El Tribunal de Cuentas, ha hecho público un informe que destapa la corrupción de CCOO y UGT, mano a mano con la patronal CEOE, en el reparto de la partida de 10,7 millones de euros de fondos públicos destinados a la prevención de riesgos laborales. El Tribunal los acusa de gestionar los fondos en beneficio propio, con absoluta opacidad y sin preocuparse siquiera de acreditar documentalmente su destino.
En su Informe de Fiscalización de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, ejercicio 2015, acusa a estas organizaciones de diseñar y de establecer las normas para distribuirlas entre los agentes sociales, aprobando o denegando las acciones, y siendo sus miembros, a su vez, beneficiarios de las mismas, donde todas las solicitudes de estas organizaciones recibieron financiación y que la suma de todas ellas coincidía con el importe total del presupuesto, lo que lleva a aseverar a este órgano de control que existe un reparto previo de los fondos entre CEOE, UGT y CCOO.
Este órgano fiscalizador sostiene que estos fondos se siguieron distribuyendo con la misma proporción entre CCAA, y dentro de ellas entre la CEOE, CCOO y UGT en idénticas proporciones que en convocatorias anteriores. El Tribunal asegura haber comprobado que la valoración de las solicitudes estaba diseñado para que únicamente obtuvieran financiación estas organizaciones, y excluir del reparto a otras organizaciones sindicales como la CGT.
Además se ha detectado “múltiples incidencias” que llevan a cuestionar la dedicación de estos fondos a su finalidad. Entre ellas, la ausencia en muchos casos de soporte documental para acreditar tales trabajos, por ser suficiente una mera declaración de los agentes sociales; o la financiación por parte de CC.OO. y UGT del gasto de personal sin acreditar las acciones realizadas. En el caso de las confederaciones y federaciones empresariales territoriales, el Tribunal señala que éstas subcontrataron íntegramente la ejecución de las acciones, y repercutieron gastos de personal más elevados que los destinados a su ejecución.
Respecto a las visitas de empresas el Tribunal sostiene que no existe posibilidad de demostrar su realización, al no exigirse su justificación documental por lo que “presumiblemente no asistieron“, ni tampoco si el contenido fue, realmente, la prevención de los riesgos laborales u otro tipo de actividades sindicales, algo que llega a poner en duda, “especialmente en el caso de CC.OO., en el que las visitas se realizan por agentes sindicales sin formación en prevención“.
Tras detectar incidencias en materia de regulación, gestión, liquidación y control de las acciones y de los recursos destinados a financiarlas, el Tribunal recomienda al Gobierno desarrollar la regulación de la fundación prevista en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1999, en la que quedaba pendiente desarrollar quiénes podían acceder a las ayudas para realizar las acciones.