{"id":4582,"date":"2016-01-16T10:37:04","date_gmt":"2016-01-16T09:37:04","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/?p=4582"},"modified":"2016-01-16T10:37:04","modified_gmt":"2016-01-16T09:37:04","slug":"inconveniencia-de-un-convenio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/blog\/2016\/01\/16\/inconveniencia-de-un-convenio\/","title":{"rendered":"Inconveniencia de un Convenio"},"content":{"rendered":"<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">En la defensa de la gesti\u00f3n indirecta de servicios p\u00fablicos, sean del orden que sean, es habitual escuchar y o leer el argumento falaz del coste menor de los servicios prestados por la empresa privada frente a la gesti\u00f3n directa p\u00fablica, seg\u00fan los interesados mucho m\u00e1s costosa. Un silogismo que intenta desprestigiar la capitalizaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, con el \u00fanico objeto de convertir dichos servicios en negocio lucrativo, utiliz\u00e1ndose sin sonrojo para calificar de beneficioso el convenio por el qu\u00e9 la Universidad de Navarra se ha venido embolsando desde el a\u00f1o 2008, la nada despreciable cifra de 14 millones de euros a cuenta de la atenci\u00f3n sanitaria a las personas empleadas y familiares.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">El convenio presenta un beneficio para la Cl\u00ednica Universitaria de Navarra incuestionable. Basado en aproximadamente 7.000 beneficiarios, se establece una cantidad a percibir que para nada se regulariza en cuanto a atenciones reales se produzcan. Una burda manera de subvencionar a la entidad privada, que dej\u00f3 de percibir compensaci\u00f3n de las arcas de la Seguridad Social en 1998, a consecuencia del cambio normativo y donde en el periodo bianual 2006-2007 fue \u201crescatada foralmente\u201d mediante dos subvenciones nominativas por importe de 4,3 millones de euros.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">Al respecto la C\u00e1mara de Comptos ya emiti\u00f3 un informe en el que cuestionaba la razonabilidad del contrato y recomendaba analizarlo en estos t\u00e9rminos. El informe hace referencia a varias cuestiones, incidiendo en la norma por la cual, los conciertos \u00f3 contratos para la prestaci\u00f3n indirecta de servicios sanitarios se realicen optimizando previamente los recursos propios. Obviamente no puede ser de otra manera, la prestaci\u00f3n sanitaria es una obligaci\u00f3n reservada a las administraciones, y estas, en todo caso, pueden acudir a la prestaci\u00f3n privada, mediante conciertos, en \u00faltima instancia.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">Defender el convenio con la Universidad de Navarra para la prestaci\u00f3n sanitaria de la asistencia primaria a sus trabajadores, no tiene un pase. En principio no es de recibo que el Servicio Navarro de Salud-Ossunbidea, pudiendo asumir la atenci\u00f3n, costee la atenci\u00f3n privada a una parte de la poblaci\u00f3n. La apuesta privada, siendo l\u00edcita, est\u00e1 sujeta a beneficios, y estos, de forma gen\u00e9rica, se suelen obtener, en parte, no lo olvidemos, de la remuneraci\u00f3n del trabajo. As\u00ed, cabe cuestionar la asunci\u00f3n por parte del emporio el d\u00e9ficit de la prestaci\u00f3n, puesto que las tarifas de la Cl\u00ednica no son precisamente baratas y a esta, como empresa que es, no se le supone una renuncia a beneficios. Por ello el provecho, que reside en una contribuci\u00f3n, mediante el convenio, a su capitalizaci\u00f3n rentabilizando sus recursos.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">Tampoco se debe dejar de lado la cuesti\u00f3n, dentro del \u00e1mbito laboral, de la gesti\u00f3n sanitaria en t\u00e9rminos de salud-enfermedad. Las personas que desarrollan su trabajo en estos centros, afectadas por el convenio, deben conocer que es la misma empresa quien conoce y gestiona sus procesos de salud y de enfermedad, representando una dicotom\u00eda donde los intereses de de la plantilla laboral, pueden verse afectados en relaci\u00f3n a las contingencias comunes y profesionales, embarazo, sexualidad\u2026 Cuando estamos comprobando barbaridades en la gesti\u00f3n de la salud laboral por parte de las mutuas, tal posibilidad no puede estar subvencionada por la administraci\u00f3n, qui\u00e9n en todo caso debe ser garante en la custodia de los derechos de estas personas, frente al posible abuso que desde la prestaci\u00f3n y gesti\u00f3n sanitaria privada se pueda dar. Con toda seguridad habr\u00e1 quienes se vean reflejadas, de una u otra manera, en este p\u00e1rrafo.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">La sanidad es un bien com\u00fan y como tal universal, por tanto s\u00f3lo desde lo p\u00fablico es posible garantizar la prestaci\u00f3n sanitaria en dichos t\u00e9rminos. La obligaci\u00f3n de la administraci\u00f3n es gestionarla eficientemente y la misi\u00f3n de cualquier gobierno es la de obrar con inteligencia capitalizando el Sistema P\u00fablico Sanitario.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\">Los tiempos de clientelismo, del amiguismo, que sustentan los trapicheos propiciando la descapitalizaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos beneficiando al sector privado, deben quedar relegados. Lo p\u00fablico es bien com\u00fan, es un deber protegerlo, y todos los esfuerzos tienen que ser canalizados en la rentabilidad, sostenibilidad y mejora de los servicios que a lo p\u00fablico le incumbe prestar. De otro modo estaremos al albur de caprichos privados, ejemplos ya hemos tenido en otros \u00e1mbitos, donde las p\u00e9rdidas r\u00e1pidamente se socializan y, a contrapi\u00e9, el sistema p\u00fablico las asume a duras penas, para ser enjuiciado por sus detractores.<\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\"><b>Joseba Santesteban<\/b><\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\"><b>CGT Nafarroa<\/b><\/p>\n<p class=\"western\" align=\"JUSTIFY\"><b>Comunicaci\u00f3n<\/b><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la defensa de la gesti\u00f3n indirecta de servicios p\u00fablicos, sean del orden que sean, es habitual escuchar y o<\/p>\n","protected":false},"author":24,"featured_media":3068,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[101],"tags":[],"class_list":["post-4582","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4582","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/users\/24"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4582"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4582\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4583,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4582\/revisions\/4583"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3068"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4582"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4582"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/nafarroa\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4582"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}