ana-ceoe-02_ampliacionLa patronal ha abogado este jueves por, “aproximar el mundo judicial y el empresarial para lograr una mayor “sensibilidad” de los tribunales sociales hacia los problemas de las empresas y poder reducir el “amplio porcentaje de sentencias” que son favorables al trabajador.

Lo anterior significa que los tribunales sociales no realizan sentencias justas, o bien, es una injerencia para debiliar el acceso al derecho debido. El acceso a la justicia siempre ha sido una cuestión de clase. Una característica de la hegemonía neoliberal ha sido la limitación deliberada del acceso a la justicia para la clase trabajadora y en especial para el precariado.

La patronal Española es insaciable, quiere más. No es suficiente con la Reforma Laboral, aprobada en el 2012 por el PP, donde se vacían de contenido los derechos laborales, donde todos los derechos son para la patronal. Pueden despedir mucho más barato, cuando quieran y sin dar cuentas a nadie. Pueden cambiar el trabajo de calidad por trabajo precario. Pueden modificar a su antojo los horarios, los turnos, los tiempos, las formas de trabajo y los salarios.

 Para Ana Plaza, ” La negociación colectiva juega un papel fundamental para la actividad económica, por su incidencia directa en la regulación de las condiciones de trabajo“, cuando la Reforma Laboral elimina la fuerza normativa de los Convenios Colectivo por dos vías, una, permitiendo que el empresario se descuelgue de la aplicación de las condiciones salariales y de las condiciones de trabajo: jornada, sistemas de retribución, sistemas de turnos, movilidad funcional y geográfica y, la otra, terminando con la ultraactividad de los convenios fijando un tiempo máximo de 24 meses.

Para esta representante de la patronal, la negociación colectiva mejora la competitividad de las empresas y la creación de empleo” y olvida que la Reforma Laboral instaura los contratos precarios como norma de contratación (contratos muy baratos que el trabajador, si quiere, complementa con sus prestaciones de desempleo) y, a la vez, la contratación incentivada y subvencionada, para el empresario.

Además esta Ley concede a los empresarios, la libertad absoluta para despedir, al objetivar por ley el despido procedente y eliminar la autorización administrativa en los despidos colectivos (ERE). Rebaja sustancial de la indemnización por despido, generalizando la de 20 días, con un máximo de 12 mensualidades y, deja el despido improcedente en 33 días con un máximo de 24 mensualidades, como norma general para todos los contratos a partir de la entrada en vigor de la ley en el 2012.

Cuanto cinismo, la CEOE no quiere personas con derechos en sus empresas, quiere personas sometidas y esclavizadas.

 

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