El sindicato CGT tiene representación e implantación en las entidades en las cuales se han producido los hechos objeto del procedimiento y entiende que han resultado perjudicados los trabajadores de dichas entidades, derivándose unas consecuencias negativas directas para éstos, tanto como trabajadores de las mismas, como ciudadanos que forman parte de la sociedad.

CGT ya trató de personarse, siéndole imposible su personación al exigírsele tener la misma representación y defensa que el querellante originario, y exigírsele una fianza de 20.000 euros.

CGT entiende que las circunstancias procesales han cambiado, en la medida en que hechos inicialmente no incluidos en la querella, como son las posibles actividades delictivas respecto de productos preferentes y/o subordinados o los gastos realizados por medio de las denominadas como tarjetas opacas, y que hacen que esta entidad tenga aún mayor necesidad del ejercicio del derecho de la acción penal.

CGT pondrá en marcha próximamente una campaña de crowdfunding para hacer frente a la fianza de 20.000 euros y considera que se hace imposible el compartir la dirección letrada en la práctica, por lo que ha solicitado al juzgado central de instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional una dirección letrada propia del sindicato.

El sindicato declara que deben exigirse responsabilidades penales respecto de los hechos objeto de la querella y fruto de la posterior instrucción del “caso Bankia”.

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