Contratados a tiempo parcial, enfermedad común y accidente no laboral, incapacidad temporal/desempleo

Confederación General del Trabajo – Lanaren Konfederakunde Nagusia
Es la primera oficina de información en demanda del ejercicio de los derechos sociales a nivel de Euskal Herria y del conjunto del Estado Español. Este espacio se inauguró el 17 de noviembre de 1997; y por él han pasado a lo largo de estos 20 años 10.656 familias, durante el curso pasado han utilizado sus servicios 903.
Actualmente está en el número 8 de la calle San Antonio de Barakaldo (en la trasera de las oficinas de Correos Centro, a 200 metros del consistorio), en el local Ezker-Hika. Todos los lunes, desde septiembre hasta mediados de julio, abre sus puertas este punto de información sobre la Renta de Garantía de Ingresos, la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, la Prestación Complementaria de Vivienda, las Ayudas de Emergencia.
La forma de contacto más directa es acercarse de forma presencial los lunes de 11 de la mañana a 1 del mediodía. También se pueden realizar consultas a través del siguiente correo electrónico: berrietxea@nodo50.org. Otra forma de comunicación es mediante el teléfono móvil 650 25 46 67.
LACTANCIA. Art.37.4. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.
En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.
Vidal Aragonés, abogado laboralista del Colectivo Ronda, analiza los datos estadísticos que confrontan y desmienten radicalmente la tesis defendida por el gobierno del PP que la reforma laboral aprobada el año 2012 ha contribuido a la creación de empleo demostrando que el único efecto desplegado por la norma ha sido la extensión de la precariedad y la degradación generalizada de las condiciones laborales.
Durante los últimos años, coincidiendo con la finalización de cada uno de los meses, el Gobierno del Partido Popular ha aportado datos relativos a contratación y altas en la Seguridad Social para intentar transmitir la sensación de que se creaba empleo y que, además, esta supuesta creación tenía relación con las contra laborales aprobadas por el Ejecutivo de Rajoy el año 2012. Ahora bien, basta analizar los propios datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y las que se desprenden de la Encuesta de Población Activa (EPA) para comprobar que los últimos 5 años no se ha creado empleo.
El pasado día 30 de Mayo todos los Sindicatos comparecimos a una reunión con el Servicio de Prevención de la Administración de Justicia para tratar como único tema la denuncia que un compañero formuló por unos hechos que a todas luces parecen constituir un caso de acoso laboral.
Esta reunión se efectuó a petición de los Sindicatos tras reunión con el afectado quien exigía y exige una explicación de la actuación del Servicio de Prevención ante la inexplicable falta de información sobre los pasos que se siguieron desde que interpuso su denuncia ( el 6 de junio de 2015 !! )
Pues bien, reunidos con los dos técnicos responsables del Servicio de Prevención de esta Administración, nos encontramos con dos personas ambiguas, que parecían medir en exceso sus palabras a fin de no comprometer a nadie de la Administración y a fin de no enfrentarse a la clara negligencia que ha existido al ni siquiera haberse activado el protocolo vigente en estos casos.
Fueron muchas las EXCUSAS para el incumplimiento de sus funciones:
La Confederación General del Trabajo (CGT) informa de que el pasado 16 de octubre Atento comunicó a la plantilla que, debido a la decisión de su cliente Movistar de reducir el horario de atención al cliente de 9 a 22 horas (en lugar del horario anterior, de 8 a 24 horas), se iniciaba un proceso de modificación sustancial de las condiciones de trabajo –MSCT- de carácter colectivo, por causas organizativas y productivas, con más de 1.000 trabajadoras y trabajadores afectados.
El pertinente período de negociación con la representación de los trabajadores (de una comisión de 13 miembros la CGT contaba con tres) finalizó sin acuerdo y los trabajadores sufrieron otra grave agresión a sus derechos viendo cómo Atento y Movistar partía la vida a más de 1000 personas impune e innecesariamente, modificando turnos, horarios y libranzas y reduciendo todavía más su ingrato salario; además, las empresas vulneraron los derechos de conciliación laboral y familiar y protección de la infancia de las personas con reducciones de jornada por guarda legal, que tuvieron que someterse a los cambios empresariales impuestos. La brutal medida tuvo, además, la consecuencia de que 107 personas no pudieron hacer frente los cambios de turno impuestos y tuvieron que extinguir su contrato de trabajo.
LLAMA A LO SERVICIOS JURIDICOS PARA LA RECLAMACIÓN DE CANTIDADES DERIVADAS DE PRODUCTOS HIPOTECARIOS.
TELEFONO DE ATENCION A CONSULTAS (CITA PREVIA): 94-4213202.
Es posible que ya estéis al día de la noticia. La justicia ha dado la razón a los consumidores en dos puntos determinantes que nos afectan a muchas personas.
Si tienes o has tenido un préstamo hipotecario, ya puedes reclamar la devolución de los gastos (factura notaría, Registro, tasación, …) de tu hipoteca al banco con el que la formalizaste. La justicia los ha declarado nulos por entender que las clausulas que los fijaban son abusivas. Y, si los reclamas, los vas a poder recuperar. Puede ser un importe que, en los tiempos que corren, nos puede sacar de algún apuro importante. Reclamar estos gastos de la hipoteca es hoy ya posible.
Explicación de los términos que aparecen en una nómina tipo:
1.Percepciones salariales Salario base Complementos salariales Horas extraordinarias Horas complementarias (contratos a tiempo parcial) Gratificaciones extraordinarias Salario en especie
2. Percepciones no salariales Indemnizaciones o suplidos Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Otras percepciones no salariales
La sentencia del Tribunal Superior que ha declarado que la prestación por maternidad de la Seguridad Social está exenta del IRPF.
Gracias a ella se puede reclamar la devolución del IRPF cobrado de la prestación por maternidad desde 2012.Es dcir, que para el perido del 2012 termina el plazo de reclamar el 31 de Diciembre del 2016. para prestaciones posteriores hay un plazo de máximo de 4 años, por este motivo es recomendable que a quien tenga que reclamar el IRPF posterior al 2012 esperé a hacer la reclamación y ver cómo se desarrolla.
Las reformas establecidas por los gobiernos de Zapatero y posteriormente por el gobierno del PP en 2013, han establecido entre otras cosas lo siguiente: • La jubilación pasa de forma progresiva de 65 a 67 años. • El tiempo de cotización para calcular la pensión pasa de 15 a 25 años. • Aumento de la edad para la Jubilación anticipada, de los años cotizados, y de los coeficientes reductores. • El subsidio de mayores de 52 años pasa a 55, y las rentas familiares no pueden superar el 75% del SMI por cada miembro. • Incremento de la edad de jubilación en caso de contrato de relevo, con nuevas penalizaciones para su acceso. • Incremento de las pensiones en un 0.25% en lugar del IPC. • Aplicación del Factor de Sostenibilidad en 2019, que tendrá en cuenta la esperanza de vida para calcular la pensión.
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha vuelto a trastocar la base jurídica sobre la que se mueve el mercado laboral español. Esta vez se trata de un caso sobre el despido de un trabajador, M. D., estando de baja médica por un accidente laboral.
La sentencia del Supremo obliga ahora a las compañías a mantener estas concesiones, independiente de su situación económica, por considerar que se trata de un derecho adquirido por los trabajadores
Las empresas defienden que no están obligadas a mantener esta clase de retribuciones por tratarse de un acto de generosidad para con sus empleados
La Sección Sindical de CGT en HPE destinó los anteriores 6000 euros a financiar la caja de resistencia de un ERE que hizo la empresa en Zaragoza. La empresa volvió a vulnerar los derechos de los huelguistas, así que esta vez abonará 8000 euros a la sección de CGT, que servirán para financiar próximas luchas de los trabajadores de HPE.
El sindicato CNT ha logrado cambiar sustancialmente el margen de maniobra de las trabajadoras y trabajadores que sufren represalias tanto por su militancia sindical como por el ejercicio de sus derechos. En una resolución emitida esta misma semana, el Tribunal Constitucional (TC) ha admitido que las personas que vean recortados sus derechos fundamentales por actuaciones empresariales podrán presentar un recurso ante los Tribunales Superiores de Justicia en caso de que sus denuncias sean rechazadas en primera instancia, incluso en el caso de que se trate de procedimientos solo enjuiciables en única instancia. «Se trata de un fallo histórico que afectará a un gran número de casos en todo el Estado», ha destacado la central anarcosindicalista.