Concreción horaria sin reducción de jornada
Hasta ahora, la única posibilidad para adaptar la jornada de trabajo para conciliar la vida laboral y familiar era solicitar una reducción de jornada por cuidado de un hijo o familiar. Pero tras el Real Decreto 6/2019 existe otra posibilidad recogida en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores:
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo
Vídeo: Barrenderismo
“Barrenderismo’ es el último ‘hit’ que han creado los técnicos de mantenimiento del medioambiente de Portugalete, o sea, los barrenderos de la ciudad vizcaína han hecho un videoclip. El tema es una canción protesta que han subido a internet para protestar y contar sus experiencias, pero en verso y con ritmo.
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Horas extras y Prolongaciones de jornada
Una hora extraordinaria se compensará con una hora de descanso como mínimo, sin que se pierda el derecho al descanso porque el trabajador/a estuviera de baja médica.El importe de la hora extra será el equivalente a la hora ordinaria de trabajo, siendo dicho importe un mínimo.Las horas extras y prolongaciones de jornada muchas veces ocultan una escasez de plantilla en la empresa.
¿Qué son las horas complementarias?
Las horas complementarias son aquellas horas de trabajo que realiza un trabajador a tiempo parcial, adicionales a su jornada laboral. Como mencionamos anteriormente, un trabajador a tiempo parcial tiene prohibido hacer horas extra porque su jornada de trabajo es inferior a las 40 horas semanales. La suma de las horas complementarias junto con las regulares, no puede superar la jornada de un trabajador a tiempo completo. Existen dos modalidades que se relacionan a este concepto.
VIDEO Zutik- En pie contra las desigualdades sociales
Ahora más que nunca es necesario defender unos servicios públicos de calidad y universales que garanticen nuestra salud, nuestra educación y una forma de transporte sostenible. Es imprescindible que las residencias de personas ancianas o dependientes vuelvan a ser públicas. No podemos volver a dejar en manos de la avaricia del capitalismo a nuestros mayores y a las personas más vulnerables. Hemos de garantizar una vida digna para quienes están en situación de precariedad, ya sea debida a desempleo sobrevenido o porque el que tienen es precario. Exigimos la desaparición de las horas extras y la reducción de la jornada laboral manteniendo el poder adquisitivo. Sabemos que el pleno empleo es una quimera, por eso es necesario una Renta Básica de las iguales que garantice una vida digna a todas las personas sin condiciones. El Gobierno debe tomar las medidas necesarias y de forma urgente para que ninguna persona afectada por un ERTE esté a día de hoy sin cobrar lo que le corresponde.
El Tribunal Supremo obliga a pagar también en vacaciones el salario real a las personas con contrato a tiempo parcial La Sentencia
Sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a CGT, reconociendo el derecho a cobrar en vacaciones conforme al promedio del salario recibido en los once meses del año correspondiente a esas vacaciones, teniendo así en cuenta las ampliaciones de jornada que se hayan podido tener, aunque en el momento de las vacaciones no se esté en ampliación de jornada
Barakaldo castiga con 880€ incumplir el contrato de limpieza de 8,9 millones
La empresa privada que realiza la limpieza de calles para Barakaldo no respeta las condiciones establecidas en su millonario contrato, pero, pese a las advertencias legales, el Ayuntamiento le sigue pagando: 738.000 euros sólo por el mes de enero. La máxima autoridad técnico legal del Consistorio lo ha advertido y los responsables políticos (PNV) lo saben al menos desde hace un año, pero la situación de incumplimiento continúa.
CONVENIO BIZKAIA EDIFICIOS Y LOCALES 2015-2020 + TABLAS 2020
Quedan sometidas a las disposiciones del presente Convenio todas las Empresas dedicadas a la Limpieza de Edificios y Locales cualquiera que sea la forma jurídica con la que actúan e independientemente de cuál sea su domicilio y objeto social, constituyendo la causa de sometimiento al convenio, la realización o contratación de trabajos de limpieza en el territorio histórico de Vizcaya, cuando el objeto de la empresa sea total o parcialmente la actividad específica de limpieza de edificios y locales, como los centros especiales de empleo.