Denuncia a inspección de trabajo por los delegados de CGT en Gernika

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Denuncia a inspección de trabajo por los delegados de CGT en Gernika

En Gernika se ha denunciado ante inspección de trabajo a la empresa por contar solo con trabajadores a tiempo parcial para cubrir los puestos de trabajadores de tiempo completo en sustitución por bajas, vacaciones etc….

Inspección de trabajo les ha dado la razón según el articulo 14 del convenio que dicta que se deben realizar listados con preferencia a los trabajadores de tiempo completo con la capacidad de cubrir los puestos de sus compañeros y que los trabajadores de tiempo parcial cubrirán los puestos dejados por estos últimos.

EXTRAIDO DEL INFORME DE INSPECCION:

Cuando se sustituya al personal reflejado en el punto anterior con el personal apuntado voluntariamente en el listado se procederá de la siguiente forma:

  1. Tendrá prioridad para realizar la sustitución, el personal de tiempo completo que

tenga capacitación suficiente para desarrollar el puesto a sustituir.

  1. El puesto de trabajo dejado libre por el trabajador de tiempo completo que realiza la

sustitución, pasará a ser ocupado por otro trabajador de los de tiempo parcial que aparezca en los listados.

La empresa indica que las sustituciones del personal a jornada completa se ofrecen a los trabajadores a tiempo parcial incluidos en el listado de voluntarios; en principio no existe un ofrecimiento previo a trabajadores a jornada completa que pudieran estar interesados.

3.-CONCLUSIONES:

Se plantea por la parte social, la necesidad de elaborar un listado de trabajadores a jornada completa que de manera voluntaria estén dispuestos a sustituir a personal de plantilla de jornada completa con reserva de puesto de trabajo con preferencia con

respecto a los trabajadores a tiempo parcial, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Empresa:

Se REQUIERE a la empresa:

-La empresa deberá respetar y articular los mecanismos necesarios para garantizar la prioridad del personal a tiempo completo frente a los trabajadores a tiempo parcial para sustituir a personal de la plantilla de jornada completa con derecho a la reserva de puesto de trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio Colectivo de CESPA, S.A (BOB 15/03/2019).

 

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