Aumento salarial del 15,5% a partir del 1 de marzo. cabe destacar la inclusión en el convenio de un colectivo hasta ahora muy precarizado, el de las y los denominados Riders, que realizan labores de reparto. reducción de la jornada anual en 4 horas, hasta las 1746.

Colectivos sociales y sindicales, denuncian que la pobreza y la exclusión es producto de la vulneración de los derechos humanos
El artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclama que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.