{"id":7920,"date":"2014-01-26T12:46:08","date_gmt":"2014-01-26T11:46:08","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/?p=7920"},"modified":"2014-01-29T13:48:31","modified_gmt":"2014-01-29T12:48:31","slug":"un-sindicalista-de-cgt-es-absuelto-de-un-delito-de-atentado-y-una-falta-de-lesiones-y-contra-el-orden-publico-en-la-huelga-general-de-septiembre-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/archivos\/7920","title":{"rendered":"Un sindicalista de CGT es absuelto de un delito de atentado, una falta de lesiones y contra el orden p\u00fablico en la huelga general de septiembre de 2010."},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/?attachment_id=7923\" rel=\"attachment wp-att-7923\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft  wp-image-7923\" style=\"margin-top: 5px; margin-bottom: 5px;\" alt=\"sentencia\" src=\"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-content\/uploads\/sites\/21\/2014\/01\/sentencia.jpg\" width=\"250\" height=\"200\" \/><\/a>\u00abYa era hora de que una sentencia dejase entrever que los montajes y los abusos policiales no son ning\u00fan mito y que sit\u00fae a cada uno en su lugar\u00bb, dice CGT tras conocer la sentencia del Juzgado de lo Penal n\u00famero 3 de Valladolid, que absuelve a un afiliado de un delito de atentado y una falta de lesiones y contra el orden p\u00fablico por hechos ocurridos durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010.\u00a0\u00abEn aquella huelga\u00bb, a\u00f1ade CGT, \u00ablos trabajadores que luchaban por sus derechos fueron tratados por muchos como terroristas, esta sentencia deja claro que los violentos eran otros\u00bb.<\/p>\n<p>La sentencia es la n\u00famero 27\/2014, firmada el pasado 16 de enero, en la que el magistrado-juez de lo Penal n\u00famero 3 de Valladolid, Miguel \u00c1ngel Mart\u00edn Maestro, absuelve a J.M.S.T. del \u00abdelito de atentado y de falta de lesiones y contra el orden p\u00fablico por la que ven\u00eda siendo acusado, con todos los pronunciamientos favorables, declarando de oficio la totalidad de las costas causadas en este juicio\u00bb.<\/p>\n<p>J.M.S.T. formaba parte de un piquete situado ante la entrada de la factor\u00eda vallisoletana de la empresa Michelin, cuando fue v\u00edctima de una actuaci\u00f3n policial que seg\u00fan el titular del Juzgado de lo Penal n\u00famero 3 de Valladolid \u00abimped\u00eda absolutamente el ejercicio del derecho a la informaci\u00f3n, pues les alejaba de la puerta y establec\u00eda un cord\u00f3n de seguridad que aislaba a los huelguistas de los trabajadores, impidiendo la comunicaci\u00f3n con estos y haciendo inviable el ejercicio de un derecho que amparaba a los que resultaron identificados y alguno de ellos hasta acusado\u00bb.<\/p>\n<p>El juez censura en la sentencia la intervenci\u00f3n policial por hacer inviable el ejercicio del derecho a la informaci\u00f3n, \u00abque ampara a los huelguistas y considera inadecuado que los sindicalistas fueran alejados de las puertas de entrada a la factor\u00eda, siendo as\u00ed coartados en el n\u00facleo esencial del derecho de huelga que es informar de la misma. Adem\u00e1s, considera que durante el procedimiento no se aport\u00f3 &#8216;prueba alguna que acredite que se impidi\u00f3 el paso a los trabajadores&#8217;, no hubo &#8216;constancia de su comportamiento violento o coactivo\u00bb.<\/p>\n<p>En la acusaci\u00f3n contra el sindicalista de CGT el juez se muestra \u00abm\u00e1s contundente a\u00fan contra la actuaci\u00f3n policial, pues cuestiona la intervenci\u00f3n de los agentes de Polic\u00eda, ya que un v\u00eddeo aportado por la defensa del militante de CGT resulta &#8216;clarificador de lo infundado de la acusaci\u00f3n&#8217; contra \u00e9l. En las im\u00e1genes se aprecia no solo que &#8216;no porta la mochila&#8217; que el atestado le atribu\u00eda como &#8216;pieza de convicci\u00f3n&#8217;, sino que &#8216;un agente desconocido al encontrarse de espaldas a la c\u00e1mara, sin justificaci\u00f3n alguna, da un pu\u00f1etazo en el costado izquierdo al acusado\u00bb.\u00a0Tras el pu\u00f1etazo del polic\u00eda, el acusado es empujado violentamente hacia atr\u00e1s, \u00abno cayendo al ser sujetado por el resto de huelguistas, exclamando &#8216;ya me hab\u00e9is jodido las gafas otra vez'\u00bb, recoge la sentencia.<\/p>\n<p>\u00abEl agente 85465\u00bb, contin\u00faa el fallo judicial, \u00abreconoce que inmediatamente despu\u00e9s el acusado fue identificado en un lugar aparte del resto del grupo, se le requiso una mochila y aparecieron los efectos que se recogen en el atestado no ratificado por quienes lo han confeccionado, de donde se deduce que ha existido un claro error identificativo por parte del agente interviniente y del que ha testificado 60968, pues si se tuviera otro convencimiento nos encontrar\u00edamos ante delito, falso testimonio, abuso de autoridad y falta de maltrato, algo que no puede imaginarse S.S\u00aa en un servidor p\u00fablico, sobre todo cuando un hecho tan inocuo y sobre el que se ha insistido tanto es tan f\u00e1cilmente demostrable, el acusado no portaba mochila alguna cuando se produce el incidente, dicha mochila no ha sido entregada como pieza de convicci\u00f3n, ni aparece en el atestado, no es fotografiada junto con el resto del material intervenido, que dicho de paso, podr\u00eda ser sancionable administrativamente, pero que, todav\u00eda, no viola ning\u00fan precepto del c\u00f3digo penal pasearse por la calle portando petardos y cartones con clavos, ni la tenencia es equivalente a ser autor de des\u00f3rdenes p\u00fablicos ni una falta contra el orden p\u00fablico.<\/p>\n<p>La grabaci\u00f3n no deja lugar a dudas, el acusado no llevaba mochila alguna en el momento del incidente como afirman los agentes, ni lanza ninguna patada, pues aunque las im\u00e1genes son dif\u00edciles de seguir, la posici\u00f3n de bipedestaci\u00f3n es incompatible con el movimiento de una pierna, manteniendo el torso siempre recto y sin movimientos violentos, reafirmando la tesis defensiva la circunstancia constatada de que quien si recibe un pu\u00f1etazo por parte de un polic\u00eda es el propio acusado, algo que de por si supondr\u00eda que, desde ese momento el agente perder\u00eda el plus de protecci\u00f3n que le otorgan los arts. 550 y 551 al actuar fuera de su marco legal y razonable, para convertirse en un ciudadano m\u00e1s actuando de manera incorrecta y legitimando la defensa por parte del injustamente agredido (&#8230;)\u00bb.<\/p>\n<p>CGT considera lo dicho como \u00abun clar\u00edsimo reproche ante la actuaci\u00f3n policial\u00bb y dice sentirse \u00abenormemente alegre porque el compa\u00f1ero injustamente, vejado y golpeado, haya sido absuelto con todos los pronunciamientos favorables\u00bb.<\/p>\n<p>El juez, en la misma sentencia, condena a otras siete personas por una falta contra el orden p\u00fablico a la pena de 40 d\u00edas de multa a raz\u00f3n de 3 euros d\u00eda, por incidentes ocurridos la noche del 29 de septiembre de 2010, y que fueron juzgadas el 16 de enero de 2013.<\/p>\n<p>CONTENIDOS RELACIONADOS:<\/p>\n<p>V\u00eddeo aportado por la defensa del trabajador<\/p>\n<p>http:\/\/www.ultimocero.com\/articulo\/sentencia-deja-entrever-los-montajes-y-abusos-policiales<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\u00abYa era hora de que una sentencia dejase entrever que los montajes y los abusos policiales no son ning\u00fan mito y que sit\u00fae a cada uno en su lugar\u00bb, dice CGT tras conocer la sentencia del Juzgado de lo Penal n\u00famero 3 de Valladolid, que absuelve a un afiliado de un delito de atentado y una falta de lesiones y contra el orden p\u00fablico por hechos ocurridos 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