Inicio Asesoría Juridica BAJAS POR CORONAVIRUS COVID-19

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Serán los médicos de los SPS los que emitan los partes de baja.

Los partes de baja/alta en ningún caso podrán ser emitidos por los facultativos de las Mutuas.

La duración estimada para estos procesos de IT se fija entre 5 y 30 días naturales.

Para el pago abono de la prestación económica en estos procesos de IT, recordamos que en tanto no se emita el parte médico de baja no se iniciarán las actuaciones y el reconocimiento del derecho al cobro por IT ( baja).

Se consideran personas vulnerables aquellas que presentan patologías cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencias, procesos oncológicos en tratamiento activo, debiendo valorarse si esas patologías están controladas o descompensadas o con 2 o más comorbilidades. Todo ello debe conjugarse con los niveles de riesgo de las tareas a realizar (hasta 4 niveles) recogidos en el citado procedimiento.

Respecto a las mujeres embarazadas deben conjugarse la existencia o no de complicaciones y/o comorbilidades así como los referidos niveles de riesgo.

Los servicios de prevención de riesgos laborales de las empresas serán los encargados de establecer esta calificación como TES estableciendo la naturaleza de la especial sensibilidad, las medidas de prevención, adaptación y protección posibles, teniendo en cuenta la existencia o no de condiciones que permitan a estas personas efectuar su trabajo sin elevar el riesgo para sí mismo.

PARA DUDAS Y CONSULTAS DISPONES DE LA ASESORÍA LABORAL

C/ Bailén nº 7-Entresuelo
Dptos 2,3 y 4 48003 Bilbao
944169540, cgtbilbao@cgt-lkn.org

 

 

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