La primera opción es la más sencilla, la más obvia y también es la que algunos os dirán que es ilegal o imposible, incluyendo muchos delegados y “sindicalistos” de CC.OO. y UGT que no saben de lo que hablan. Esta opción es irse de vacaciones en la fecha autorizada previamente por la empresa, haciendo caso omiso a su modificación o cancelación posterior. Si considerarais necesario y conveniente hacerlo así, la empresa solo tendría tres posibilidades legales como “respuesta”: 1- aguantarse y no hacer nada, 2- poneros una sanción de empleo y 3- despediros.
No podríais evitar que la empresa os despidiera o sancionara (en realidad es lo mismo una cosa que la otra, porque el despido también es una sanción pero la más grave de todas). Pero si lo hiciera, la empresa tampoco podría evitar que presentarais o bien la demanda por sanción o bien la demanda por despido, según fuera una cosa o la otra. Sobre todo, la empresa no podría evitar que presentarais la demanda y fuerais a juicio sin pagar ni un euro, ya que no sería obligatorio que contratarais abogado y esas demandas serían muy sencillas en el caso del que estamos hablando.
Si la sanción se anulara o se declarara injustificada, os tendrían que devolver el dinero y la cotización de los días de empleo de la sanción, pero vosotros no tendríais que recuperar el trabajo de esos días. O sea que habríais tenido otras “vacaciones” gratis, a cargo de la empresa, aparte de esas que os habrían pretendido quitar sin conseguirlo.
Si el despido se declarara procedente, no cobraríais indemnización, pero sí que tendríais derecho al “paro”, porque os habrían despedido. Siempre que cumplierais con el resto de requisitos habituales para cobrar la prestación o el subsidio. En lo que más han cambiado las relaciones laborales en Españistán en los últimos años es en que ahora son millones los trabajadores que no solo no les importa que les despidan, sino que ni siquiera quieren ocupar los miles de puestos de trabajo que están libres a causa de sus malas condiciones. A los trabajadores que no quieren ni empezar a trabajar en puestos así, ¿qué puede importarles que les despidan de puestos así? El trabajador al que no le importa el despido tiene la sartén por el mango y solo tiene que darse cuenta de ello y aprender a manejar la sartén.
Pero si el despido se declarara improcedente, no solo cobraríais el paro sino también la indemnización. No tendría nada de raro, porque no sería un despido por haberse autoconcedido unilateralmente unas vacaciones, sino por haber disfrutado de las vacaciones que ya estaban concedidas por la empresa y que esta eliminó ocasionándoos un perjuicio económico; por lo que la gravedad de la falta sería mucho menor o incluso el juez podría considerar que no hubiera ni siquiera una falta.
Las empresas saben todo esto perfectamente y sobre todo conocen mejor que nadie las dificultades que tengan para cubrir sus puestos. Con lo que no cabría descartar en absoluto que ni siquiera os sancionaran ni os despidieran, sino que también optaran por lo más fácil: aguantarse y no hacer nada.
La segunda opción de los trabajadores sería tragaros la anulación o cambio de esas vacaciones, es decir no iros en las fechas previstas. Pero eso no impediría que pusierais una demanda de reclamación de cantidad contra la empresa para pedirle el dinero que os hubiera costado la anulación de las reservas o de los billetes. En nuestro manual de demanda de vacaciones hay modelos para esos tipos de demanda, además de para las otras demandas típicas por asuntos de vacaciones.
La tercera opción de los trabajadores sería tragaros la orden de la empresa, pagar el coste de las cancelaciones de reservas y billetes y no hacer nada salvo quejaros en casa y en el bar. O votar a Vox o al domador de ardillas, a los que por lo visto están financiando y promocionando para que os arreglen las cosas a los trabajadores en vez de para todo lo contrario.
Fuente: Laboro
¡Síguenos en nuestras redes sociales!
#vacaciones
#CGT





