Trufadas de expresiones ambiguas, la Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal ampara interpretación arbitraria que limitan derechos fundamentales, como el de reunión y el de participación en la vida pública. Y tienen destinatarios con nombres y apellidos.
La Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal están atravesadas por expresiones ambiguas que dejan un amplio margen para la interpretación arbitraria por parte del Gobierno. Con la Ley mordaza, el Ejecutivo se reserva la facultad de poner multas, sustrayendo al control del juez, a comportamientos que obstaculizan el ejercicio de derechos fundamentales, según denuncia Patricia Goicoechea, vicepresidenta de Rights International Spain.
La Constitución prohíbe que se exija la autorización previa del derecho de reunión, por ejemplo, pero la ley convierte el requisito administrativo en una autorización de hecho.
He aquí algunos ejemplos de esta redacción “sibilina”. Así sanciona…
1) La “ocupación de la vía pública”… contra “lo dispuesto por la ley” o contra “la decisión adoptada en aplicación de aquella por la autoridad competente”. ¿Se refiere a una ocupación violenta o bastará con la mera presencia pacífica de un grupo de personas? ¿Qué ley?, se pregunta Goicoechea. Multa de 100 a 600 euros (artículo 37.7, infracciones leves).