Comunicado, Reunión comité ERTE semana 37

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Kaixo,

En relación a la actual afectación de ERTE en Gestamp Bizkaia por las paradas  de Mercedes principalmente y el aumento de 22 días más de afectación de ERTE a los 22 días ya acordados por la mayoría del comité y la dirección de Gestmap Bizkaia CGT-LKN desea manifestar:

1º- CGT-LKN NO ESTÁ DE ACUERDO con la modificación-ampliación del número de días de afectación en otros 22 días. En la reunión de ayer jueves (9-9-21) la dirección entregó al comité una tabla con la afectación de días de ERTE en la plantilla de Gestamp hasta la fecha 12-9-21 resultando un total de 4.259 jornadas efectivas de afectación que entre las 700 personas integrantes de la plantilla resulta un promedio de 6,08 días de ERTE por cada persona hasta esa fecha. En esa tabla se observa que 169 personas o el 24,1% de la plantilla no han consumido nada de ERTE, 371 personas (53,1%) se han visto afectados por 6 días o menos,  135 personas (19,2%) se han visto afectados por 11 días o más de ERTE y solamente 44 personas (6,2%) por 15 días o más. Con todo esto CGT-LKN entiende que se pueden planificar futuras afectaciones con un reparto más equitativo para retrasar o, incluso evitar, la ampliación de días planteada por la empresa.

2º- CGT-LKN ha vuelto a plantear que sea impartida la formación profesional recogida como “permiso retribuido” en el art. 23.3 del ET (20 horas/año, con acumulación de las horas de 5 años) con contenidos ajustados a cada perfil profesional al igual que las 20 horas de la tarjeta profesional recogido el III Convenio estatal de industrias de metal con contenido en prevención.

En base a estas dos normas, CGT-LKN  ha exigido a la dirección el cumplimiento de este derecho de las personas trabajadoras ya que las horas pendientes de formación de obligado cumplimiento por parte de las empresas a las personas trabajadoras pueden alcanzar, en el peor de los casos, 120 horas generadas en los últimos 5 años. En estas circunstancias de ERTEs estas horas de formación no impartidas, además del perjuicio que ocasiona no disponer de dicha formación en las propias plantillas,  hay que añadir el perjuicio económico personal provocado al no impartir estas horas de formación “retribuidas” siendo cargadas, por el contrario, a la bolsa de días de afectación de ERTE de cada persona trabajadora y con el consiguiente perjuicio de las arcas públicas.

3- CGT-LKN sigue considerando que el artículo 47.1 del Estatuto de los Trabajadores determina que los ERTEs productivos solamente pueden solicitarse y concederse por “causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado”, circunstancia que no se da ahora, al igual que en el momento de la firma de este ERTE al mantenerse los pedidos de furgonetas. Como ya dijimos en notas anteriores, esta situación se debería calificar como “imposibilidad de la prestación” laboral como determina el art 30 del ET por motivos imputables al empresario y no al trabajador.

Salud.                                                                              10-septiembre-2021.

 

 

 

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