Explicación de cómo queda el tema de las horas de libre disposición para el 2016

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Las horas de libre disposición que cada persona tenga en el calendario de 2016 habrá que disfrutarlas en el año.

cgt horas de libre disposición

Como excepción, las personas que hayan comenzado el año con las horas en negativo o a cero podrán dejar su saldo en diciembre de 2016 en 24 horas positivas y estas horas no se perderán. Si se comienza el año con el saldo de horas en positivo hay que coger obligatoriamente las horas de libre disposición que recibes con el calendario de 2016.

Antes del 15 de mayo habrá que comunicar a la empresa parte del disfrute que vaya a realizar cada persona. La otra parte del disfrute no habrá que comunicarla antes del 15 de mayo pero sí  disfrutarla antes de fin de año.

1-er Ejemplo

Una persona con -9 horas de saldo a día 31/12/15  y que recibe 20 horas (2,5 días) de libre disposición en su calendario de 2016 no tendrá que coger durante el año ninguna hora si no quiere y acabaría con 11 horas de libre disposición 2016.

2-do Ejemplo

Una persona con -9 horas de saldo a día 31/12/15  y que recibe 56 horas (7 días) de libre disposición en su calendario de 2016 tendrá que coger durante el año 23 horas de libre disposición de forma obligatoria.

 Calculo: -9 de saldo inicial + 56 horas = 47 horas de saldo, como puede pasar a 2017 con 24horas a favor tendrá que disfrutar en 2016,  47horas de saldo – 24horas que se pasa al año siguiente = 23 horas de obligado disfrute.

El disfrute de estas 23horas se tendrá que comunicar a la empresa antes del 15 de mayo.

3-er Ejemplo

Una persona con 6 horas de saldo a día 31/12/15 y que recibe 56 horas (7 días) de libre disposición en su calendario de 2016 tendrá que disfrutar obligatoriamente las 56 horas de libre disposición que le da su calendario y además tendrá que comunicar a la empresa antes del 15 de mayo cuando quiere disfrutar 4 de esos 7 días.

4-to Ejemplo

Una persona con 45 horas de saldo a día 31/12/15 y que recibe 20 horas (2,5 días) de libre disposición en su calendario de 2016 tendrá que disfrutar obligatoriamente las 20 horas de libre disposición que le da su calendario y además tendrá que comunicar a la empresa antes del 15 de mayo cuando las quiere disfrutar.

Un Saludo.

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