Fuente: https://www.lamarea.com/2024/06/27/quien-es-quien-en-el-conflicto-de-la-suiza/
A comienzos de 2017, una empleada de la Pastelería La Suiza de Gijón acudió al sindicato CNT debido a sus problemas laborales, que se resumían en jornadas maratonianas, salario inferior al del convenio y horas extras sin remunerar; además, afirmaba soportar abusos por parte de su jefe.
Tras una serie de reuniones buscando una salida negociada al conflicto, y ante la negativa empresarial al acuerdo, el sindicato daba comienzo a la habitual campaña de presión y denuncia. Siete años después, lo que comenzó como un mero conflicto laboral de los que se podrían contar a decenas en el sector de la hostelería y el comercio, amenaza con llevar a seis sindicalistas a la cárcel. Este es el ‘quién es quién’ del caso de La Suiza:
La familia dueña de la Pastelería La Suiza
Conocida por sus vínculos con la política local, la familia propietaria de la pastelería formó parte de la denuncia de un grupo de hosteleros que pretendía ilegalizar al sindicato CNT por “extorsión y asociación ilícita”. El juzgado determinó que no había caso y procedió a sobreseer la denuncia, decisión ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial.
Mención aparte merece Pablo Álvarez Meana, hijo de los dueños y aparente artífice de la estrategia legal. Según documenta Nortes, es fan declarado de Netanyahu, Meloni o Le Pen y experto en ‘Política de Seguridad & Internacional’, y vive entre Marbella y Buenos Aires, donde asesora a Patricia Bullrich, ministra de Seguridad con Javier Milei.
Javier Gómez Bermúdez
Abogado de la parte empresarial y expresidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que trata los temas de terrorismo. Tiene experiencia en terrorismo juvenil por su labor en el Juzgado Central de Menores y en el tratamiento penitenciario de presos terroristas y del crimen organizado como Juez Central de Vigilancia Penitenciaria.
Sentó las líneas jurídicas sobre terrorismo/vandalismo urbano y tratamiento penitenciario del crimen organizado terrorista. En 2007, presidió el juicio de los atentados del 11 de marzo. En la actualidad, se encuentra en excedencia voluntaria en la carrera judicial para dedicarse al ejercicio de la abogacía en el bufete Ramón y Cajal.
Según el diario El Español, entre su clientes destacan personas vinculadas al régimen de Guinea Ecuatorial, incluido Carmelo Ovono Obiang, hijo del dictador.
Lino Rubio Mayo
Magistrado del Juzgado de lo Penal de Gijón, que emitió la sentencia en primera instancia. Conocido popularmente como Justiciero de Poniente, ha destacado por un largo historial de polémicas relacionadas con conflictos laborales o sociales, entre ellas, la condena a tres años de prisión para los sindicalistas de la CSI, Cándido y Morala, por destrozar una videocámara durante una protesta laboral contra el cierre de Naval Gijón (el hecho inspiraría Los lunes al sol, de Fernando León de Aranoa).
Los antimilitaristas asturianos todavía recuerdan cómo apuraba los estertores de la vieja legislación anti-insumisión para que la condena fuese la más dura.
Manuel Marchena
Magistrado del Tribunal Supremo y presidente de la Sala Segunda de lo Penal que ha ratificado la condena. En 2019, presidió la Sala del Tribunal encargada de juzgar a los líderes del proceso independentista catalán en la causa conocida popularmente como ‘juicio del procés’.
En 2024, en el ejercicio de las competencias para el enjuiciamiento de aforados, presidió la vista oral contra el diputado de Podemos Alberto Rodríguez, a quien se acusaba de atentado por propinar una patada a un policía antidisturbios.
Las seis condenadas
Seis personas, entre ellas la trabajadora que denunció su situación en la Pastelería La Suiza, están condenadas a tres años y seis meses de prisión, dos años por un delito de obstrucción a la Justicia y 18 meses por un delito de coacciones.
Las condenadas, cinco mujeres y un hombre, son personas plenamente integradas en la sociedad, con familia e hijos: taxista, camarera, reponedora, cantante, auxiliar de clínica y docente son sus profesiones. Ejercieron su derecho a la libre actividad sindical recogida en el artículo 2 de la LOLS, la Constitución, la Carta Social Europea y la OIT. Ahora pueden verse obligadas a ingresar en prisión.
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