Charla-Debate sobre el: “Impacto del Reparto del Trabajo en el ámbito laboral” (Vídeo)

Dentro de las Jornadas “Miércoles Libertarios de CGT/LKN-Nafarroa”, en el siguiente vídeo se puede ver de forma íntegra el desarrollo de la mesa redonda sobre el “Impacto del Reparto del Trabajo en el ámbito laboral”, celebrada en Iruña el 17 de febrero de 2021.

En la misma participaron como ponentes, representantes de los siguientes sindicatos por orden de intervención: Imanol Carrera de LAB, Maura Rodrigo de CGT/LKN, Javier Barinaga de CC.OO., Maider Lasa de Steilas, Imanol Pascual de ELA. Modera: Luis Uhalde de Banatu Taldea.

RESUMEN LEY DE TELETRABAJO

Se trata de un medio para modernizar la organización  del trabajo  tanto para las empresas como para los trabajadores, cuyo objetivo es  reconciliar  la vida laboral con la profesional, utilizando las tecnologías de la información en el marco de una relación laboral, en la que un trabajo que podría ser realizado en los locales de la empresa, se efectúa fuera de éstos de forma regular. Debe tener carácter voluntario. Es una modalidad del trabajo a distancia, que implica la prestación de servicios pero con nuevas tecnologías, es decir usando las tecnologías de la información en un contrato laboral, en el que el trabajo se realiza fuera de los locales de la empresa.

Reparto de la riqueza y el trabajo

La reivindicación histórica de las 30 horas semanales es el camino a seguir. Aplicando las fórmulas oportunas, la reducción de la jornada tiene como consecuencia directa una drástica reducción del absentismo; conlleva igualmente una mejora de la rátio productiva. Esta combinación generaría, en términos generales, un 25% más de empleo sin poner en riesgo la viabilidad de las empresas, y una contribución directa al mantenimiento de los salarios.  La generación de empleo que supone esta medida, tiene un beneficio directo en las arcas públicas mediante el ahorro en las aportaciones para el mantenimiento del empleo al mismo tiempo que se reducen las prestaciones por desempleo, entre otros beneficios.

DEROGADO DESPIDO POR FALTAS DE ASISTENCIA AL TRABAJO

DESDE EL 16 DE JULIO DE 2020, NO SON MOTIVO DE DESPIDO LAS AUSENCIAS AL TRABAJO JUSTIFICADAS.No se computarán como faltas de asistencia las ausencias debidas a huelga, actividades sindicales, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades etc..

Coeficientes Reductores POR UNA JUBILACIÓN DIGNA

En la última legislatura del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se aprueba el Real Decreto 1698/2011, estableciendo los criterios para la aplicación de los coeficientes reductores en la edad de jubilación. En este Real Decreto se determina el procedimiento general que debe observarse para rebajar la edad de jubilación, teniendo en cuenta la siniestralidad en el sector, morbilidad, mortalidad, penosidad, turnicidad, el trabajo nocturno y el sometimiento a ritmos de producción, la peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, su incidencia en los procesos de incapacidad laboral que genera en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para el desarrollo de la actividad.