
Categoría: Asesoría Juridica


Supuestos de despido por causas objetivas, disciplinario y extinción de la relación laboral por incumplimiento del empresario
Recientemente se ha aprobado la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y, aunque no vamos a realizar un análisis exhaustivo del contenido de esta norma, entendemos que debemos destacar alguno de sus elementos, sobre todo los que hacen referencia a la vida laboral de las personas trabajadoras.

SUFRES UN ACCIDENTE O UNA ENFERMEDAD LABORAL Y LA MUTUA O EL SERVICIO MÉDICO DE LA EMPRESA NO TE DA LA BAJA

El Supremo obliga a las empresas a actualizar los salarios aunque el convenio esté prorrogado
El Tribunal Supremo incide en que para evitar esto es necesario incluir la referencia concreta a cada año. «La sentencia nos recuerda la importancia de redactar con cuidado el articulado de los convenios, previendo todas las posibles situaciones en las que éste se pueda encontrar en el futuro. Ello es especialmente importante cuando el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores sigue reconociendo a los sujetos negociadores la potestad casi ilimitada de fijar el régimen de vigencia temporal», concluyen al respecto.

Reforma ley extranjería 2025: Formación en Inmigración Situación irregular, regularización y arraigo

¿CUÁNTO PUEDE DURAR LA BAJA MÉDICA?
Cuánto se cobra estando de baja (y cuándo se empieza a cobrar), Cuánto tiempo se puede estar de baja, ¿Qué ocurre tras los primeros 12 meses?,
Si te preguntas qué tiempo de baja puede otorgarte tu médico por una determinada enfermedad (o por haber pasado por un procedimiento médico o quirúrgico), repasa las tablas de duración media de incapacidad temporal que hoy te hemos presentado -y resumido- en este artículo.
Ten muy claro que por estar de baja médica no se pierde el puesto de trabajo, ya que se puede volver a la empresa una vez que se haya dado al alta médica al trabajador. Sin embargo, durante ese periodo de incapacidad temporal se cobra menos. Entre un 60 y un 75% de la base reguladora según casos. Eso sí, recuerda que seguirás cotizando a la Seguridad Social.