Inicio Derechos laborales La Justicia avala que el permiso por fallecimiento de un familiar cuente desde el primer día laborable

La Justicia avala que el permiso por fallecimiento de un familiar cuente desde el primer día laborable

por CGT-LKN Araba

El Supremo ha resuelto varias disputas sobre el artículo del Estatuto de los Trabajadores, que recoge el número de jornadas sin especificar si son hábiles o naturales

El permiso retribuido en el caso de fallecimiento de un permite a los trabajadores dos días de permiso retribuido siempre y cuando el grado de consanguinidad o afinidad (familiar político) sea al menos segundo grado. Hablamos del cónyuge, la pareja de hecho, padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos. La ausencia del puesto de trabajo puede ampliarse a cuatro en el caso de que sea necesario desplazamiento a otra ciudad, comunidad autónoma o país. Este derecho lo recoge el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. No obstante, no entra al detalle sobre si se refiere a días naturales o laborables. Un matiz importante que ha generado disputas entre partes y en más de una ocasión ha acabado en manos de la Justicia. Por ejemplo, si un familiar fallece un viernes por la tarde, ¿cuándo empieza a contar este permiso? ¿El sábado o el lunes?

La realidad es que los permisos que aborda ese artículo del Estatuto de los Trabajadores obvia por completo ese importante detalle, algo que en ocasiones ha generado controversia. El texto solo menciona «días», salvo en el caso del permiso por matrimonio. Ahí sí especifica que son «quince días naturales». La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) reconoce que este punto no es muy claro. Ni en el Estatuto, ni en los convenios colectivos. Por ello, recomienda poner en foco en diferentes sentencias que han ido resolviendo estas cuestiones.

¿Y qué ha dicho la Justicia? A partir de la jurisprudencia se considera que en los «permisos cortos» se trata de días hábiles, y se empiezan a contar desde el primer día laborable. En el caso de los «permisos largos» como el del matrimonio, se incluyen tanto los días laborables como los no laborables, comenzando la cuenta desde el mismo día en el que se produce el hecho.

Sentencias

El Tribunal Supremo, en muchas ocasiones la última instancia, ha abordado el asunto en varias sentencias. En una de ellas (STS 148/2018) resolvió un recurso de casación que interpusieron los sindicatos CGT, CCOO y UGT en la interpretación del convenio colectivo del sector de atención telefónica. En dicha resolución, «histórica» a ojos de estar organizaciones«, el Supremo contradijo una primera sentencia de la Audiencia Nacional favorable a la empresa. El fallo al recurso presentado ante la Sala de lo Social del Alto Tribunal corrigió esta interpretación de manera contundente: «Si el día en que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable, es claro que no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga. El día inicial debe coincidir con un día laborable».

Otros casos. Esta vez, recogidos por el sindicato USO. Resoluciones del alto tribunal (las SSTS nº 257/2020, de 17 de marzo, nº 229/2020, de 11 de marzo, nº 811/2020, de 29 de septiembre) dictan de forma unánime que, cuando el hecho causante del permiso suceda en día no laborable para el trabajador, el permiso deberá computar a partir del primer día laborable siguiente. «Eso es así, ya que los permisos no tienen por finalidad la de conceder a la persona trabajadora un descanso, sino la de liberarles de acudir al trabajo sin pérdida de retribución, ante la necesidad de atender una determinada situación y que van desde la conciliación de la vida familiar y laboral que la norma legal o convencional entiende necesaria ante determinadas circunstancias de la vida, hasta facilitar el cumplimiento de determinados deberes públicos o desarrollar actividades representativas», subrayan desde el sindicato.

 

Fuente:https://www.elcorreo.com/economia/tu-economia/justicia-avala-permiso-fallecimiento-familiar-cuente-primer-dia-laborable-20240523083329-nt.html

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