Ejemplo hipotético, las cifras no son trasladables a Gestamp Bizkaia: Ante una subida del 2%:
- Operari@ sueldo día 54 €,
- Mando intermedio sueldo día 70€,
- Encargad@ sueldo día 100€,
- Responsable de departamento sueldo día 120 €.
Operarios totales 500 personas x 54€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 226.800 € de subida porcentual entre todos los operarios al año. (453,6 €/año por operario)
–Mandos intermedios totales son100 personas x 70€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 58.800 € de subida entre todos l@s mandos intermedios. (588 €/año por cada mando intermedio)
–Encargados totales 50 personas x 100€ x 420 días totales en 14 pagas) x 2% / 100 = 42.000 € de de subida porcentual entre todos los encargados al año. (840 €/año por encargado)
–Jefes de departamentos totales 22 x 120€ x 420 días totales en 14 pagas x 2% / 100 = 22.176 € de subida porcentual entre todos los jefes de departamento al año. (1008 €/año por jefe de departamento)
Calculo de subida lineal: 226.800 € + 58.800 € + 42.000 € + 22.176 € = 349.776 € / 672 (total de la plantilla) = 520,5 € lineales de incremento por cada trabajadora al año.
Subida porcentual para operarios al año. (453,6 €/año por operario)
Subida lineal de incremento por cada trabajadora al año. 520,5 € para todas las categorías.
Es decir, todos los trabajadores tienen la misma subida independientemente de su categoría.
A todos los trabajadores nos vale igual el litro de gasolina o la barra de pan. No es justo que cada vez que hay una subida de sueldo se beneficien más los que más ganan cuando en la mayoría de los casos son los que no luchan por ello.
Como queda claro, el incremento lineal resultante es superior al que le correspondería a la categoría de operario e inferior al resto. 453,6 < 520,5 < 588 < 840 < 1008.
Alguna persona puede pensar que esto no es justo, pero en CGT-LKN creemos que no hay que seguir aumentando las diferencias salariales por subidas acordadas en convenio.
En CGT-LKN consideramos que las diferencias de sueldo por categorías ya son de por sí demasiado elevadas por lo que un incremento salarial porcentual por convenio a todos los salarios solo incrementa la desigualdad entre las trabajadoras, cosa que consideramos injusta. Cada categoría tiene un sueldo diferente por el puesto y funciones que realiza pero los sueldos finales deben ser aumentados por convenio lo mismo a toda la plantilla, porque a la hora de ir a comprar el pan, llenar el depósito o comer en el comedor de la empresa nos cobran a todos lo mismo, cobres el sueldo que cobres.
Como conclusión se puede pensar que la unidad de medida de un incremento salarial no es justo que se mida en % pues este factor es relativo, discriminatorio e injusto, por el contrario una subida salarial será justa e igual para todas cuando se aplique una unidad de medida absoluta como no puede ser otra que una cantidad de euros/año iguales para todas las trabajadoras.