{"id":8768,"date":"2020-03-14T11:14:00","date_gmt":"2020-03-14T10:14:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/?p=8768"},"modified":"2020-03-14T11:23:02","modified_gmt":"2020-03-14T10:23:02","slug":"implicaciones-laborales-de-la-alerta-sanitaria-por-coronavirus-analisis-juridico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/blog\/2020\/03\/14\/implicaciones-laborales-de-la-alerta-sanitaria-por-coronavirus-analisis-juridico\/","title":{"rendered":"Implicaciones laborales de la alerta sanitaria por Coronavirus, an\u00e1lisis jur\u00eddico"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">La situaci\u00f3n de alerta sanitaria provocada por el COVID-19 tiene una incidencia muy grande en el \u00e1mbito laboral, y a fecha de hoy no se ha tomado por parte del Gobierno ninguna medida concreta para paliar los desastrosos efectos que est\u00e1 teniendo, m\u00e1s all\u00e1 de lo regulado para algunos empleados p\u00fablicos que han podido acogerse al teletrabajo. Nos encontramos que la mayor parte de las empresas no han cesado en su actividad (aunque entra dentro de lo posible que, como est\u00e1 ocurriendo con la hosteler\u00eda, cesen en los pr\u00f3ximos d\u00edas), y por tanto a muchas\/os trabajadoras\/es que tienen a su cargo a menores que han tenido que dejar de acudir a centros escolares, tienen que hacer frente a una conciliaci\u00f3n imposible. <\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">No existe, a d\u00eda de hoy, ninguna medida legal expresa para solucionar una situaci\u00f3n como esta, que no tiene semejanza a ninguna otra que se haya vivido hasta ahora. Esperemos que en los pr\u00f3ximos d\u00edas se articulen soluciones por parte del Gobierno. Mientras tanto, habr\u00e1 que acudir a los instrumentos que se recogen en la legislaci\u00f3n, y que como decimos, no est\u00e1n pensados para situaciones de tanta urgencia. Estas ser\u00edan las posibles medidas:<\/span><\/p>\n<p class=\"List_0020Paragraph\"><span class=\"List_0020Paragraph__Char\">1-<\/span>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<span class=\"List_0020Paragraph__Char\">Teletrabajo: <\/span><span class=\"List_0020Paragraph__Char\">es la medida propuesta por el Ministerio de Trabajo y Econom\u00eda Social y el de Sanidad. La empresa deber\u00e1 poner a disposici\u00f3n de las\/os trabajadoras\/es los medios necesarios para que pueda prestar servicios desde su domicilio, o, en definitiva, a distancia. Sin embargo, no siempre es posible, ya sea por la propia naturaleza de la prestaci\u00f3n o por la dificultad de la empresa de dar la infraestructura necesaria. <\/span><\/p>\n<p class=\"List_0020Paragraph\"><span class=\"List_0020Paragraph__Char\">2-<\/span>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<span class=\"List_0020Paragraph__Char\">Adaptaci\u00f3n de la jornada:<\/span><span class=\"List_0020Paragraph__Char\"> El art\u00edculo 34.8 ET permite a madres y padres con menores de doce a\u00f1os a su cargo, solicitar la adaptaci\u00f3n de la duraci\u00f3n y distribuci\u00f3n de la jornada de trabajo, para hacer efectiva la conciliaci\u00f3n de la vida familiar y laborar, sin necesidad de acudir a una reducci\u00f3n de jornada. No es una medida pensada para una situaci\u00f3n de urgencia como esta, ya que legalmente la empresa tiene un plazo de 30 d\u00edas para contestar a la solicitud, acept\u00e1ndola, deneg\u00e1ndola o proponiendo alguna alternativa. La denegaci\u00f3n es recurrible ante los Juzgados de lo Social, pero ciertamente, los plazos que est\u00e1n planteados hace que en la pr\u00e1ctica s\u00f3lo sea una posibilidad si hay acuerdo inicial con la empresa.<\/span><\/p>\n<p class=\"List_0020Paragraph\"><span class=\"List_0020Paragraph__Char\">3-<\/span>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<span class=\"List_0020Paragraph__Char\">Reducci\u00f3n de jornada:<\/span><span class=\"List_0020Paragraph__Char\"> El art\u00edculo 37.6 y 7 ET permite a todas aquellas personas con hijos menores de doce a\u00f1os, acogerse a una reducci\u00f3n de su jornada laboral entre al menos un octavo y la mitad de la jornada ordinaria. Tiene que solicitarse con al menos quince d\u00edas de antelaci\u00f3n y ser aceptada por la empresa, por lo que, al igual que ocurre con la medida anterior, los plazos hacen que s\u00f3lo sea \u00fatil en estos momentos si hay acuerdo con la empresa, y esta acepta que se solicite sin el preaviso m\u00ednimo legal.<\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">\u00a04.- Excedencia por cuidado de menores: El art\u00edculo 46.3 ET recoge la posibilidad de solicitar una excedencia voluntaria para el cuidado de hijas\/os. No tiene una duraci\u00f3n m\u00ednima, as\u00ed que podr\u00e1 cogerse incluso para unos d\u00edas.\u00a0 El periodo de excedencia computa a efectos de antig\u00fcedad, cotiz\u00e1ndose los dos primeros a\u00f1os. Durante el primer a\u00f1o tendr\u00e1 reserva de su puesto de trabajo. El ET no marca un preaviso m\u00ednimo, as\u00ed que habr\u00e1 que estar a lo que diga el convenio colectivo. Si no dice nada, en principio no hay preaviso obligatorio. Habr\u00eda que preavisar la reincorporaci\u00f3n con el plazo que indique el convenio colectivo, y si no lo marca, con la antelaci\u00f3n que se pueda, porque la ley tampoco marca plazo m\u00ednimo. <\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">5 .- Vacaciones, d\u00edas de libre disposici\u00f3n o asuntos propios: A pesar de que las vacaciones hay que solicitarlas con dos meses de antelaci\u00f3n a la fecha solicitada, podr\u00e1 negociarse con la empresa hacer uso de las mismas. Si el convenio colectivo recoge d\u00edas de asuntos propios o libre disposici\u00f3n, tambi\u00e9n se podr\u00e1 hacer uso de los mismos, teniendo en cuenta el n\u00famero de d\u00edas y el preaviso m\u00ednimo que contemple cada convenio. <\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">6.- Licencias sin sueldo: En el caso de que el convenio colectivo de aplicaci\u00f3n recoja esta figura, y en los t\u00e9rminos y plazos previstos en el mismo. <\/span><\/p>\n<p class=\"List_0020Paragraph\"><span class=\"List_0020Paragraph__Char\">7.- Permisos retribuidos\u00a0El art\u00edculo 37.3 ET recoge situaciones por las que las\/os trabajadoras\/es podr\u00e1n ausentarse de sus puestos de trabajo con derecho al percibo de sus salarios. Muchos convenios colectivos mejoran lo establecido en el ET. Nos puede llegar a interesar el permiso por enfermedad u hospitalizaci\u00f3n de familiar (aunque rara vez es m\u00e1s de dos d\u00edas h\u00e1biles en caso de que no haya que salir de la localidad).\u00a0 <\/span><\/p>\n<p class=\"Normal\"><span class=\"Normal__Char\">8.- La empresa puede acordar la suspensi\u00f3n total o parcial de la actividad mediante un Expediente de Regulaci\u00f3n de Empleo Temporal (ERTE), de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 47ET. Durante el periodo en el que la relaci\u00f3n laboral se mantenga en suspenso, el trabajador tendr\u00e1 derecho a la prestaci\u00f3n de desempleo, y en funci\u00f3n de lo que se negocie, la empresa podr\u00e1 completar esta prestaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p>Por \u00faltimo decir que CGT\/LKN-Bizkaia apela al art\u00edculo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores, donde se regulan los permisos retribuidos a los que tienen derecho las\/os trabajadoras\/es en el \u00e1mbito de la empresa, se incluye entre otros, el tiempo indispensable para ejercer un deber p\u00fablico y personal. Desconocemos si esta opci\u00f3n va a resultar viable, por lo que no podemos aconsejarla ni desaconsejarla. Aportamos enlace a la informaci\u00f3n para su valoraci\u00f3n:<\/p>\n<p><blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"p2xQjeGBW5\"><a href=\"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/archivos\/19007\">CoronaVirus &#8211; ESCRITO SOLICITUD PERMISO RETRIBUIDO<\/a><\/blockquote><iframe loading=\"lazy\" class=\"wp-embedded-content\" sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" style=\"position: absolute; visibility: hidden;\" title=\"\u00abCoronaVirus &#8211; ESCRITO SOLICITUD PERMISO RETRIBUIDO\u00bb \u2014 CGT-LKN Bizkaia\" src=\"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/archivos\/19007\/embed#?secret=aT8vJn5fB1#?secret=p2xQjeGBW5\" data-secret=\"p2xQjeGBW5\" width=\"600\" height=\"338\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\"><\/iframe><\/p>\n<p>M\u00e1s informaci\u00f3n:<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/rojoynegro.info\/articulo\/ideas\/comunicado-del-secretariado-permanente-la-cgt-catalunya-relaci%C3%B3n-al-coronavirus\">http:\/\/rojoynegro.info\/articulo\/ideas\/comunicado-del-secretariado-permanente-la-cgt-catalunya-relaci%C3%B3n-al-coronavirus<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La situaci\u00f3n de alerta sanitaria provocada por el COVID-19 tiene una incidencia muy grande en el \u00e1mbito laboral, y a<\/p>\n","protected":false},"author":24,"featured_media":7709,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-8768","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cgt"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8768","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/users\/24"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8768"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8768\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8770,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8768\/revisions\/8770"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7709"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8768"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8768"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8768"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}