Inicio Social El Tribunal Supremo de nuevo se pronuncia a favor de la banca en el caso de las hipotecas ligadas al tipo de interés IRPH

El Tribunal Supremo de nuevo se pronuncia a favor de la banca en el caso de las hipotecas ligadas al tipo de interés IRPH

por Colaboraciones

El Supremo ha concluido este miércoles, tras analizar varios recursos de clientes, que las hipotecas ligadas al tipo de interés conocido como IRPH se comercializaron sin la suficiente transparencia, aunque descarta que se produjera abusividad. Así lo ha hecho saber en una nota de prensa previa a que se conozca el contenido de la sentencia, que será redactada durante los próximos días. Los bancos españoles se jugaban, de nuevo, una factura millonaria en los tribunales por la comercialización de hipotecas con cláusulas que no cumplían con las exigencias de transparencia de Europa, como ya ocurrió con las cláusulas suelo.

Este dictamen llega después de que la justicia europea dictaminara que los jueces españoles debían analizar en cada caso si se comercializaron estas hipotecas con la debida transparencia y de manera que fuese comprensible por el cliente.

La semana pasada una sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº8 de Donostia – San Sebastián declaró nula por abusiva la cláusula IRPH aplicada por Kutxabank en un préstamo hipotecario. Además, la sentencia declara igualmente nulos los intereses abonados según el sustitutivo Euribor+1 previsto en el contrato.

Las personas afectadas por esta cláusula abusiva no confiaban en el Supremo, y desde IRPH Stop Gipuzkoa tenían claro que el tema tendrá que volver a Europa.

En una primera valoración, la plataforma reclamador.es, especializada en este tipo de demandas de sus clientes, apunta que “a falta de leer la sentencia, el Tribunal Supremo da una vez más la espalda a los consumidores“. “Con lo que resalta la nota de prensa emitida por el Alto Tribunal, podemos decir que nos produce una absoluta decepción y estupor la decisión del Tribunal Supremo, que deja desprotegidos a los afectados por IRPH en España”.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que la falta de transparencia, sea cual sea, impide al consumidor tomar una decisión fundamentada, por lo que no comprende los motivos que llevan al Alto Tribunal a determinar que la cláusula es válida.

En este sentido, OCU explica que muchos bancos no informaron a sus clientes de manera comprensible de que el IRPH es un índice que se calcula teniendo en cuenta los datos que la propia entidad proporciona, sin explicar con cuadros comparativos históricos la evolución de este índice y del Euribor a fin de que el cliente pudiera ver que el primero siempre ha estado por encima del segundo.

Facua-Consumidores en Acción considera la interpretación “absolutamente bochornosa“. A la espera de conocerse el texto íntegro de la sentencia, que se redactará en los próximos días, la organización cree también que el Supremo “se pliega una vez más a los intereses de la banca” con una interpretación “forzada” de la legislación.

“Parece que el Supremo ha vuelto a las andadas plegándose a los intereses de la banca”, ha señalado el secretario general de Facua, Rubén Sánchez, que ha tildado de “escandaloso” lo ocurrido con las resoluciones de los cuatro recursos analizados.

Mientras el sector financiero celebran que el Supremo haya dictaminado que no es un índice abusivo, en línea con sentencias anteriores del alto tribunal.

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