Inicio Movilizaciones La Coordinadora del Movimiento Pensionista de Euskal Herria decide seguir con las movilizaciones

La Coordinadora del Movimiento Pensionista de Euskal Herria decide seguir con las movilizaciones

por Colaboraciones

Reunida la Coordinadora del Movimiento Pensionista de Euskal Herria en Vitoria Gasteiz el día 2 de septiembre decide el siguiente comunicado, valorando la Propuesta de Ley de reforma de las pensiones aprobada en el Consejo de Gobierno del 24 de Agosto de 2021

El proyecto de Ley de reforma de las pensiones aprobado en periodo vacacional  por el Gobierno del Estado es el texto ya hecho público como anteproyecto de Ley.

Los cambios normativos que se recogen en el texto son:

1.- Las pensiones, incluidas las mínimas se revalorizarán en función del incremento del IPC; reivindicación conseguida desde el inicio de las movilizaciones del Movimiento de Pensionistas que ahora parece se hará ley.

2.- Se deroga el Factor de Sostenibilidad de la reforma del 2013 y será sustituido por el Factor de Equidad lntergeneracional que deberá estar listo para el 15 de noviembre de 2021 y entrará en vigor en cualquier caso de la mano del Gobierno en

3.- Se incentivará la prolongación de la vida laboral mediante el pago de un cheque máximo de 1000 euros a cargo de la SS o el incremento anual del 4% de la pensión. Para que la CEOE apoye la reforma la SS asumirá el 75% de la cotización empresarial de la persona trabajadora, con más de 62 años, en los procesos de baja laboral por IT.

4.- Incremento de los coeficientes reductores de la jubilación anticipada para quienes se jubilen con 1,2,3, 23 o 24 meses de antelación, pudiendo llegar hasta una reducción del 21% de la pensión, mientras se rebaja para el resto; estos coeficientes se aplicarán a todas las pensiones, teniendo especial incidencia en las más altas , pues se aplica sobre la pensión neta y no sobre la base reguladora; esta medida se pospone la entrada en vigor hasta 2024 y se fija un periodo transitorio de 10 años para su completa aplicación.

5.- Jubilación forzosa fijada en convenio se amplía hasta los 68 años; la medida no afectará a las personas despedidas en 2021; se podrá1 seguir aplicando la edad ordinaria de jubilación en determinadas circunstancias como la sustitución del trabajador mediante contrato indefinido a tiempo completo y en sectores con escasa presencia de mujeres si se contrata a una mujer siempre que el trabajador tenga derecho al 100% de la pensión.

6.- Aunque en el acuerdo no se habla del aumento a 35 años de cotización necesarios para el cálculo de la pensión; se acuerda que para la segunda fase de la reforma 31de diciembre de 2022 se realizará una “adecuación a las nuevas carreras profesionales”.

7.- Se modifica la normativa actual respecto a la jubilación activa ampliando a un año el periodo necesario para acceder a la pensión.

8.- Se plantea equiparar la pensión de viudedad para las parejas de hecho y la extensión del derecho a cotización por todos los programas de formación y la mejora de los convenios especiales de cuidadores

9.- Se modificará la Ley de la SS para realizar una trasferencia anual de los PGE a la SS del 2% del PIB; aunque según el acuerdo el Estado se compromete a garantizar el equilibrio financiero del SPP vía PGE cuando los recursos explicitados en el art 109 de la LGSS no sean suficientes, con esta medida del 2% del PIB solo se cubre la mitad del incremento de financiación adicional que se prevé necesitará el sistema para 2050.

CONCLUSIÓN

El Proyecto de Ley ratifica los recortes de las pensiones de la reforma de 2011; perpetua pensiones mínimas miserables, cambia de nombre el Factor de Sostenibilidad, pero mantiene su esencia; deja la puerta abierta a la privatización del SPP y a nuevos recortes y no garantiza la financiación suficiente para el SPP; la mayor parte de nuestras reivindicaciones siguen pendientes.

Lógicamente consideramos positivo revalorizar las pensiones según el IPC medio anual; (pero no se garantiza aun definitivamente, pues se revisará cada 5 años) conquista conseguida desde el inicio de las movilizaciones de Pensionistas que ahora se incorpora a la LGSS. Así mismo nos parece positivo sustituir los préstamos por trasferencias y los puntos que hacen referencia a las parejas de hecho, la extensión del derecho a la cotización y la mejora de los convenios especiales de personas cuidadoras familiares.

Pero las amenazas contra el SPP se mantienen:

. La privatización del SPP a través de planes privados de empresa se mantiene y se empezará a concretar a partir de ahora para ser incluida en la segunda parte de la

. Se olvidan de la propia recomendación segunda del PT en la que se plantea la posibilidad de recuperar el poder adquisitivo de las pensiones realizado en los últimos años.

. Se deroga formalmente el Factor de Sostenibilidad, pero se acepta por parte de los firmantes del acuerdo que será sustituido por otro Factor, el Índice de Equidad lntergeneracional, inspirado en la reforma de 2011que tendrá (mucho nos tememos) el mismo efecto negativo respecto a las nuevas pensiones, las cuales se reducirán de forma continuada y acumulativa, porque se basa en los mismos

. Se acepta incrementar los coeficientes reductores de la jubilación anticipada, o la aplicación de dichos coeficientes sobre la pensión neta y no sobre la base reguladora para reducir las pensiones y ni se menciona la exigencia de las PNL que demandaban la derogación de dichos coeficientes con 40 años cotizados.

. Es reivindicación fundamental del Movimiento de Pensionistas la garantía de financiación del SPP y en el proyecto de Ley se asegura que el Estado se compromete a garantizar el equilibrio financiero del SPP con los PGE. Pero esto ya estaba en vigor con los artículos 109 de la LGSS y el art. 50 de la Constitución y han sido incumplidos. La trasferencia realizada en 2021(13.929 Millones de euros) y las que se proponen realzar en los años siguientes, en cumplimiento de este compromiso se limitan a trasferir gastos actuales del sistema a los PGE.

. La incertidumbre sobre la estabilidad financiera del sistema se mantiene en la medida que no se derogue la reforma laboral,se haga una apuesta decidida por el empleo de calidad y se reconozca la deuda del Estado con la Nada se dice de la asunción por parte del Estado de la deuda de la SS acumulada por los préstamos concedidos que deberían haber sido trasferencias. La incertidumbre seguirá siendo instrumentada para impulsar nuevas reformas que.

. El incremento de los años de cotización necesarios para alcanzar el 100% sigue vigente y sigue vigente la amenaza de ampliación de los años de cotización para el cómputo de la pensión de 25 a 35 años o hasta el conjunto de la vida laboral.

. Es inconcebible que no haya mención alguna al incremento sustancial de las pensiones mínimas se limita a su revalorización con el IPC; estas pensiones deberían haber sido incrementadas al menos con el porcentaje de incremento del SMI, ser equiparadas al SMI y alcanzar el nivel de suficiencia fijado por la Carta Social Europea para el SMI, comenzando por una pensión mínima de 1080

. Es inaceptable que no se dé ningún paso para erradicar la brecha de género en pensiones consolidando un derecho subjetivo de las mujeres a una pensión digna y suficiente y mejorando la pensión de viudedad.

El Movimiento de Pensionistas hemos conseguido dejar sin efecto la reforma de 2013 y tenemos que seguir en la calle para conseguir nuevas victorias. La Movilización es nuestra mejor garantía y no aceptamos el papel de convidados de piedra en la reforma que se está realizando.

GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES PUBLICAS SE DEFIENDEN

Movimiento Pensionista de Euska/ Herria

Vitoria Gasteiz a 2 de septiembre de 2021

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