Reforma altas y bajas SS

¿Cuándo entra en vigor el nuevo modelo?

¿Qué novedades incluirán los partes de baja?

¿Qué tipo de bajas puede haber?

¿Cómo determinarán los facultativos la duración estimada del proceso de baja?

¿El trabajador deberá seguir yendo a por el alta?

¿Cuándo habrá que acudir a la primera revisión de la baja por incapacidad temporal?

¿Quién lleva el control de las bajas de mayor duración?

¿En qué plazos deberá presentar el trabajador los partes de baja y de alta?

¿Cómo debe actuar la empresa cuando recibe un parte de baja de un trabajador?

¿Podrán las mutuas de la Seguridad Social dar el alta a un trabajador que esté de baja por enferemedad común?

¿Qué ocurre una vez que la mutua ha solicitado el alta del trabajador?

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Mutuas (Guia Autodefensa Mutuas)

Siempre que tengas un accidente de trabajo acude a la mutua en horario laboral, con ello tienes una prueba cuando te diga que lo tuyo no es del trabajo, sino que te lo has hecho en fuera. Si no estas conforme con el diagnostico, EXIGELES una hoja de reclamaciones de la propia Mutua (no la del Gobierno Vasco).En el momento de abandonar la Mutua debes de llevarte SIEMPRE UNA COPIA DEL INFORME MÉDICO.

SI NO TE DAN LA BAJA Y NO PUEDES TRABAJAR, ve al medico de cabecera y solicitarle la baja, conviene llevar e la documentación de la Mutua para que haga la reclamación de contingencia común a profesional.

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