Inicio Leyes y Normas Las nuevas ayudas económicas en el B.O.E.

Las nuevas ayudas económicas en el B.O.E.

por Colaboraciones

Las nuevas medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico que el Consejo de Ministro aprobó este martes para hacer frente al COVID-19, se contemplan en el Boletín Oficial del estado del Estado de hoy Miércoles 1 de abril, por su carácter social destacamos las siguientes:

Medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables

  • Ayudas a inquilinos.Hay disponibles microcréditos públicos de hasta 900 euros al mes para devolver hasta en 10 años sin intereses para personas vulnerables en sentido amplio (incluyendo personas paradas, afectadas por suspensión temporal de empleo y autónomas con ingresos reducidos). También hay fondos públicos para los inquilinos que no puedan hacer frente a pagos.
  • Extensión de los contratos.Los que terminen ahora se extienden seis meses más. Es decir, no habrá subidas del alquiler.
  • No desahucios.Se suspenden los desahucios por impago. 
  • Ayuda a propietarios. Los pequeños propietarios cobrarán íntegramente la renta. Los que tengan 10 inmuebles o más o los fondos tendrán dos opciones si hay problemas con el pago de alquiler: aceptar una rebaja del 50% o aplazar la deuda durante tres años. 
  • Moratoria de hipotecas.Tanto para residentes en apuros como para propietarios que no reciban renta o autónomos que tengan alquilados locales.
  • Garantía del suministro para todos.No se podrá suspender el suministro de luz, agua y gas en la vivienda habitual de ninguna persona, pertenezca o no a un grupo vulnerable.
  • Ayuda para empleadas del hogar.Es para quienes hayan visto reducidos sus ingresos y consiste en el 70% de la base de cotización. Es sólo para quienes se hayan dado de alta en la Seguridad Social. 
  • Medidas de apoyo a los autónomos

  • Autónomos y pymes. Pueden aplazar el pago mensual de la cotización seis meses. Si tienen otras deudas, también las pueden aplazar sin intereses hasta el 30 de junio. 
  • Subsidio para trabajadores temporales.Para quienes se hayan quedado sin trabajo después de un contrato temporal de al menos dos meses y no tengan derecho a la prestación de paro. Consiste en 430 euros mensuales.
  • Medidas de protección de los consumidores

  • Los consumidores tienen derecho a devolución o compensación de otro tipo por viajes, guarderías, cuotas de gimnasio u otros servicios que no se puedan utilizar por la cuarentena.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/01/pdfs/BOE-A-2020-4208.pdf

Comparte:
Share

Artículos relacionados

Aviso legal. Esta web utiliza cookies para optimizar la navegación. Al continuar navegando está aceptando su uso y nuestra política de cookies y ver la forma de desactivarlas. (Política de privacidad) Internet Explorer, FireFox, Chrome, Safari Aceptar Leer más