Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Huelva sanciona a Servisa

PRIMERA SANCIÓN

Incumplimiento de Prevención de Riesgos Laborales. SERVISA Huelva no realizó correctamente la evaluación de salud y sensibilidad a las condiciones de prestación de servicios de algunos compañeros, incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 4.2.d) y19.1 del Texto Refundido de al Ley del Estatuto de los Trabajadores.

SEGUNDA SANCIÓN

Incumplimiento de Desconexión Digital. SERVISA incumplió la desconexión digital al contactar con trabajadores que estaban disfrutando su tiempo de descanso, incumpliendo así la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales.

Esta ley reconocía, en su artículo 88, la desconexión digital como una de las condiciones indispensables en las relaciones laborales.

TERCERA SANCIÓN

Incumplimiento del abono del complemento IT cuando un trabajador está de baja médica. Según Inspeccion de Trabajo, “ello genera opacidad e indefensión a los trabajadores por cuanto desconocen cuanto salario han devengado en concepto de
Complemento por IT ( promedio de todos los conceptos salariales que se vinieran percibiendo en los seis meses anteriores a la baja ) debido a que la empresa utiliza ese concepto para otro asunto diferente.”

Nota informativa Servisa Huelva
seccionsindical.cgt.servisa@gmail.com

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