LKN el gobierno subvenciona a CC.OO. y UGT para garantizar la paz social y no por la firma de los convenios estatales. Pero también se contribuye a la paz social con el enfrentamiento sindical.