COMPATIBILIZAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN CON EL TRABAJO, LAS MUTUAS EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL, LOS COEFICIENTES REDUCTORES DE LA EDAD DE JUBILACIÓN PARA OCUPACIONES ESPECIALMENTE PENOSAS O PELIGROSAS
Confederación General del Trabajo – Lanaren Konfederakunde Nagusia
Sería necesario que existiera una regulación del derecho a la huelga sin restricciones para su convocatoria y desarrollo, e igualmente una interpretación jurisprudencial garantista del derecho fundamental, donde se ampare su contenido efectivo, se penalice el abuso constante de los servicios mínimos que se imponen y de actuaciones empresariales, bien mediante esquirolaje, bien con imposición de medidas como expedientes de regulación de empleo, que dejan sin contenido efectivo el constitucional derecho a la huelga.