La tabla está actualizada con el RD 5/2023 actualizada y es muy útil como herramienta de consulta rápida.
Categoría: Boletines juridicos
GUÍA PARA COMBATIR EL ACOSO
Todas las personas, en el mundo laboral, tenemos el derecho y la obligación de relacionarnos con un trato respetuoso y digno, así como a la salvaguarda de nuestros derechos laborales fundamentales. El acoso laboral y/o sexual por razón de sexo supone un grave atentado contra la dignidad de las personas, por eso las empresas deberán velar por el cumplimiento de un entorno laboral libre de todo tipo de acoso en sus respectivas áreas y deberán garantizar el derecho a la intimidad, a la dignidad, a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. También el derecho a la seguridad, a la salud e integridad física y moral, y el derecho a la libertad sexual.
SITUACIÓN DE LXS TRABAJADORXS DE GRUPOS DE RIESGO A PARTIR DEL 09.04.2020, TRAS EL PERMISO RECUPERABLE
Guía rápida Covid-19 sobre Seguridad y Salud en los centros de trabajo
Mediante la presente guía os presentamos una serie de aclaraciones sobre las dudas más habituales que nos están llegando desde los centros de trabajo. Los Servicios de Prevención de muchas empresas no están haciendo los deberes, y es por ello necesario que las trabajadoras que se ven obligadas a asistir a sus lugares de trabajo cuenten con información suficiente para evitar contagiarse a sí mismas o al resto de sus compañeras.
AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL DECRETO 164/2019 DE 22 DE OCTUBRE
Con esta ayuda se pretende cubrir la diferencia entre la duración del permiso por nacimiento con el que cuenta la madre, frente al otro progenitor hasta el año 2021. Año en que la duración de ambos permisos se equiparan Se hace a través de la la excedencia por cuidado de hijo o hija menor de un año. El otro progenitor deberá solicitar la citada excedencia en su empresa y a partir de ahí el Gobierno Vasco procederá a subvencionarla en la duración correspondiente a la diferencia entre permisos.
Diptico: Coeficientes Reductores Edad Jubilación
¿ QUE SON LOS COEFICIENTES REDUCTORES EN EDAD DE JUBILACION?
La Ley 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, prevé que la edad mínima exigida para tener derecho a pensión de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social, los 65 años, podrá ser rebajada por real decreto, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración. Dicha ley establece que se podrá hacer en aquellos grupos o actividades profesionales, en las escalas, categorías o especialidades cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.
En la última legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero, se desarrolla el Real Decreto 1698/2011 que se aprueba el 18 de noviembre, estableciendo los criterios para la aplicación de los coeficientes reductores en la edad de jubilación.