La Comisión, con el apoyo de Italia, podría decidir que el CETA (tratado de libre comercio entre Canadá y la Unión Europea), es un acuerdo de competencia exclusiva de la UE, y por lo tanto, excluir la participación de todos los Parlamentos nacionales y locales de los Estados miembros en la toma de decisiones.
Aquí están los futuros pasos:
1) La aprobación por la Comisión del CETA a mediados de junio al día 5 de Julio y decidir si se trata de un acuerdo de competencia exclusiva de la UE (adopté por mayoría cualificado, y de ser ratificado por el Parlamento Europeo) o es un acuerdo de competencia mixta, (ser ratificado también por el Parlamento nacional, y en algunos países también por los Parlamentos regionales).
2) El Consejo de la UE decidirá en julio o en septiembre si autorizar la firma del texto. Si el CETA se define como un acuerdo de competencia exclusiva de la UE, el Consejo decidirá sobre ella con una mayoría cualificada y el tratado se concluirá u entrara en vigor a partir de la votación del Parlamento Europeo. Si se trata de un acuerdo de competencia mixta, se requiere la unanimidad en el Consejo, y después de la ratificación por el Parlamento Europeo, la ratificación de todos los Parlamento nacional de todos los Estados Miembros y de muchos parlamentos regionales antes de que pueda concluirse.
3) Hasta el momento, la firma oficial del CETA está programada en el contexto del Consejo Europeo del 20-21 de octubre en Bruselas.
4) Después de la firma oficial del CETA, deberías ser enviada al Parlamento Europeo para su ratificación, que podrían tener lugar en los primeros meses de 2017.
5) Después de la votación del Parlamento Europeo, el acuerdo puede celebrarse y entrar en el vigor definitivamente si se trata de un acuerdo de jurisdicción exclusiva. Si se trata de un acuerdo de competencia mixta, se puede aplicar provisionalmente (probablemente de marzo o abril de 2017), y se envía a los Parlamentos Nacionales.
6) Todo este procedimiento se interrumpe si el CETA se envía para la consulta de su legalidad (ICS-ISDS, o cualquier otra materia) a la Corte Europea de Justicia. Sólo a un Estado miembro, la Comisión o el Parlamento Europeo se les permite poner en marcha dichas consultas. En promedio esta consulta tiene una duración de un año y medio.