«Ningún gobierno te va a solucionar el problema, te tienes que pelear lo tuyo, tienes que juntarte con más gente, luchar desde el puesto de trabajo, eso lo tienen que ver los jóvenes»
Confederación General del Trabajo – Lanaren Konfederakunde Nagusia
Califican la medida como una «aberración» cuyo «único objetivo es que la empresa no pague los salarios». El sindicato CGT-LKN rechazó participar en la mesa del ERTE y presentó propuesta alternativa y advierte de beneficios millonarios mientras la plantilla sigue en situación de incertidumbre.
A raíz de la entrada en vigor del RDL 5/2023, hay mejoras respecto a conciliación familiar que no se ven reflejadas en el Convenio de Siderometalurgia de Bizkaia. En este documento analizaremos la comparación entre lo regulado en el convenio y las mejoras del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, que siempre tendrán prioridad de aplicación menos cuando éste especifique lo contrario.
Desde la CGT hemos tenido que denunciar a la propia administración, que ha hecho una lectura retorcida de la ley sin justificación de ningún tipo. Al contrario de lo establecido en el RD 1698/2011, la administración interpretaba que las solicitudes para el inicio de los expedientes debía ser conjunta entre sindicatos y patronal. Esto suponía, de facto, dar un cerrojazo para que no se iniciara ningún expediente más. Sin embargo, la ley no indica en ningún apartado que dicha solicitud deba ser conjunta entre empresarios y sindicatos, y así lo ha hecho prevalecer la CGT en los juzgados. Desde la reciente sentencia ganada por parte del Gabinete Jurídico Confederal, podremos iniciar la petición administrativa y dar los pasos adecuados para forzar el cumplimiento de esta norma sin tener que contar con el acuerdo con los empresarios.
IA Conclusión: La subida lineal es un sistema equitativo que, combinado con el plus de antigüedad y las categorías profesionales, garantiza que todos los trabajadores sean tratados de manera justa.
Si alguien siente que no está siendo adecuadamente compensado, la solución no es cambiar la subida lineal por una subida porcentual, sino revisar si su categoría profesional refleja correctamente sus responsabilidades y experiencia.
PDF: Medidas de conciliación y permisos retribuidos del ET y Metal Bizkaia PARA PERSONAS TRABAJADORAS RECONOCIDAS VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO (en color morado) ESPECIFICO DEL METAL DE BIZKIA (en color AZUL ) MEDIDAS DE CONCILIACIÓN PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL Y PERMISOS RETRIBUIDOS DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES + CONVENIO
DESCARGAR PDF Convenio Metal Bizkaia 2022-2025 + tablas salariales DIETAS, SUPLEMENTO DIETAS EXTRANJERO Y KILOMETRAJE IMPORTES 2024 — Dieta completa para salida de 7 días o menos: 46,21 euros/día. — Dieta completa para salida de más de 7 días: 43,41 euros/día. — Comida: 15,25 euros/día. — Cena: 11,27 euros/día. — Desayuno: 2,29 euros/día. — Suplemento dietas
El Escorial, 25-28 de enero de 2018.
Reunidos los sindicatos con presencia en el sector del auto, en el encuentro de la Red Sindical Internacional de Solidaridad y Lucha, y tras analizar las diferentes situaciones y conflictos en las que nos encontramos actualmente, manifestamos lo siguiente:
Recientemente se publicó la resolución del Tribunal Supremo que confirmaba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) considerando el Expediente de Regulación de Empleo no ajustado a derecho. A falta de redactarse dicha sentencia, el resultado es inamovible.
La sección sindical de CGT llevó el ERE ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra donde se demostró por parte de los trabajadores y así consta en la sentencia que el despido de 123 trabajadores de esta empresa no se ajustaba a derecho: “que ZF-TRW no tenía pérdidas sino ganancias, de más de 40 millones de euros en 2015” y “también se probó (cuestión que no considera el TSJN), que la contratación de eventuales en 2015 fue para generar un stock con la pretensión (como así fue) de anular una posible huelga y su incidencia en los clientes, vulnerando así el derecho fundamental” a la misma. La dirección de la empresa recurrió esta sentencia al Tribunal Supremo.
Desde la FESIM pedimos que todos los sindicatos y núcleos del metal convoquen, con el apoyo de sus federaciones locales y sindicatos territoriales, concentraciones ante el INSS y ante las principales mutuas de su localidad.
“La Ley de Mutuas Patronales, es un arma de destrucción masiva de la salud de las personas trabajadoras, y es un hecho desde el 1 de enero de 2015”.
El gobierno del PP, enemigo número uno de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, vuelve a mostrar el más absoluto desprecio hacia uno de los derechos esenciales de la vida: la salud, en este caso la salud laboral, la cual se convierte en un artículo de lujo y, por consiguiente, privativo de las clases altas y poderosas (empresarios, políticos, ejecutivos, directivos…).
La Ley se constituye sobre dos principios, absolutamente opuestos al principio de garantizar siempre la salud y estos son:
Primero: conciben a las personas trabajadoras enfermas por el hecho de trabajar, como auténticos delincuentes, los cuales son siempre presumiblemente sospechosos de cometer fraude, intentando escaquearse de su obligación de trabajar.Por lo tanto y basado en esta concepción, las mutuas se convierten en gestoras de todas las bajas, bien por accidente de trabajo y/o enfermedades profesionales, bien por incapacidades Temporales por contingencias comunes, su misión: vigilar y castigar.
La evaluación de riesgos es uno de los pilares fundamentales de la prevención, y repercute de una manera importante en el estado de salud de las plantillas. Un estado de salud, que choca frontalmente con la imagen que las empresas suelen ofrecer en los medios de comunicación.
Este estudio,( VER) analiza las metodologías de evaluación de riesgos por factores ergonómicos utilizadas en estas empresas, la dudosa legalidad de dichos métodos respecto al marco normativo vigente, principalmente porque dichos métodos no toman en consideración los criterios establecidos en la legislación y por otro lado, porque no aportan confianza sobre el resultado de su aplicación, lo cual, también constituye un incumplimiento legal (art. 5.2 del RSP).