Información en materia laboral relacionada con la crisis sanitaria del COVID-19

En este entorno, tan cambiante y poco predecible, consideramos que es necesario informar a los trabajadores del régimen legal previsto en nuestro ordenamiento jurídico sobre situaciones extraordinarias que pueden afectar a la normal actividad del trabajo.

1.- SITUACIÓN DEL TRABAJADOR QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRE EN AISLAMIENTO. 2.- PROTECCIÓN, SALUD E HIGIENE EN EL PUESTO DE TRABAJO. 3.- MEDIDAS EMPLEADAS POR LA EMPRESA ANTE LA ACTUAL CRISIS SANITARIA. 3.A.- Horas extraordinarias por fuerza mayor. 3.B.- Trabajo a distancia o teletrabajo. 3.C.- Suspensión de contratos o reducción temporal de jornada por fuerza mayor / Causas económicas, organizativas, productivas y/o productivas (ERTE). 3.D.- Despido por causa de fuerza mayor. 4.- DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.        4.A.- Prestación por Desempleo.        4.B.- Derecho adaptación y/o reducción de Jornada.

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CONSEJOS PARA TRABAJADORXS ANTE LA SITUACIÓN DE ALARMA

Ente las dudas sobre temas laborales que está generando la actual crisis por el coronavirus, aquí puedes obtener algunas aclaraciones al respecto que te pueden servir de ayuda, argumentos legales y un modelo para solicitar a tu empresa un Permiso Retribuído por Deber Inexcusable si es procedente en tu caso.

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CoronaVirus – ESCRITO SOLICITUD PERMISO RETRIBUIDO

Viendo que se pueden dar muchos casos en los que padres o madres no tengan otro remedio que faltar al trabajo para cuidar a l@s hij@s como consecuencia del COVID-19.

Adjuntamos un documento de solicitud para entregar a la empresa para solicitar que la empresa facilite el cuidado del o la menor por las circunstancias especiales de fuerza mayor que hay. Con este escrito la empresa no está «obligada» a atender la petición o incluso ni conteste, pero atendiendo a la buena voluntad por parte de la empresa entendemos que facilitará la conciliación. Y que cada caso se pueda resolver de forma personal llegando cada trabajadora a un acuerdo con la empresa.

Los criterios jurídicos en los que nos basamos no amparan jurídicamente o legalmente esta situación. ya que todo esto es algo nuevo que nadie sabe bien cómo afrontarlo. Aunque parece ser que el gobierno prepara una ayuda extraordinaria a los padres y madres trabajadoras por el cuidado de sus hij@s. Todo está por ver en que condiciones y requisitos.

EXPLICACIÓN

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Guía Inspección de trabajo

La presente Guía sobre Inspección de Trabajo es el primer documento mo­nográfico que edita la CGT en torno a esta materia. Esperamos que sea una herramienta útil que permita mejorar nuestras condiciones laborales.

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AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL DECRETO 164/2019 DE 22 DE OCTUBRE,

Con esta ayuda se pretende cubrir la diferencia entre la duración del permiso por nacimiento con el que cuenta la madre, frente al otro progenitor hasta el año 2021. Año en que la duración de ambos permisos se equiparan

Se hace  a través de la la excedencia por cuidado de hijo o hija menor de un año. El otro progenitor deberá solicitar la citada excedencia en su empresa y a partir de ahí el Gobierno Vasco procederá a subvencionarla en la duración correspondiente a la diferencia entre permisos.

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NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA LABORAL MÁS DESTACABLES DEL 2019

A lo largo del año 2019 han salido publicadas numerosas novedades legislativas en materia laboral, y las más destacables en materia de:Igualdad, Adaptación de jornada, Modificación permiso de nacimiento/adopción y permiso de lactancia, Registro Horario, Incremento del SMI en un 22% llegando a los 900 euros brutos,  Protección social de los becarios, etc.

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EXENCIÓN IRPF PRESTACIÓN MATERNIDAD/PATERNIDAD

Hacienda consideraba ingresos tributables las cuantías percibidas del INSS en concepto de prestación en periodo de maternidad y paternidad y tras esa Sentencia del TS, por fin, se ha reconocido que dichas cuantías no son tributables a efectos fiscales, es decir están exentas de pagarse por ellas.

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CONCILIACIÓN FAMILIAR – CONCRECION HORARIA

El derecho a la reducción de jornada y a la concreción horaria para realizar la jornada nace dirigido al cuidado de hijxs menores de 12 años, y a familiares que requieren de cuidados por prescripción médica.
El derecho es universal, aunque no esté recogido en el convenio, ya que se regula en el Estatuto de los Trabajadores, art. 34.8, que es la norma laboral fundamental, y por tanto todas las personas trabajadoras tenemos ese derecho, independientemente de la empresa, contrato, categoría o turno de trabajo.
El art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores establece:

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El Tribunal Supremo da la razón a CGT y 20 años después hiere de muerte al Articulo 17

El 31 de marzo de 1999 el Boletín Oficial del Estado publicaba el primer Convenio Colectivo para el Sector de Telemarketing, que en su entonces artículo 14 regulaba la extinción del contrato por obra o servicio por disminución del volumen de la obra o servicio contratado. Durante los 5 convenios siguientes, ya ubicado en el número 17 del convenio, se ha renovado este artículo con la firma, en todos los casos de CCOO y UGT. CGT jamás ha firmado este convenio colectivo y siempre ha señalado que este artículo era una auténtica vergüenza que legalizaba que las empresas nos dejaran sin trabajo por finalización de un contrato de obra o servicio cuando la obra o el servicio seguía existiendo en la empresa. Un fraude que siempre ha contado con la firma de CCOO y UGT para facilitar y abaratar nuestro despido.

Leer más: https://www.cgt-telemarketing.es/blog/1077-el-tribunal-supremo-da-la-razon-a-cgt-y-20-anos-despues-hiere-de-muerte-el-articulo-17.html
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Nueva sentencia favorable a las Jornadas de Trabajo en la Mar

FALLAMOS Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por el SINDICATO DE LA CONFEDERACIÓN GENERAL DE TRABAJADORES contra la sentencia de fecha veintitrés de Julio del Dos Mil Dieciocho dictada por el Juzgado de lo Social Número 1 de Castellón de la Plana en autos número 283/2018 seguidos a instancias del recurrente frente a la empresa BOAT SERVICE SA sobre CONFLICTO COLECTIVO, debemos de revocar la sentencia recurrida y estimando la demanda formulada, declaramos la ilegalidad de la práctica de empresa consistente en que los trabajadores efectúen 2.894 horas de trabajo detiempo de presencia en jornada anual, alcanzando las horas anuales de trabajo a computar incluidas las de presencia a 3.934 horas, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración.

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DEVOLUCIÓN DEL IRPF POR MATERNIDAD

Resultado de imagen de DEVOLUCIÓN DEL IRPF POR MATERNIDADEl Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social que perciben las madres trabajadoras (o padres a los que se les ceda parte de ese permiso) durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria

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¿La justicia igual para tod@s?

La Confederación General del Trabajo (CGT) muestra su repulsa y rechazo a la sentencia dictada el 1 de junio de 2018 a las personas encausadas del llamado caso Altsasua, a quienes les condenan a penas de prisión de 2 a 13 años por una pelea en un bar con dos guardias civiles y sus parejas.

SECRETARIADO PERMANENTE DEL COMITÉ CONFEDERAL DE LA CGT

La fiscalía solicitaba 60 años de privación de libertad e indemnizaciones de 9.200 y 3.750 € para los guardias civiles y de 6.100 € para sus parejas, por lesiones, y de 45.000 y 25.000 € por daños morales y secuelas a las novias de los guardias civiles. Y como si de una doble condena se tratase, se les aplica la política de “dispersión de presos”.

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20 aniversario de la apertura en Barakaldo del “Punto de Información sobre Prestaciones Sociales”

Es la primera oficina de información en demanda del ejercicio de los derechos sociales a nivel de Euskal Herria y del conjunto del Estado Español. Este espacio se inauguró el 17 de noviembre de 1997; y por él han pasado a lo largo de estos 20 años 10.656 familias, durante el curso pasado han utilizado sus servicios 903.

Actualmente está en el número 8 de la calle San Antonio de Barakaldo (en la trasera de las oficinas de Correos Centro, a 200 metros del consistorio), en el local Ezker-Hika. Todos los lunes, desde septiembre hasta mediados de julio, abre sus puertas este punto de información sobre la Renta de Garantía de Ingresos, la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, la Prestación Complementaria de Vivienda, las Ayudas de Emergencia.

La forma de contacto más directa es acercarse de forma presencial los lunes de 11 de la mañana a 1 del mediodía. También se pueden realizar consultas a través del siguiente correo electrónico: berrietxea@nodo50.org. Otra forma de comunicación es mediante el teléfono móvil 650 25 46 67.

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DERECHOS DE PATERNIDAD Y MATERNIDAD

LACTANCIA. Art.37.4. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.

En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.

Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

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5 años de contrarreforma laboral: La falacia de la creación de empleo y la regla del 3×2 (Artículo de Vidal Aragonés)

Vidal Aragonés, abogado laboralista del Colectivo Ronda, analiza los datos estadísticos que confrontan y desmienten radicalmente la tesis defendida por el gobierno del PP que la reforma laboral aprobada el año 2012 ha contribuido a la creación de empleo demostrando que el único efecto desplegado por la norma ha sido la extensión de la precariedad y la degradación generalizada de las condiciones laborales.

Durante los últimos años, coincidiendo con la finalización de cada uno de los meses, el Gobierno del Partido Popular ha aportado datos relativos a contratación y altas en la Seguridad Social para intentar transmitir la sensación de que se creaba empleo y que, además, esta supuesta creación tenía relación con las contra laborales aprobadas por el Ejecutivo de Rajoy el año 2012. Ahora bien, basta analizar los propios datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y las que se desprenden de la Encuesta de Población Activa (EPA) para comprobar que los últimos 5 años no se ha creado empleo.

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