CGT se ha dirigido los diputados y diputadas del Congreso reclamando la modificación del artículo 10 de la Ley de Memoria Histórica promulgada en 2007 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, de «medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura», porque divide arbitrariamente en dos categorías según la fecha en que se produjo su muerte: antes o después de 1968.
Una arbitraria, injusta e inasumible discriminación; puesto que esa excepcionalidad, haber muerto después de 1968 “en defensa de la democracia” o “en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos” -como se precisa en el artículo 10- es la misma excepcionalidad que provocó la muerte de todas las víctimas de la represión franquista de antes de esa fecha.
Con la inconfesada intención de favorecer a unas víctimas más que a otras. Lo que se hace al dividirlas a partir de una fecha arbitraria, 1968, y fijar «una indemnización por una cuantía de 135.000 €» para los beneficiarios de quienes perdieron la vida «durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 6 de octubre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos» y los represaliados excluidos de las indemnizaciones en la Ley 4/1990, del 29 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 1990- se fija solo «una indemnización de 9.616,18 €» para todos los condenados «a pena de muerte efectivamente ejecutada»
Persistir, doce años después de la promulgación de la Ley de Memoria Histórica, en mantener esta infame discriminación es un insulto permanente a la memoria de las víctimas de la represión franquista. Ponerle fin es un deber moral con ellas y un imperativo para la conciencia de cualquier demócrata.
Una discriminación que el redactor del artículo 10 ha pretendido justificar «por las circunstancias excepcionales que concurrieron en su muerte». ¡Cómo si la muerte de Lluis Companys, Juan Peiró, Julián Zugazagoitia, Francisco Cruz Salido, los hermanos Sabater y demás guerrilleros de los años cuarenta y cincuenta, Julián Grimau, Joaquín Delgado, Francisco Granado y de tantos otros más, abatidos o ejecutados por el régimen franquista antes de 1968, no se hubiese producido en las mismas «circunstancias excepcionales» de la represión franquista!