NÓMINA Y PAGAS:
Subida Lineal
En CGT-LKN estamos convencidos que la forma de hacer el reparto tiene que ser el que beneficie a la mayor parte de los que componemos la plantilla. Por eso siempre hemos exigido que las subidas de sueldo sean de forma lineal y no % porcentual.
.Pensamos que se puede discutir cuanto tiene que ser la subida, pero la forma de repartir esa cantidad de dinero que se acuerda con la empresa solo puede ser LINEAL.
Leer EXPLICACIÓN DE LA SUBIDA LINEAL
NOMINA
Se cobra el día 5 de cada mes, por domiciliación bancaria. Siempre y cuando, no sea domingo o festivo, en cuyo caso, se adelantaría uno o dos días, dependiendo del calendario.
El departamento de personal, se encargará, de notificar el ingreso de la nomina, en el tablón de anuncios y de buzonear, una copia de la nomina del trabajador, en su taquilla del vestuario.
Conceptos que aparecen en la nómina:
SUELDO
(Días del mes) x (Salario día)
Días del mes:
Enero: 31 días; Febrero: 28 días (Bisiesto, 29 días); Marzo: 31 días ; Abril: 30 días; Mayo: 31 días ; Junio: 30 días; Julio: 31 días; Agosto: 31 días; Septiembre: 30 días; Octubre: 31 días; Noviembre: 30 días; Diciembre: 31 días
Salario día:
Corresponde al salario, que cada categoría, tiene asignada.
- Descuento comedor: Se descuenta **3,0238€ por cada comida. Se utiliza la tarjeta de fichar para acceder y se te descuenta en nómina del 16 al 15.
- Descuentos generales de Seguridad Social e I.R.P.F.*
*La cuantía del descuento del IRPF, depende del estado civil y del número de hij@s a cargo que sean menores de 21 años.
Teniendo en cuenta todos estos conceptos, el líquido a percibir se obtiene restándole al total devengado el total de las retenciones.
Pagas Extras:
Todas las trabajadoras de Gestamp Bizkaia recibimos 2 pagas extras y una prima por Objetivos. Son cantidades brutas.
-La prima por objetivos se pagará el 15 de Mayo. La de 2020 es de 1569,78€ .
-Las pagas deben ser efectivas en estas fechas:15 Julio y 20 de Diciembre por un importe de 30 días según la fórmula siguiente: Sueldo día + carencia incentivo + Plus profesional + Antigüedad x 30 días + (Plus relevo x 20 días).
Los conceptos en negrita se añaden si trabajas a relevos.
Paga de vacaciones:
Resulta de la suma de los siguientes conceptos: Sueldo día + carencia de incentivo + antigüedad + plus profesional (si es tu caso) + media anual de los meses de enero a julio.
Cesta de Navidad, Ropa de trabajo, Jamón y comedor:
Al ser salario en especie se cotiza por ello.
INCREMENTO DE 300€ Salario Base 2015 | |||||||||||||||
salario |
salario |
Car.Inc. |
Puestos del Nivel | subnivel | nivel | Tabla de antigüedad | |||||||||
anual 2015 |
dia 2015 |
dia 2015 | |||||||||||||
47.242,91 | 97,81 | 14,67 | A | 6 | |||||||||||
40.993,80 | 84,87 | 12,73 | Encargados | B | 2,17 | ||||||||||
39.812,89 | 82,43 | 12,36 | A | 5 | |||||||||||
35.176,89 | 72,83 | 10,92 | Coordinador Técnico | B | 1,96 | ||||||||||
30.965,13 | 64,11 | 9,62 | A | 4 | |||||||||||
29.955,66 | 62,02 | 9,30 | Jefe Equipo | B | 1,74 | ||||||||||
28.946,19 | 59,93 | 8,99 | A | 3 | |||||||||||
27.555,15 | 57,05 | 8,56 | Técnico Esp. II | B | 1,54 | ||||||||||
26.135,13 | 54,11 | 8,12 | A | 2 | |||||||||||
25.632,81 | 53,07 | 7,96 | Técnico Esp. I | B | 1,31 | ||||||||||
Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (Salario día)/100
Nuevo salario día = (Subida salarial) + (Salario día)
Carencia Incentivo:
Incentivo fijo mensual, del 15 % del salario día.
Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (15% del Salario Día/100
Nuevo 15 % del Salario Día= (Subida salarial) + (15% Salario Día)
ANTIGÜEDAD
(Quinquenio) x (Días del mes)
Antigüedad:
Se trata de un incentivo, agrupado en quinquenios.Empieza a contabilizar, desde el mismo día que se nos da de alta en la empresa. Se cobra, al mes siguiente de haber cumplido el quinquenio.
Año 2012 | |||
Puestos de nivel | Sub-nivel | Nivel | Valor de quinquenio |
Encargados | AB | 6 | 2,1200 |
Coordinador Técnico | AB | 5 | 1,9200 |
Jefe Equipo | AB | 4 | 1,7075 |
Técnico Especialista ɪ ɪ | AB | 3 | 1,5000 |
Técnico Especialista ɪ | AB | 2 | 1,2875 |
Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (Valor de quinquenio)/100
Nuevo Valor de quinquenio = (Subida salarial) + (Valor quinquenio)
Quinquenio = (Numero de quinquenios) x (Valor de quinquenio)
PLUS RELEVO
(Incentivo Relevo) x (Días trabajados)
Incentivo Relevo:
Se cobra 3,86 € por día trabajado (Año 2017).
Días trabajados:
Los días, se computan en nómina, desde el 16 del mes anterior a nomina, al 15 del mes de la nomina entregada. (Desde el 16 del mes anterior a nomina → al 15 del mes de nomina)
Plus relevo:
Tendrán derecho a cobro, los trabajadores a turnos. Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (Incentivo Relevo)/100
Nuevo Incentivo Relevo = (Subida salarial) + (Incentivo Relevo)
Plus Nocturno:
Incentivo del 42 % del salario día.
Se percibirá, por trabajo realizado entre las 22:00 h y las 6:00h. En caso de no trabajar las 8 horas, se percibirá la parte proporcional del incentivo.
Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (42% del Salario Día)/100
Nuevo 42 % del Salario Día= (Subida salarial) + (42% Salario Día)
Noches trabajadas:
Las noches, se computan en nómina, desde el 16 del mes anterior a nomina, al 15 del mes de la nomina entregada.
PLUS CALENDARIO 4º Y 5º TURNO
(20% del Salario Día) x (Días trabajados)
4º Relevo: 20 % del Salario Día.
5º Relevo:30 % del Salario Día.
(20) x (Salario día)
20 % del Salario Día = —————————-
100
Plus Calendario 4º y 5º turno:
Se abonará, los 365 días del año, al personal sujeto al 4º y 5º turno.
Si los relevos del 4º y 5º turno, finalizan antes del último día del mes, percibiré el incentivo correspondiente al mes entero.
Se le aplica la subida salarial.
Subida salarial = (% de subida) x (20% del Salario Día)/100
Nuevo 20 % del Salario Día= (Subida salarial) + (20% Salario Día)
Días trabajados:
Los días, se computan en nómina, desde el 16 del mes anterior a nomina, al 15 del mes de la nómina entregada.
PRIMA PRODUCCIÓN
(Incentivo Producción) x (Días trabajados)
Incentivo Producción:
Se cobra 9,82 € por día trabajado (Año 2017).
Días trabajados:
Los días, se computan en nómina, desde el 16 del mes anterior a nomina, al 15 del mes de la nomina entregada.
Plus producción:
Tendrán derecho a cobro, los trabajadores considerados con funciones de mano de obra directa.
Se le aplica la subida salarial.
PLUS CAMBIO DE CALENDARIO
(Incentivo Calendario) x (Salario Día)
Plus cambio de calendario:
Trabajadores de los departamentos de Logística/Almacenes, que ajusten sus días de trabajo, a los establecidos por los clientes y proveedores, siendo éstos días, considerados como laborables o festivos en el calendario laboral de estampaciones Bizkaia, se abonará como cambio de calendario:
Plus Sábado, se abonará el 1,304 por el salario día. (Año 2016)
Plus Domingo, se abonará el 1,552 por el salario día. (Año 2016)
Incentivo calendario =
Subida salarial = (% de subida) x (Incentivo Producción)/100
Nuevo Incentivo Producción = (Subida salarial) + (Incentivo Producción)
La nomina (ver ejemplo más abajo) se cobra normalmente el día 5 del mes siguiente por domiciliación bancaria. Cada mes se coloca una nota en los tablones de anuncio indicando la fecha de ingreso de las nóminas que se repartirán en el Departamento de Personal o buzonearán en las taquillas si es el caso.
En la nómina se detallan lo siguientes conceptos (en caso que correspondan):
NOTA: Los datos económicos marcados con dos asteriscos(**) corresponden a 2017.
NUEVOS CONCEPTOS A COTIZAR
1.- COMEDOR: El precio del comedor está dividido en dos partes; una, la que abona el/la trabajador, (2,8042€/comedor) y otra subvencionada por la empresa. A partir de la fecha indicada, debemos cotizar la parte que paga la empresa (3,7258€/comedor). El precio del comedor es variable en función al nº de comedores del mes, por lo que el precio puede revisarse a lo largo del año.
[Precio factura por cada Comedor—Retención en nómina del trabajador por cada Comedor = Precio a incluir en la base de cotización]
2.- SEGUROS:
-Prima de contrato de seguro accidente: el importe de la prima se divide entre los/as trabajadores/as de plantilla, decir, este importe es igual para todos/as: 46,94€/anuales, es decir, 3,91€/mensuales (cotizado en 12 nominas).
-Prima de contrato de seguro de vida: el importe de la prima es distinto para cada uno/a en función del sexo y edad.
Para un Chico de 35 años es: 64,25€/año, es decir, 5,35€/mensuales (cotizado en 12 nóminas)
3.- CESTA DE NAVIDAD: el importe de la cesta de Navidad (jamón+vino), será incluido en la base de cotización. En este concepto además, su inclusión en la nómina, conlleva la obligatoriedad de Retención a IRPF, por lo que afectará a ambas retenciones. Se cotizarán 9.32€ mensuales. Este precio corresponde al precio del año 2017.
Por lo tanto y en cumplimiento de la normativa, el/la trabajador/a por una parte y empresa por otra (cada uno en el porcentaje que le corresponde) deben cotizar por estos conceptos.
1. Sueldo (Salario Base): 30 o 31 días x precio/día. **Precio día: 54,7288€.
2. Carencia de Incentivo: Se trata de un incentivo fijo: 30 o 31 días x 15% precio día. **Precio día: 8´2093€.
3. Antigüedad: Se pagan los quinquenios, contando desde la fecha de alta en la empresa, independientemente de que el tipo de contrato haya cambiado (ej: eventual, indefinido). Se cobra desde el mes siguiente a haber cumplido el quinquenio. ( nº de días del mes x antigüedad)/5 años. **Precio día con un quinquenio: 1´35455€.
**Precio día con dos quinquenios: 2´7091€.
8. Plus relevo: Concepto variable al que le afecta la subida salarial anual y que se computa en nómina del 16 del mes anterior al 15 del que corresponde la nómina entregada. Artículo 36. **Precio día: 3´86€.
10. Plus nocturno: 42% del sueldo o salario base por noche trabajada.
14. Prima producción Es un concepto al que se le aplica subida salarial sobre una cantidad fija. Artículo 35. **9´82€.
15. Plus 4º Relevo: 20% del sueldo entre 8h, por el número de horas trabajadas a 4º relevo. Se cobra del 16 al 15 del mes.
16. Plus calendario 5º turno: 30% del precio/día entre 8, por el número de horas trabajadas a 5º relevo. Se cobra del 16 al 15
17. Descuento comedor: Se descuenta **2,8042€ por cada comida. Se utiliza la tarjeta de fichar para acceder y luego se te descuenta en nómina del 16 al 15.
900, 901, 902, 903: Descuentos generales de Seguridad Social e I.R.P.F.*
*La cuantía del descuento del IRPF, depende del estado civil y del número de hijos a cargo que sean menores de 21 años.
Teniendo en cuenta todos estos conceptos, el líquido a percibir se obtiene restándole al total devengado el total de las retenciones.
Pagas Extras: Artículo 33.
Tod@s l@s trabajadorxs de Estampaciones recibimos 2 pagas extras y una prima por Objetivos. La prima por objetivos se pagará el 15 de Mayo
Las pagas deberían hacerse efectivas en estas fechas: 15 Julio y 22 de Diciembre por un importe de 30 días según la fórmula siguiente:
Sueldo día + carencia incentivo + Plus profesional + Antigüedad x 30 días (+Plus relevo x 20 días)
Los conceptos en negrita se añaden si trabajas a relevos.
Paga de vacaciones: Artículo 34. Resulta de la suma de los siguientes conceptos:
Sueldo día + carencia de incentivo+antigüedad+ plus profesional+ media anual de los meses de enero a julio.