Trampas en el contrato de relevo

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PREJUBILACIÓN PARCIAL A LOS 60 AÑOS CON CONTRATO DE RELEVO
En las prejubilaciones a los 60 años, con contrato de relevo, la empresa dice que la Seguridad Social no le deja contratar a los de tiempo parcial, aunque vayan al paro, si tienen un contrato indefinido, aunque sólo sea de sábados.
Hablando con un responsable de la Seguridad Social, dice que aunque es injusto, la ley no lo permite.
Pero se cuenta, que un encargado se ha prejubilado también a los 60 y para que se quede alguien que interesa a la empresa, en ese puesto de encargado, el prejubilado renunció unos meses antes a su puesto de encargado y pasó a una categoría inferior, pagándole la dirección la diferencia en devengos varios, para que no perdiera dinero.
De esta manera mientras él reniega de su puesto de encargado, le ofrecen ese puesto al que la dirección quiera, aunque ya esté trabajando en la empresa con contrato indefinido.
Así, el que contratan del paro, ocupará la categoría que se supone tiene el prejubilado, aunque no sea verdad.
¿Se puede denunciar en Inspección de Trabajo o en la Seguridad Social, como fraude?
¿Le importa un pimiento a la dirección el futuro de sus trabajadores a tiempo parcial?
¿Te han informado los sindicatos a los que están afiliados los trabajadores afectados en este chanchullo que la empresa se niega a realizar con el resto de trabajadores a tiempo parcial?
Están afiliados a UGT y ELA. Pregúntales por qué para unos se puede y para otros no.
Noviembre del año 2006
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