Alokabide 1Las medidas que se han aprobado este lunes, sirve para encauzar una problemática que cada vez afecta a más personas en alquiler social, ya que se pone límite a los desahucios que practica Alokabide,  por imposibilidad objetiva de hacer frente a la deuda. Se establece un marco para hacer frente a la deudas y hacerlas asumibles. Las familias no destinarán más del 30% de la renta al alquiler público, y se incluye en ese porcentaje las tasas y gastos fijos de la comunidad.

Otro de los puntos fundamentales es que la renta a destinar por los y las inquilinas se revisará anualmente al alza o a la baja, en función de los ingresos de la unidad convivencial.

El Parlamento ha aprobado los siguientes puntos:

1. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos a fin de que el precio por metro cuadrado de las viviendas de alquiler se adecúe realmente a la bajada sufrida en el precio de mercado.

2. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos de modo que se garantice que las rentas no superen el 30 % de los ingresos de la unidad convivencial, incluidas las tasas y los gastos fijos de comunidad.

3. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos a fin de que la renta sea revisada anualmente, al alza o a la baja, en función de los ingresos de la unidad convivencial obtenidos en el jercicio anterior a la fecha de la revisión, previendo que cuando se produzca un cambio notable de los ingresos la adaptación de la renta de alquiler se haga en el plazo más breve posible y se aplique desde el momento del ambio de situación.

4. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos a fin de que los inquilinos de Alokabide puedan acceder a la prestación complementaria de vivienda que concede el Gobierno Vasco.

5. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos a fin de que los propietarios asuman el pago del IBI.

6. Adaptar la orden del 3 de noviembre de 2010 y sus respectivos reglamentos a fin de establecer mecanismos que permitan a los inquilinos su participación directa en la gestión de los gastos de comunidad, con el fin de reducir consumos que puedan ser innecesarios o reducibles.

 

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