El papel lo aguanta todo, sus datos son falsos y si entraríamos a valorar ampliamente el absentismo laboral sin las normas de juego impuestas por la patronal y su voracidad sin fin otros serían los resultados, pero no quieren, lo dan por inútil, prefieren liquidar nuestra salud sin escrúpulos y si se rompe una persona pues se pone otra y que la máquina no pare.
Categoría: Baja
Ley de Mutuas y Ley de Bonus
En los últimos años, la clase trabajadora está sufriendo descomunales agresiones por parte de la patronal, apoyados por los diferentes gobiernos que han ocupado la Moncloa. La patronal ha usado su influencia en los diferentes gobiernos y poco a poco han ido perfilando un escenario más beneficioso para sus intereses, culminado su estrategia cuando el gobierno del PP aprobó la ley 35/2014 y el R.D. 625/2014, con las que las mutuas pasan a ser entidades colaboradoras de la Seguridad Social y se dedican al control y seguimiento de los accidentes.
COMO ACTUAR EN CASO DE QUE LA EMPRESA QUIERA “CAMUFLAR” UN ACCIDENTE LABORAL
En ella se habla de acudir al servicio médico de la empresa, pero en caso de que éste no exista un servicio médico en la empresa acudiremos directamente a la mutua con el parte de accidente de trabajo que nos habrá dado la empresa.
Ahora bien, pudiera ocurrir:
1.- que la empresa no nos dé el parte de accidente, por lo que será necesario buscar testigos por si hicieran falta a los que les relataremos lo ocurrido, y se debe acudir al servicio de medicina de cabecera, Osakidetza.
2.- que pese al parte de accidente la mutua no reconozca la baja médica, bien por considerarla innecesaria, bien por estimar que no es accidente, por lo que se debe pedir justificante en la mutua de la asistencia para así acreditar que hemos estado, y se debe acudir al servicio de medicina de cabecera, Osakidetza.
En estos casos que finalmente la baja ha sido cursada por Osakidetza se debe iniciar el procedimiento de “determinación de contingencia” que consiste en pedir al INSS que con lo que decimos en la solicitud evaluará y determinará si la causa de la baja es común o profesional (accidente de trabajo/enfermedad profesional).