Sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a CGT, reconociendo el derecho a cobrar en vacaciones conforme al promedio del salario recibido en los once meses del año correspondiente a esas vacaciones, teniendo así en cuenta las ampliaciones de jornada que se hayan podido tener, aunque en el momento de las vacaciones no se esté en ampliación de jornada
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