NOS VEMOS EN LA AUDIENCIA NACIONAL
CGT ha denunciado los artículos 8 y 32 del Convenio Colectivo Intercentros 2015-2018. |
–El Artículo 8 del actual acuerdo de eficacia limitada (convenio en Intercentros), supone una flagrante discriminación hacia las personas contratadas a partir del 1 de enero de 2016.
Mientras antes los nuevos ingresos pasaban a cobrar lo establecido una vez se llegaba a la producción estipulada, ahora se establece un salario discriminatorio y denigrante para ellos, que aun haciendo el mismo trabajo reciben un salario ostensiblemente menor durante un periodo de hasta 30 meses.
Esto solo tiene un nombre: Doble escala salarial.
–El Artículo 32 inventa una nueva forma de contrato y prolonga de manera injustificada e ilegal el periodo de eventualidad de los nuevos ingresos.
No podemos aceptar tales imposiciones por injustas e ilegales, por eso el 5 de diciembre estaremos en la Audiencia Nacional defendiendo los derechos de la clase trabajadora ante la multinacional.
Enfrente tendremos aparte de los representantes de Michelin, a CCOO, UGT y CSI que nos hacen retroceder en derechos laborales a cambio de que el Bibendum se llene los bolsillos.
Salud, acierto y dignidad.
Vitoria-Gasteiz a 10 de octubre del 2017