COMPLEMENTO DE PENSIONES CONTRIBUTIVAS PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

En los últimos meses han comenzado a aparecer las primeras Sentencias reconociendo el complemento de pensión a los varones, ante la negativa de la Seguridad Social a aceptar pacíficamente dicho reconocimiento. De hecho, la Seguridad Social ha venido denegando sistemáticamente el complemento de pensión a los hombres.

 El nuevo complemento de pensión regulado por el trámite de urgencia del Decreto Ley, es la respuesta del sistema de Seguridad Social que pone fin a los complementos “por aportación demográfica”, que desde hoy son sustituidos por este nuevo complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones públicas y que se reproduce en similares términos para las pensiones de clases pasivas.

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GUIA Mujer trabajadora en tiempos de Covid

Es evidente que la pandemia ha sido demoledora para la clase trabajadora, especialmente a los colectivos más vulnerables y aquellas personas con trabajos y empleos más precarios. Y como venimos diciendo desde CGT en los distintos comunicados, esta nueva crisis no ha hecho más que acentuar las desigualdades de género y hacerlas aún más profundas, “llueve sobre mojado”.

El pasado junio, la OIT ya avisaba de los graves efectos de la pandemia sobre las mujeres trabajadoras. Según el análisis de la organización, “el impacto ha sido más grave entre las mujeres trabajadoras que entre los hombres”, así como que las desigualdades de género relacionadas con el trabajo, ya que parecen agudizarse a medida que se alargue este periodo de pandemia, debido a la feminización de los sectores más precarios y más dañados durante los últimos meses. La fuerte presencia de mujeres en sectores como el del turismo, restauración, comercio y especialmente en el sector de empleadas del hogar y cuidados, ha provocado este fuerte impacto sobre las condiciones laborales y de vida de las mujeres. Un patrón que no sólo se produce en el Estado español si no que también a nivel mundial.

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CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER LOS CAMBIOS EN LOS DERECHOS DE JUBILACIÓN

El dato fundamental para entender si una Economía tiene un problema o no lo tiene en sus compromisos de Pensiones, está en el porcentaje (%) que ese Estado dedica al pago de las Pensiones de todo tipo: Jubilación, Invalidez, Orfandad, Viudedad, etc. Al ser un gasto “fijo” debe haber una proporción asumible para la productividad del país si queremos garantizar tales prestaciones. Pues bien, en España el gasto en Pensiones sobre su PIB (lo que producimos) sigue por debajo de la media Europea. Por tanto, el Sistema en sí no está en ninguna crisis,

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El TS considera que el reparto de comunicados sindicales en papel no vulnera la intimidad ni la protección de datos

Afirma que al no constar dato alguno que permita concluir que se ha producido una vulneración del derecho de protección de datos por la realización de dicha actividad sindical, o que por la misma se haya generado un riesgo a que se produzca la referida vulneración, “no procede ponderación alguna ya que no se han de prohibir dichas actuaciones de los representantes de los trabajadores”.

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CÓMPUTO Y DISFRUTE DE PERMISOS RETRIBUIDOS

Los permisos retribuidos comenzarán a disfrutarse siempre en un día laborable ( día de trabajo efectivo) para el trabajador (Dependerá de su jornada, vacaciones, días de descanso, etc…). En cuanto a su computo, los permisos de larga duración (básicamente el permiso de matrimonio), se disfrutarán en días naturales y los de corta duración (hospitalización, fallecimiento, Asistencia a urgencias, nacimiento de hij@s o adopción, renovación DNI Etc.) en días laborables para el trabajador (Dependerá de su jornada, vacaciones, días de descanso, etc…).norm

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¿Por qué defender, de nuevo, la Filosofía en las aulas?

A nadie se le escapa a estas alturas que, al igual que en el resto de sectores, vamos hacia un modelo que prioriza la economía y la rentabilidad, dejando de lado el cuidado de la vida y de otros aspectos que nos aportan como seres humanos. Las políticas actuales nos hacen avanzar hacia un paradigma en el cual la educación es reducida a su labor como reproductora de fuerza de trabajo. Enseñamos cosas, vaya, para que la juventud se adapte al mercado laboral. Y seamos honestxs, la Filosofía, según este modelo, no produce nada. La racionalidad capitalista se impone y todo lo que escapa a su lógica es visto como innecesario, un lujo superfluo que no sirve para nada. Así, el ser humano queda empequeñecido, empobrecido y reducido a su función de trabajador y consumidor. Sólo aquello que sirve a este doble fin de producir y consumir es visto positivamente, sólo aquello es digno de ser desarrollado, trabajado y enseñado.

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Vacaciones Estado de Alarma

Ante esta nueva situación de estado de alarma y confinamiento municipal en la que nos encontramos, en principio hasta el 9 de noviembre, pero previsiblemente habrá prorrogas, decir que, nuevamente podremos solicitar el aplazamiento de aquellos días de vacaciones que coincidan dentro del periodo de confinamiento, por lo que los he adaptado a la normativa actual.

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Contrato Relevo – JUBILACIÓN PARCIAL Metal

NUEVA JUBILACIÓN PARCIAL CON CONTRATO DE RELEVO Hasta el 1 de enero de 2023 
estará en vigor la reforma del Gobierno para la industria manufacturera.

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo? ¿Y la empresa para la
que trabajo?

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RESUMEN LEY DE TELETRABAJO

Se trata de un medio para modernizar la organización  del trabajo  tanto para las empresas como para los trabajadores, cuyo objetivo es  reconciliar  la vida laboral con la profesional, utilizando las tecnologías de la información en el marco de una relación laboral, en la que un trabajo que podría ser realizado en los locales de la empresa, se efectúa fuera de éstos de forma regular. Debe tener carácter voluntario. Es una modalidad del trabajo a distancia, que implica la prestación de servicios pero con nuevas tecnologías, es decir usando las tecnologías de la información en un contrato laboral, en el que el trabajo se realiza fuera de los locales de la empresa.

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Europa avala el derecho del trabajador a cobrar las vacaciones que no haya pedido

Luxemburgo resuelve las cuestiones elevadas sobre dos ciudadanos alemanes a los que se denegó una compensación económica por los días no disfrutados.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha determinado este martes que un trabajador no puede perder de forma automática su derecho a vacaciones anuales retribuidas por el hecho de no haberlas solicitado antes de la extinción de la relación laboral.

Sin embargo, el tribunal de Luxemburgo ha dictaminado que sí que podrá denegar este derecho y su compensación económica correspondiente si el empresario es capaz de demostrar que el trabajador se abstuvo «deliberadamente y con pleno conocimiento» de tener vacaciones.

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Concreción horaria sin reducción de jornada

Hasta ahora, la única posibilidad para adaptar la jornada de trabajo para conciliar la vida laboral y familiar era solicitar una reducción de jornada por cuidado de un hijo o familiar. Pero tras el Real Decreto 6/2019 existe otra posibilidad recogida en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores:
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo

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Horas extras y Prolongaciones de jornada

Una hora extraordinaria se compensará con una hora de descanso como mínimo, sin que se pierda el derecho al descanso porque el trabajador/a estuviera de baja médica.El importe de la hora extra será el equivalente a la hora ordinaria de trabajo, siendo dicho importe un mínimo.Las horas extras y prolongaciones de jornada muchas veces ocultan una escasez de plantilla en la empresa.

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¿Qué son las horas complementarias?

Las horas complementarias son aquellas horas de trabajo que realiza un trabajador a tiempo parcial, adicionales a su jornada laboral. Como mencionamos anteriormente, un trabajador a tiempo parcial tiene prohibido hacer horas extra porque su jornada de trabajo es inferior a las 40 horas semanales. La suma de las horas complementarias junto con las regulares, no puede superar la jornada de un trabajador a tiempo completo. Existen dos modalidades que se relacionan a este concepto.
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AYUDAS PARA TRABAJADORXS AFECTADAS POR ERTE DERIVADO DEL COVID-19

Serán beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas trabajadoras por cuenta ajena o socias trabajadoras de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo aso­ciado que se encuentren afectados por la suspensión de su contrato d o la reducción de su jornada laboral mediante expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE).

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DEROGADO DESPIDO POR FALTAS DE ASISTENCIA AL TRABAJO

DESDE EL 16 DE JULIO DE 2020, NO SON MOTIVO DE DESPIDO LAS AUSENCIAS AL TRABAJO JUSTIFICADAS.No se computarán como faltas de asistencia las ausencias debidas a huelga, actividades sindicales, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades etc..

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