Hasta ahora, la única posibilidad para adaptar la jornada de trabajo para conciliar la vida laboral y familiar era solicitar una reducción de jornada por cuidado de un hijo o familiar. Pero tras el Real Decreto 6/2019 existe otra posibilidad recogida en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores:
Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo
![](https://www.cgt-lkn.org/bizkaia/gestamp/files/2020/01/CONCILIACIÓN-FAMILIAR-CONCRECION-HORARIA-cgt-200x100-1-150x75.png)