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Guía básica de actuación en prisión

por CGT-LKN Bizkaia

para pres@s, familiares, solidari@s y activistas

            “El sistema penitenciario forma parte de un sistema mucho más vasto y complejo que es el sistema punitivo: l@s niñ@s son castigad@s, l@s estudiantes son castigad@s, l@s obrer@s son castigad@s (…) en fin, se castiga a lo largo de toda la vida. Vivimos en un sistema punitivo, y esto es lo que hay que cuestionar. La prisión, en sí misma, no es más que una parte del sistema penal, y el sistema penal, no es más que una parte del sistema punitivo. De poco serviría reformar el sistema penitenciario sin reformar el sistema penal y la legislación penal. (…)

El problema es saber si es imaginable una sociedad en la que la aplicación de las reglas estaría controlada por los propios grupos sociales. Y en esto radica la cuestión del poder político, el problema de la jerarquía, de la autoridad, del Estado y de los aparatos del Estado. Únicamente cuando se haya dilucidado esta inmensa cuestión se podrá decidir finalmente si se debe poder castigar de esta forma, o es totalmente inútil castigar, o, si la sociedad debe dar ésta u otra respuesta a una determinada conducta irregular.”

Michel Foucault 1973

Presentación

La primera edición de esta “guía” fue preparada y editada en octubre del año 2008 por la asociación vasca GGEBE-ADDSI, con la colaboración de una serie de abogad@s. Los motivos, que tras años de barajar la idea, nos han llevado a preparar y publicar esta nueva edición revisada de la  “Guía básica de actuación en prisión” han sido muchos, pero entre ellos destacaríamos tres:

El aumento creciente de las detenciones, encarcelamientos y procesamientos de sindicalistas, obrer@s en lucha, inmigrantes sin papeles, y todo tipo de activistas ligad@s a movimientos de protesta y/o transformación social.

Las reflexiones compartidas con una serie de pres@s, expres@s y activistas.

La “Campaña contra la tortura y los malos tratos”, centrada en el ámbito carcelario, que echo a andar en octubre de 2011.

Pero sobre todo, lo que más ha pesado en esta decisión es la conciencia de que es necesario dotar a todas aquellas personas sometidas a relaciones, situaciones e instituciones de dominio u opresión,  de las herramientas necesarias para la defensa de su dignidad, su integridad y su autonomía personal.

En este sentido, centrándonos en el ámbito judicial/carcelario, pensamos en herramientas con las que l@s pres@s y sus allegd@s mism@s puedan defenderse en el laberinto jurídico-administrativo que es el sistema penal y penitenciario español: documentación entendible, redes de asistencia y apoyo legal independiente, asociaciones y grupos de apoyo, etc.

 

¿Cómo actuar? Dónde, cuándo y cómo recurrir y/o presentar quejas

1. Todo lo relativo a la(s) condena(s)

-Las quejas, peticiones, recursos deben dirigirse al último tribunal sentenciador (el que ha dictado la sentencia condenatoria en fecha más reciente).

-Si, como viene siendo habitual, el último tribunal sentenciador se retrasa en responder o rechaza nuestro recurso/queja, se puede continuar por dos caminos o vías:

+vía administrativa (dirigiéndonos a la administración competente): enviando una queja/solicitud al Servicio de Inspección Técnica del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

+vía judicial (dirigiéndonos a los tribunales): presentando un recurso en el Tribunal Supremo, el cual tarda años en contestar.

-Para estos temas se puede pedir ayuda al servicio jurídico de la propia cárcel.

2. Todo lo relativo a la clasificación y los traslados

-Para presentar quejas o demandas relacionadas con la clasificación (por ejemplo progresiones de grado, fin del aislamiento, solicitud de 3er grado o permisos), así como las relacionadas con los traslados de una prisión a otra, hay que dirigirse a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias (SGIP), o en Catalunya, a la Direcció General de Serveis Penitenciaris (DGSP).

-Hay que tener en cuenta que la SGIP toma sus decisiones en base a lo que le propone la Junta de Tratamiento de la cárcel donde está el/la pres@, y que también suele tener en cuenta el expediente judicial del/a pres@ (condenas, tipo de delitos cometidos…) y su expediente penitenciario (participación en motines o peleas, clasificación, sanciones, denuncias de funcionarios…).

-Las decisiones de la SGIP se pueden recurrir por dos vías:

+vía administrativa (dirigiéndonos a la administración competente): enviando una queja/solicitud, mediante una instancia (rellenando un formulario que se pide a los funcionarios y que una vez rellenado, se les entrega a ellos para que lo tramiten) o por correo normal, a la propia SGIP o a la Junta de Tratamiento de la cárcel. No suele ser efectivo.

+vía judicial (dirigiéndonos a los tribunales): presentando un recurso/queja en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria (JVP) que tiene competencia sobre la cárcel en la que está el/la pres@. Si el JVP tarda en contestar o rechaza la queja, se puede seguir por esta vía, y enviar la queja al Servicio de Inspección Técnica del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

-Es importante contar con el apoyo exterior de familiares, amig@s y alguna asociación que se pongan en contacto con la Junta de Tratamiento (o con alguno de sus miembros: educador@s, psicólogos, funcionarios…), así como con la SGIP, para hablar a favor del/a pres@ y apoyar sus demandas.

-Se suele recomendar también presentar las quejas al Defensor del Pueblo.

3. Lo relativo a la cárcel

[estado de las infraestructuras, tratamiento y régimen, desatención médica, limitaciones, abusos, sanciones,  comunicaciones, malos tratos, etc.]

Vía administrativa: las quejas hay que presentárselas a la Dirección de la cárcel y/o a la SGIP; con lo cual su efectividad es muy dudosa, salvo excepciones. Se puede hacer mediante una instancia o por correo.

Vía judicial: presentando un recurso/queja en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria (JVP) y/o en el Juzgado de Guardia que tienen competencia sobre la cárcel en la que está el/la pres@. Es mejor acudir a los JVP porque los Juzgados de Guardia están aun más saturados de trabajo y tardan más en revisar los casos. En caso de retraso/no respuesta/rechazo por parte de los tribunales señalados, se puede recurrir al Tribunal Supremo (tarda años en contestar).

 

Algunos consejos fruto de la experiencia

-Los tribunales españoles están desbordados por el número de casos, denuncias, procesos judiciales, pres@s y detenid@s; debido a ello la mayoría de l@s jueces:

+pocas veces visitan las cárceles o a l@s pres@s para investigar lo denunciado.

+para dictar sentencia se suelen guiar por los informes que les manda la SGIP y la Dirección de la cárcel, así como por el expediente judicial y penitenciario del/a pres@.

+tardan entre 3 y 12 meses en contestar a las quejas y recursos.

-Recomendamos también que:

+se busque el apoyo de personas o asociaciones, que desde el exterior hagan llegar (a la SGIP, al/a Director/a de la cárcel y al JVP), mediante un escrito, su apoyo a la queja/demanda del/a pres@.

+se envíen las quejas/demandas al Defensor del Pueblo.

+además de tramitar las quejas mediante instancias, conviene enviarlas también mediante correo normal.

 

Recomendaciones para escribir quejas, denuncias, recursos, etc.

Explicar de forma clara, ordenada y detallada (dando fechas, horas, lugares, nombres, números de identificación, etc.) los hechos, nuestras razones y qué pedimos.

Es importante señalar los llamados razonamientos jurídicos (qué leyes apoyan lo que nosotr@s pedimos o denunciamos), para eso se puede consultar a abogad@s o asociaciones, y además existen modelos de escritos preparados para cada situación concreta.

No hay que insultar ni utilizar palabras amenazantes hacia funcionarios, autoridades o jueces, ya que:

+es un delito que puede castigarse con hasta 2 años de cárcel y/o multas.

+predispone a quién recibe el escrito en contra del/a autor y sus razones.

 

¿Cómo conseguir un/a abogad@?

Se lo podemos pedir por escrito al Turno de Oficio del Colegio Oficial de Abogados de la provincia, pidiendo que nos asignen un abogado de oficio.

Se puede acudir a asociaciones y ONGs que ofrecen asesoramiento legal gratuito.

¿Cómo conseguir las direcciones/teléfonos de juzgados y cárceles?

L@s pres@s pueden hacerlo solicitándolo por escrito, mediante instancia, al Servicio Jurídico de la cárcel o a los funcionarios.

Las direcciones, números de teléfono/fax y correos electrónicos de los juzgados y tribunales se pueden conseguir en la página web del Ministerio de justicia:

www.mjus.es

Las direcciones y modos de contacto con las cárceles se pueden conseguir en la página web de la SGIP, así como en las webs de muchas asociaciones.

www.institucionpenitenciaria.es

 

Leyes básicas

Código Penal

Ley Orgánica 10/1995, modificada por la Ley Orgánica 15/2003.

Reglamento Penitenciario

Real Decreto 190/96.

Circulares e Instrucciones de la SGIP

Normas de funcionamiento dictadas desde la SGIP de Madrid.

Todas estas leyes, normas, circulares…pueden solicitarse a los funcionarios o al Servicio jurídico de la cárcel, y se pueden obtener a través de las siguientes páginas web de Internet:

-Página web del Colegio de Abogados de Navarra:      www.derechopenitenciario.com

-Página web de la SGIP:    www.institucionpenitenciaria.es

-Página web del Ministerio de Justicia:   www.mjus.es

 

Julián C. Ríos “Manual de ejecución penitenciaria.Defenderse de la cárcel” Caritas

Julián C. Ríos es un reputado y experimentado abogado en el ámbito penal y penitenciario, profesor de Derecho Penal y Penología en la Universidad Pontificia de Comillas desde 1996 y un activista por los derechos de las personas privadas de libertad. Este libro fue editado por la ONG Caritas Española (actualmente la última edición está agotada, aunque algunas asociaciones disponen de copias), y en él se explica de forma clara y sencilla cuales son los derechos de l@s pres@s, cual es el funcionamiento y la organización del sistema penitenciario español y sobre todo qué hacer ante cada una de las situaciones ante las que una persona presa puede encontrarse. El libro aporta modelos de escritos (en los que se citan los razonamientos jurídicos para cada caso) que se pueden usar para escribir quejas, recursos y denuncias.

Julián C. Ríos Martin

Universidad Pontificia de Comillas

Dpto. de Derecho público

C/ Alberto Aguilera 23

28015 Madrid

e-mail: jrios@der.upcomillas.es

Direcciones de asociaciones de apoyo a personas presas:

 

Salhaketa-Bizkaia

C/   Uribarri 2, 3 dcha.

048007 Bilbo

Telf.: 944464100

e-mail: mailto:dalp@pangea.org

 

Salhaketa-Araba

Florida 37, 2º A
01006 Vitoria-Gasteiz
Tel: 945-27.20.04 / 945-26.81.95

Email: salhaketa-araba@salhaketa.org
Pagina Web: http://www.salhaketa.org/

Salhaketa-Nafarroa

C/ San Agustín nº 24 bajo

Iruñea-Pamplona

e-mail: salhaketa.nafarroa@gmail.com

www.salhaketa-nafarroa.com

IADL

Asociación   Inter. Abogados Demócratas

Rue   Brialmont 21

1210   Bruselas (Bélgica)

www.iadlaw.org

ALA

Asociación   Libre de Abogados- Madrid

C/   Montesa 49, 5º

Madrid

www.nodo50.org/ala

CAES

Centro   de Asesoría y Estudios Sociales

C/   Atocha 91, 2º

28040   Madrid

Telf.:   914291119

Fax:   914292938

e-mail:   caes@nodo50.org/caes

www.nodo50.org/caes

ADHEX

Asoc.   Derechos Humanos de Extremadura

C/   Amberes 10, 5B

10005   Cáceres

www.centroderechoshumanos.com

 

APDHA

Asoc.   Pro-DH de Andalucía

www.apdha.org

(tiene   sedes en las capitales)

ASAPA

C/   Barrioverde nº 10-bajo

(50010)   Zaragoza

Telf.:/ 976 399 670

e-mail: asapa@cespp.info

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