El «caso De Miguel» fue desvelado en diciembre de 2009 por una abogada que interpuso denuncia por intento de cobro de comisión por parte de personas ligadas al PNV. El auto hecho público ayer el juez encausa a 26 de las 28 personas inicialmente imputadas en este proceso, la mayoría de ellas vinculadas o pertenecientes al PNV en la época de los hechos investigados. El juez decreta el sobreseimiento provisional y archivo para Pablo Larrabide y para Asier Arzalluz (hijo del expresidente del PNV).
En el auto se considera que existen indicios suficientes para acusar de la existencia de una trama organizada en torno a la figura del imputado D. Alfredo De Miguel Aguirre, exnúmero dos del PNV de Álava y a otros antiguos dirigentes y cargos institucionales del PNV, por:
1. Por obtener irregularmente contratos o adjudicaciones públicas de diferentes Administraciones o entes públicos gobernados por el Partido Nacionalista Vasco (PNV), ya fuera para su propia empresa KATAIA CONSULTING S.L. o para terceras personas o empresas con las que mantenía relación o vinculación de una u otra manera (ERREXAL S.L. y ORTZI MUGA S.L.), estando todas ellas íntimamente ligadas o relacionadas entre sí , llegando a cobrar o percibir en base a dichas contrataciones y en diversas ocasiones cantidades dinerarias por trabajos que nunca fueron realmente efectuados o realizados.
2. Por solicitar y/u obtener, en algún caso, el pago de comisiones de las personas jurídicas o mercantiles que obtuvieron adjudicaciones de contratos de diversos entes públicos (a traves de las mercantiles KATAIA CONSULTING S.L. y ERREXAL S.L.).
3. Por solicitar y/u obtener el pago de cantidades dinerarias en base a negocios jurídicos o contratos simulados y que no se ajustaban a la realidad, que supuestamente enmascaraban el pago de comisiones abonadas por empresas relacionadas con la mercantil CONSTRUCCIONES RIERA S.A. a otras empresas creadas por la trama especificamente para ello (SIDEPUR S.L., KATAIA CONSULTING S.L. y ZERULUR S.L.), con la finalidad de que se impulsara y así conseguir que saliera adelante la tramitación del expediente de la novena modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del Ayuntamiento de Zambrana referente a la creación del ámbito de suelo industrial S.A.U. I-2.
Las actividades de tal entramado u organización se llevaron a cabo actuando de común acuerdo, en conjunto o en colaboración con otros imputados, caracterizándose por la extensa relación de personas tanto con cargos o responsabilidades públicas como sin ellos que participaron en la estrategia diseñada, así como por las diversas entidades públicas afectadas por las conductas investigadas.
Para lo cual se crearon y/o utilizaron diversas entidades mercantiles o empresas que fueron constituidas precisamente para ello y que, en la mayoría de los casos, carecían de actividad económica (siendo entidades inactivas) así como de experiencia, conocimientos e infraestructura (tanto en cuanto a medios personales o empleados como a medios materiales) para realizar los supuestos trabajos que les fueron encargados o contratados, siendo por lo tanto utilizadas presuntamente como empresas pantalla bien para canalizar el cobro de supuestas comisiones o bien para percibir cantidades ilegales o ilícitamente recibidas por trabajos que, en variadas ocasiones, no fueron materialmente realizados.