DESCARGAR EN pdf: Permisos de paternidad y maternidad actualizado a 2021 ”permiso por nacimiento”
En 2021 cambian los permisos de paternidad tal y como se contempla en Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación; quedando de la siguiente manera.
Hay 6 semanas que son obligatorias, no se pueden ininterrumpir y deben ser a jornada completa, después del parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre puede adelantar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
Las 10 semanas que quedan se pueden disfrutar por semanas, sé pueden acumular o interrumpida, dentro del periodo de los 12 meses siguientes al parto o a lo que diga la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.
También, se establecen supuestos de ampliación de este plazo:
1 semana más para cada progenitor por cada hij@, a partir del segundo hij@, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
1 semana más para cada progenitor en caso de discapacidad del hij@..
Por parto prematuro y hospitalización (de más de 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
Los nacimientos producidos desde el 1 enero del 2021 las condiciones del permiso de paternidad y del de maternidad son
- El permiso son 16 semanas: 6 obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento y otras 10 voluntarias y “libres” también tras el nacimiento y hasta 12 meses después.
- Ya no existe la posibilidad de cesión de parte del permiso de la madre al padre.
- Las 10 semanas libres se pueden juntar o no con las 6 obligatorias y disfrutarse seguidas o en períodos semanales. Por ejemplo, se pueden separar las 10 semanas libres en 4+3+3, 4+6, 2+4+1+3, 4+1+2+2+1…Siempre a elección del trabajador.
- No es obligatorio decidir desde el principio cómo se disfrutarán de las 10 semanas libres. Simplemente, hay que preavisar con 15d del disfrute de cada “bloque” en el que se separaran esas 1O semanas.
- Las 1O semanas libres se podrían disfrutar a jornada parcial, pero solo si la empresa estuviera de acuerdo.
- Es un permiso por lo tanto no necesita “autorización” de la empresa en cuanto a su disfrute ni en cuanto a sus fechas y es independiente de las necesidades o conveniencias de la empresa tanto en las semanas obligatorias como en las semanas libres.
Al ser una suspensión del contrato, trabajar, teletrabajar o meter horas…es una falta muy grave de la empresa y del trabajador, las dos las sanciona inspección de trabajo.
- Solo en caso de que ambos miembros de la pareja trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el ejercicio simultáneo de las semanas libres por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito. Ojo, solo limitar el ejercicio simultáneo, pero no el ejercicio en sí mismo. Es decir que ambos tendrían las semanas obligatorias a la vez, pero quizá no a la vez en las libres (si la empresa se lo deniega razonadamente) y por supuesto nunca reduciendo la duración total del permiso de ninguno de los dos. Sera la empresa la que tenga que demostrar que no puede dar el permiso a la vez a los padres para su ejercicio simultáneo, y las tiene que dar siempre ser por escrito.
- Protección contra despido de padres y madres siendo un despido improcedente a causa de tener un hijo. Sí el despido es en los 12 primeros meses de vida del hijo se presumiría como nulo y readmisión obligatoria. Esta protección contra el despido se puede ampliar hasta los 12 años de edad de su hij@ si se está con una reducción voluntaria de jornada por cuidado.
- En caso de fallecimiento del hij@ el permiso dura lo mismo
- En caso de discapacidad del hij@ el permiso dura 2 semanas más. Una semana para el padre y otra semana para la madre.
- En caso de parto múltiple el permiso dura 2 semanas más por cada hij@ adicional. Una semana para el padre y otra semana para la madre.
- En caso de parto prematuro y/o por cualquier otra causa, en el que niñ@ deba permanecer hospitalizado a después del parto, las 10 semanas libres se contarán a partir de la fecha del alta hospitalaria.
- En caso de que el niñ@ necesite hospitalización a continuación del parto, ya sea por parto prematuro con falta de peso u otros otros en que el niñ@ precise, por alguna condición clínica, superior a 7 días, el permiso se ampliará en tantos días como se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.
Todas estas condiciones mencionadas son iguales para el permiso de paternidad como el de maternidad.
A estos permisos se le puede denominar ”permiso por nacimiento” porque tanto el padre como la madre disfrutan en las mismas condiciones el permiso sin discriminación.