Con la última Reforma Laboral, si un convenio acaba su vigencia, ya no se prorrogará hasta que se firme uno nuevo. Desde el 1 de Enero, el plazo para llegar a un acuerdo es de un año. Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado uno nuevo o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación o bien se quedará sin convenio.
El fin de la ultraactividad es un duro golpe, a la negociación colectiva y coloca a los/as trabajadores/as, en una situación de inferioridad con respecto al empresario, que solamente deberá esperar a finalizar el año, para liquidar todas los derechos laborales conseguidos en la empresa.







