EXPLICACIÓN DE LA SUBIDA LINEAL
La costumbre de referenciar la variación del coste de la cesta de la compra o el coste de la vida al índice de precios al consumo (IPC) nos hace pensar que esa referencia en la unidad de medida general válida para determinar las subidas salariales. En muchas empresas se suben todos los salarios de la escala porcentualmente referenciándolos al IPC usándolo como factor multiplicador sobre el salario base del año anterior de cada trabajadora.
Teniendo en cuenta que en las escalas salariales de las empresas hay salarios base muy diferentes entre sí sería lógico dudar de si es justo incrementar el salario anual aplicando un factor de multiplicación porcentual a todos los salarios bases por igual y a la vez pensar que es justo decir que todas las trabajadoras han tenido una igual subida.
Por otra parte buscando lo justo y razonando al revés la anterior duda parece más lógico partir de una igual subida salarial que sea una cantidad fija (o lineal) y que afecte de igual modo a toda la plantilla.
Para calcular dicha cantidad fija, lineal o igual para cada trabajadora, se aplica el porcentaje pactado en convenio a incrementar a todos los salarios de la masa salarial, se suman los resultados y se divide entre todas las trabajadoras. Dicho de otro modo, para calcular la subida total a toda la masa salarial de la empresa se aplica un mismo porcentaje al sueldo de un operari@, a un mando intermedio, encargado, director, jefe de departamento etc. y se suman todas ellas obteniendo la subida total de toda la masa salarial. Finalmente para calcular la igual subida lineal a cada uno de los sueldos y se divide esta cantidad total entre el número total de trabajadoras de la plantilla.
Ejemplo de Subida Lineal
Ejemplo hipotético, las cifras no son trasladables a Gestamp Bizkaia: Ante una subida del 2%:
- Operari@ sueldo día 54 €,
- Mando intermedio sueldo día 70€,
- Encargad@ sueldo día 100€,
- Responsable de departamento sueldo día 120 €.
Operarios totales 500 personas x 54€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 226.800 € de subida porcentual entre todos los operarios al año. (453,6 €/año por operario)
–Mandos intermedios totales son100 personas x 70€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 58.800 € de subida entre todos l@s mandos intermedios. (588 €/año por cada mando intermedio)
–Encargados totales 50 personas x 100€ x 420 días totales en 14 pagas) x 2% / 100 = 42.000 € de de subida porcentual entre todos los encargados al año. (840 €/año por encargado)
–Jefes de departamentos totales 22 x 120€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 22.176 € de subida porcentual entre todos los jefes de departamento al año. (1008 €/año por jefe de departamento)
Calculo de subida lineal: 226.800 € + 58.800 € + 42.000 € + 22.176 € = 349.776 € / 672 (total de la plantilla) = 520,5 € lineales de incremento por cada trabajadora al año.
Subida porcentual para operarios al año. (453,6 €/año por operario)
Subida lineal de incremento por cada trabajadora al año. 520,5 € para todas las categorías.
Es decir, todos los trabajadores tienen la misma subida independientemente de su categoría.
A todos los trabajadores nos vale igual el litro de gasolina o la barra de pan. No es justo que cada vez que hay una subida de sueldo se beneficien más los que más ganan cuando en la mayoría de los casos son los que no luchan por ello.
Como queda claro, el incremento lineal resultante es superior al que le correspondería a la categoría de operario e inferior al resto. 453,6 < 520,5 < 588 < 840 < 1008.
Alguna persona puede pensar que esto no es justo, pero en CGT-LKN creemos que no hay que seguir aumentando las diferencias salariales por subidas acordadas en convenio.
En CGT-LKN consideramos que las diferencias de sueldo por categorías ya son de por sí demasiado elevadas por lo que un incremento salarial porcentual por convenio a todos los salarios solo incrementa la desigualdad entre las trabajadoras, cosa que consideramos injusta. Cada categoría tiene un sueldo diferente por el puesto y funciones que realiza pero los sueldos finales deben ser aumentados por convenio lo mismo a toda la plantilla, porque a la hora de ir a comprar el pan, llenar el depósito o comer en el comedor de la empresa nos cobran a todos lo mismo, cobres el sueldo que cobres.
Como conclusión se puede pensar que la unidad de medida de un incremento salarial no es justo que se mida en % pues este factor es relativo, discriminatorio e injusto, por el contrario una subida salarial será justa e igual para todas cuando se aplique una unidad de medida absoluta como no puede ser otra que una cantidad de euros/año iguales para todas las trabajadoras.