La huelga tiene *cobertura legal* para todas las mujeres con trabajo asalariado, es decir, para todas aquellas que trabajan para otras personas
Los sindicatos CGT, CNT, y la Confederación Intersindical, la han *convocado legalmente durante 24 horas*
Es tu *derecho constitucional*, anímate a ejercerlo y vente con nosotras a luchar y disfrutar.
- La huelga general del 8M es de 24 horas: se inicia a las 0:01 y dura hasta las 23:59. Otros sindicatos han convocado paros parciales de 2 horas pero esto no afecta a tu derecho a huelga.
- Todas las personas que tienen una relación laboral tienen derecho a huelga y a no sufrir represalias si deciden hacerla*, tengan un contrato escrito o no.
- Las *trabajadoras de ayuda a domicilio, ETT o subcontratadas* tienen los mismos derechos las trabajadoras del punto anterior.
- *No es necesario estar afiliada a ningún sindicato para hacer la huelga*
- *No tienes la obligación de avisar* de que vas a hacer huelga
- El día de la huelga *no cotizas en la Seguridad Social ni cobras salario*, es decir, ese día se te descuenta de la nómina.
- La empresa no puede sustituirte el día de la huelga
- Los *servicios mínimos son de obligatorio cumplimiento*. Si te toca no estás cubierta por el derecho a huelga y no acudir al trabajo puede suponer el despido disciplinario.
- Los *piquetes informativos* son un derecho de las trabajadoras en huelga
- Las *personas “sin papeles”* que tengan una relación laboral también tienen el derecho a huelga
- Las *empleadas del hogar* tienen derecho a huelga, limitado en caso de cuidado a personas dependientes.
- Las *autónomas* no tienen derecho formal a huelga, lo cual no impide que puedan hacerla.
- Las *estudiantes* pueden participar en la huelga y estarán cubiertas de represalias por su derecho de reunión segun se haya acordado en su instituto o universidad
*JUNTAS Y FUERTES, HACIA LA HUELGA FEMINISTA*
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