La empresa no tiene porqué hacer recuperar esas horas a los trabajadores, y si lo hace deberá negociarse con la representación de los trabajadores en un plazo de 7 días.
En caso de desacuerdo la empresa las puede imponer unilateralmente, ahora bien, deberá respetar los descansos mínimos, preavisar con un mínimo de 5 días, y deberán respetar los derechos de conciliación.