P1000472Organizado por la Plataforma vasca para la recuperación de la memoria histórica, con el objetivo de la consecución de la verdad, justicia y reparación, para que no se repita la infamia y para impulsar la querella de la jueza María Servini, que actualmente está investigando los crímenes del franquismo y que recientemente ha ordenado la detención de cuatro torturadores.

Pedro Ibarra, catedrático jubilado, disertó sobre la justicia universal y los crímenes de lesa humanidad que no prescriben y los estados según la ley internacional no pueden indultarlos y tienen la obligación de perseguirlos. Exigió se castigasen a los culpables por convicciones democráticas,  porque el poder político no solo nos representa sino que tiene que actuar en la búsqueda de la justicia y del interés general, por respeto y reconocimiento a las víctimas y la compensación del daño causado.

Definió la democracia española según estos parámetros de baja calidad. Nos estafaron con la transición, con el pacto del silencio (se refiere al pacto entre los franquistas, el PSOE, el PNV y el PCE) y la ley de Amnistía, a cambio de la instauración de una democracia, de elitismo electoral y autoritaria que nos hace recordar al régimen anterior, por lo tanto no reconocemos el pacto de silencio y exigimos limpiar con todas sus consecuencias el pasado.

Ramón Zallo, catedrático de la UPV, realizó una radiografía del franquismo, definiéndolo como un régimen político de dictadura totalitario, agresivamente intervencionista en las esferas más privadas del ser humano, desde el idioma hasta el sexo, basada en el nacional-catolicismo que intentaba crear un “nuevo hombre” y no simplemente una dictadura autoritaria que se limitaba a mantener el régimen con métodos autoritarios.

Ana Messuti, abogada argentina de la querella y doctora por la universidad de Salamanca, disertó sobre el nacimiento de la querella argentina y el porqué. Se refirió a Darío Rivas, de 91 años, gallego con residencia en Argentina, como el primer demandante contra los crímenes de la dictadura franquista, cuando el 14 de Abril de 2010, exigió la aplicación del mismo principio de justicia universal que permitió al juez Baltasar Garzón dictar una orden internacional de detención contra Pinochet, por el asesinato de su padre.

A esta querella por violación de los derechos humanos  y por crímenes de lesa humanidad o genocidio, se le han sumado otras 170, con 250 personas individuales y asociaciones, por fusilamientos sin juicios, torturas, sustracción de niños y trabajo esclavo de presos del franquismo para el beneficio del estado y empresas afines.

Carlos Slepoy Prada, también abogado argentino de la querella, se refirió a la situación y perspectivas de la querella. Según este activista por los derechos humanos, la querella empieza a tener repercusión, ya que se han logrados pronunciamientos del parlamento Vasco, Navarro, Andaluz, de más de 100 ayuntamientos, algunos tan importantes como el de Bilbao y Vitoria, diputaciones como la de Sevilla y del Parlamento Argentino. Afirma que esto no es producto del trabajo de una jueza y unos abogados, sino la consecuencia de un movimiento social.

Afirma que es posible cambiar la impunidad de un régimen donde aún continúan desaparecidas 140.000 personas y 30.000 niñxs fueron robados y has crecido sin identidad como los hijxs del régimen. Dándose la paradoja o la “parajoda”, que mientras en España se echaban las manos a la cabeza por lo desaparición de 500 niñxs argentinxos durante el periodo de la dictadura en ese país, se silenciaban las desapariciones de la época franquista o que la audiencia nacional condenaba en el 2005 a 460 años de cárcel al torturador argentino Adolfo Scilingo.

Actualmente hay una orden de detención contra cuatro torturadores, cursada por la jueza argentina a través de INTERPOL, y la policía española debería haberles detenido, no lo ha hecho sino que ha intervenido la fiscalía diciendo que no procede a su detención por diferentes motivos entre los cuales están la ley de Amnistía y la prescripción de los delitos. Lo que es un flagrante incumplimiento de la ley internacional. Actualmente existe mucho nerviosismo por parte del juez que lleva el caso, la fiscalía y el gobierno que se retrata como protector de genocidas y represores.

En estos momentos se está a la espera de que la orden de  detención llegue por vía diplomática y entrarán en juego el ministerio de asuntos exteriores, el de justicia y el consejo de ministros que debe tramitarlo a la audiencia nacional para que los torturadores sean juzgados o bien se opone a la extradición por razones de interés público. Para finalizar está convencido de que muy pronto se vera el fin de la impunidad del franquismo.

Garbiñe Biurrun, magistrada del tribunal superior de justicia del País Vaso, analiza la ley de Memoria Histórica del 2007 y la ley de Amnistía de 1977. Dice que se parte de una extraordinaria desmemoria y desconocimiento, donde la juventud española es después de la austriaca la que menos conoce su historia reciente. Declara que el régimen franquista cometió estos delitos a través del uso de la fuerza y de unos tribunales de justicia adictos al régimen, que si siquiera respetaban sus propias normas.

La ley de Memoria Histórica, supone un pequeño avance en el compromiso institucional, no de la persecución pero si de la averiguación del paradero de las personas desaparecidas. Una ley con notables carencias, que no aporta ningún instrumento jurídico nuevo y que no cumple la legalidad internacional de perseguir estos crímenes y no declara nulas las sentencias decretadas por los tribunales franquistas, dice que son injustas pero no las anula porque pueden causar inseguridad jurídica.

Según la ley de Amnistía en su artículo 2, quedan amnistiados los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley y los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas. Según esta ley no se pueden perseguir estos delitos.

Se pregunta si es constitucional la ley de amnistía, esta ley es aprobada un año antes que la constitución, va contra el derecho internacional, existen sentencias del tribunal supremo como la de Scilingo que acata la ley internacional. El problema se les puede presentar si la audiencia nacional por mayoría decide derivarla al tribunal constitucional. Se pregunta si el parlamento del 77, que aprobó esta ley tenía legitimidad y competencia para amnistiar estos delitos, su respuesta en que no ya que los delitos de desapariciones forzosas son delitos de lesa humanidad.

La ONU ha exigido a España que deje de ampararse en la ley de amnistía. El gobierno ha recibido numerosas peticiones de organismos internacionales para que esta ley sea derogada, como el Comité de derechos humanos de la ONU. Además el tribunal de Estrasburgo, ha dictado recientemente dos sentencias contra Francia y Croacia, donde dice que la amnistía es incompatible con delitos como la tortura. Finalmente plantea que su posición es minoritaria pero sus argumentos están de este lado y son contundentes.

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