Desde la sección sindical de CGT-LKN en Gestamp Bizkaia hemos solicitamos a la empresa que los permisos retribuidos cortos que se contemplan en convenio cambien de días naturales a laborales. Y que dichos permisos se inicien siempre el primer día laborable según normativa y legislación aplicable.
Siendo ya varias las sentencias de la AN que lo contemplan y que, viendo la pasividad del comité y de la dirección al respecto, ya que hace más de un año que les informamos de que la sentencia ganada por CGT donde así lo recoge nuestro convenio debe de adaptarse a la jurisprudencia de aplicación vigente y los permisos de corta duración, deben interpretarse necesariamente como días laborales e iniciarse siempre en el primer día laborable.
En nuestro caso quedaría de la siguiente forma:
Caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho, hij@s: 6 días LABORALES
Caso de fallecimiento de, padre, madre, herman@s, niet@s o abuel@s naturales o polític@s: 4 días LABORALES
Caso de hospitalización o caso de hospitalización con intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario:
-Del cónyuge o pareja de hecho: 3 días LABORALES
-De hij@s, padre, madre, herman@s, abuel@s y niet@s consanguíne@s o polític@s: 2 días LABORALES
En caso de matrimonio de padre, madre, hij@s, herman@s naturales o polític@s: 1 día LABORAL
En caso de que alguna persona haya tenido en el último año algún supuesto anterior y no haya podido disfrutar del permiso PONTE EN CONTACTO CON CGT-LKN
Estamos todos los viernes en el local del comité de 09h a 13h y en el correo: gestamp@cgt-lkn.eus
No dejes que pisen tus derechos. Abadiño 7 de febrero de 2020